EDICTO de notificación de ejecución subsidiaria de gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas.
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b) Administración local
Ayuntamiento de Begonte
EDICTO de notificación de ejecución subsidiaria de gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas.
Expediente: 391/2024.
Asunto: procedimiento de ejecución subsidiaria de la gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas de la parcela 118 del polígono 55.
Iniciado el correspondiente expediente y ejecución subsidiaria de la gestión de biomasa y de retidada de especies arbóreas en la parcela 118 del polígono 55, según consta en el catastro de este ayuntamiento, por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales.
Considerando que, con fecha de 15 de julio de 2024, se notificó a los titulares catastrales de dicha parcela la obligación de realizar los trabajos de limpieza y desbroce, todo ello conforme con lo dispuesto en el artículo 22.4 de dicha Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales.
Considerando que, pese al plazo transcurrido, a día de hoy siguen incumpliéndose esas obligaciones legales de gestión de la biomasa y de retirada de especies arbóreas,
Considerando que en el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, se posibilita a este ayuntamiento para la ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento de los trabajos de gestión de biomasa y cuyos costes se repercutirán a las personas responsables.
Considereando que en el artículo 22.6 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece la obligación de las personas responsables de facilitar los accesos necesarios a las entidades responsables de los trabajos de gestión de la biomasa, que no requerirán de ninguna autorización para la ejecución subsidiaria de la gestión de la biomasa en las redes de franjas de gestión.
Por la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales, en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la ejecución subsidiaria por parte de este Ayuntamiento de Begonte de la gestión de la biomasa y la retirada de especies arbóreas de la parcela 118 del polígono 55, obligaciones previstas en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales.
Segundo. Encargar los trabajos de ejecución subsidiaria, dada la carencia de medios municipales propios, a la empresa Servicios Forestales Begal, con CIF B56694342, debiéndose facilitar los accesos necesarios por parte de las personas responsables y sin que se requiera ninguna autorización al respecto.
Tercero. Las especies arbóreas retiradas serán objeto de su decomiso y su destino será la enajenación de las mismas en los tiempos previstos en dicha Ley 3/2007, destinándose los importes obtenidos por la venta a sufragar los gastos derivados de esta ejecución subsidiaria.
Cuarto. Practicar la oportuna liquidación de los costes de los trabajos de ejecución subsidiaria, y del valor de las especies arbóreas retiradas.
Quinto. Notificar la presente resolución a los interesados, con indicación de los recursos que legalmente procedan.
Begonte, 16 de agosto de 2024
José Ulla Rocha
Alcalde