RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2024 por la que se convoca un curso básico selectivo para el acceso a la categoría de policía, escala básica de los cuerpos de la Policía Local de Galicia, correspondiente a la decimoséptima promoción.
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III. Otras disposiciones
Academia Gallega de Seguridad Pública
RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2024 por la que se convoca un curso básico selectivo para el acceso a la categoría de policía, escala básica de los cuerpos de la Policía Local de Galicia, correspondiente a la decimoséptima promoción.
Dentro de las actividades programadas para el año 2024 y con arreglo a las funciones atribuidas por la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública, se anuncia el desarrollo de un curso selectivo para la categoría de policía de los cuerpos de la Policía Local, según lo previsto en el artículo 35.2 de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de las policías locales, y en los artículos 51 y siguientes del Decreto 15/2023, de 12 de enero, que deberá desarrollarse conforme a las siguientes bases:
Objetivos.
Dotar a los policías de una formación teórico-práctica de carácter inicial, específica para las funciones propias de los cuerpos de la Policía Local, facilitándoles la competencia y capacidad necesarias para el posterior desempeño de su actividad profesional.
Personas destinatarias.
El curso va dirigido a todas aquellas personas que superaron los procesos selectivos para el acceso a la categoría de policía, escala básica de los cuerpos de la Policía Local de los diferentes ayuntamientos de Galicia y para la realización del mismo serán nombrados/as funcionarios/as en prácticas de esos ayuntamientos.
Solicitudes.
Los ayuntamientos deberán remitir un escrito a la Academia Gallega de Seguridad Pública solicitando las correspondientes plazas de reserva, con indicación de las personas que superaron el proceso selectivo para el acceso en la categoría de policía, escala básica del cuerpo de la Policia Local de cada ayuntamiento.
Estarán exentos de esta comunicación aquellos ayuntamientos adheridos al proceso selectivo convocado por la Orden de 31 de mayo de 2024 (DOG número 114, de 13 de junio).
Contenido y duración del curso.
El curso se desarrollará en régimen de internado, en la sede de la Academia Gallega de Seguridad Pública, en sesiones de mañana y tarde, de lunes a sábado*, y en él se tratarán, entre otros, los siguientes módulos:
- Jurídico.
- Policía de tráfico.
- Operativo.
- Asistencial.
- Técnico.
- Policía administrativa.
- Social-humanístico.
- Policía judicial y de investigación.
- Formación física.
El curso tendrá una duración de 1.400 horas lectivas, 900 horas de formación en la Agasp en régimen de internado y 500 horas de prácticas en los respectivos ayuntamientos de origen.
*Los sábados lectivos se señalarán al comienzo del curso al alumnado.
Desarrollo del curso.
El alumnado de la Agasp, durante su período de permanencia en la misma, se regirá por el Reglamento de régimen interior de esta, publicado por la Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el DOG de 12 de febrero, número 30.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, y en el artículo 25.e) del Reglamento de régimen interior de la Academia, mediante orden de la jefatura de estudios, podrán llevar a cabo las pruebas necesarias, sin aviso, de manera aleatoria o específica entre el alumnado para verificar esas situaciones.
Fechas:
- Este curso se desarrollará entre el día 17 de enero de 2025 al 3 de octubre de 2025.
- En la Academia, en dos períodos:
De 17 de enero a 27 de junio de 2025.
De 29 de septiembre a 3 de octubre de 2025.
- En los ayuntamientos de procedencia realizando el período de prácticas:
De 28 de junio de 2024 a 28 de septiembre de 2025.
Informe final.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 55 del Decreto 15/2023, de 12 de enero, de desarrollo de la Ley 4/2007, una vez superado el curso selectivo, la persona titular de la dirección de la Agasp certificará dicha circunstancia al ayuntamiento, de manera que pueda procederse a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
Los ayuntamientos de procedencia del alumnado deberán remitir a la Agasp, al final del período de prácticas un informe individual por cada alumno/a elaborado por el/la jefe/a de policía en el que refleje si dicho alumnado superó el período de prácticas. Asimismo, ese informe deberá presentarse junto con el escrito, al que sirve de base, firmado por la persona titular de la alcaldía o la concejalía respectiva, en el supuesto de tener delegada dicha competencia, en el cual el ayuntamiento da cuenta a la Agasp del resultado de la evaluación de las prácticas.
Teniendo en cuenta que este informe vincula directamente al ayuntamiento de procedencia al decidir sobre la superación o no del período de prácticas del alumnado, y por lo tanto de su futura toma de posesión como funcionario/a de carrera de ese ayuntamiento, resolviendo, por lo tanto, un procedimiento para el nombramiento de personal municipal, el informe que anteriormente se indica deberá firmarlo, tal y como indica el artículo 54 del Decreto 15/2023, o bien la persona titular de la alcaldía o bien la personal titular de la concejalía con competencias directas en materia de nombramiento de personal y/o seguridad pública.
Este informe debe remitirse a la Agasp entre los días 29 y 30 de septiembre de 2025.
Modificaciones.
La Academia Gallega de Seguridad Pública podrá modificar el desarrollo del curso para adaptarlo a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.
A Estrada, 4 de diciembre de 2024
Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública