ANUNCIO de 26 de noviembre de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Medo de Vilardecás y el de Barxela-Medo, en el ayuntamiento de Maceda.
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a) Administración autonómica
Consellería del Medio Rural
ANUNCIO de 26 de noviembre de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Medo de Vilardecás y el de Barxela-Medo, en el ayuntamiento de Maceda.
Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del monte vecinal en mano común (MVMC) Monte Medo de Vilardecás, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de Vilardecás y Lamelas, y el MVMC Barxela-Medo, perteneciente a la CMVMC de Barxela, en el ayuntamiento de Maceda, resultan los siguientes
Hechos:
Primero. El 30.1.2024 la CMVMC de Vilardecás y Lamelas presentó un escrito (Rexel 2024/279675) en el que solicitan la aprobación de un deslinde con la CMVMC de Barxela.
Con la solicitud presentó la siguiente documentación:
- Acta de deslinde.
- Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de Maceda.
- Certificaciones de los acuerdos de las respectivas asambleas generales.
- Levantamiento topográfico.
Segundo. El informe del Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense de 14 de febrero de 2024 hace constar que la documentación presentada corresponde al deslinde del perímetro colindante entre el MVMC Monte Medo de Vilardecás, perteneciente a la CMVMC de Vilardecás y Lamelas, y el MVMC Barxela-Medo, perteneciente a la CMVMC de Barxela, desde el vértice 1 (el situado más al SO) hasta el vértice 8 (el situado más al NE).
El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por lo que propone al Jurado Provincial su aprobación.
Consideraciones legales y técnicas:
Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dictará una resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.
De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 14 de febrero de 2024, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó, por unanimidad, el día 4 de noviembre de 2024:
Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras de los MVMC Monte Medo de Vilardecás, perteneciente a la CMVMC de Vilardecás y Lamelas, y el MVMC Barxela-Medo, perteneciente a la CMVMC de Barxela, en el ayuntamiento de Maceda.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Ourense, 26 de noviembre de 2024
José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Ourense