RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Simplificación Administrativa y del Patrimonio, por la que se declara a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera abintestato de Josefa Vázquez Sánchez.
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VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Consellería de Hacienda y Administración Pública
RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Simplificación Administrativa y del Patrimonio, por la que se declara a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera abintestato de Josefa Vázquez Sánchez.
Antecedentes:
Por Resolución de 21 de noviembre de 2023 se acordó la incoación del procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Josefa Vázquez Sánchez (ABI/2017/0037), fallecida el 16 de enero de 2016.
La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado (supl. N. nº 295, de 11.12.2023), en el Diario Oficial de Galicia (DOG nº 231, de 5.12.2023) y en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, y fue expuesta en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Oleiros, Lugo y Castro de Rei por plazo no inferior a un mes.
Constan en el expediente los correspondientes certificados de defunción y últimas voluntades relativos a la persona causante, en los que se acredita su fallecimiento el 16 de enero de 2016 en Lugo, y que no había otorgado testamento registrado. Asimismo, figuran igualmente incorporados certificados de su empadronamiento en el ayuntamiento de Oleiros, quedando justificada formalmente su vecindad civil gallega.
Durante la tramitación del procedimiento no se han recibido alegaciones, documentos u otros elementos de juicio que cuestionen la sucesión a favor de la Administración autonómica, lo que corrobora el informe emitido al efecto por la Policía Autonómica de Galicia y las manifestaciones de terceras personas unidas al expediente. Asimismo, se constató que la causante tuvo un hermano, Fernando Vázquez Sánchez, con DNI 47362604S, fallecido el 28 de junio de 2013, soltero y sin descendencia, que figura como cotitular en varios inmuebles con su hermana, sin que conste que hubiera aceptado formalmente su herencia a la que tenía derecho.
De las consultas efectuadas ante el Catastro Inmobiliario, en el Índice General Informatizado de Fincas y Derechos del Registro de la Propiedad y por otras fuentes se determinó, en principio, que al menos forman parte del caudal hereditario de la persona fallecida los bienes y derechos que se adjudican en el punto tercero de esta resolución, comprendiendo los de su hermano Fernando, premuerto, sin perjuicio de la inclusión de aquellos otros que se identifiquen con posterioridad a esta declaración como de titularidad de la persona causante, en este caso, y sin perjuicio de otros, los que se deriven de la sucesión de su hermano Fernando Vázquez Sánchez.
La Asesoría Jurídica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública emitió informe sobre la adecuación y suficiencia de las actuaciones practicadas para la declaración de la Comunidad Autónoma como heredera abintestato de la persona causante.
Fundamentos jurídicos:
- Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, artículos 267 y siguientes.
- Código civil, artículos 657 y siguientes.
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, artículos 20.6 y 20 bis.8.
- Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, título III, artículos 147 y siguientes.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Decreto 141/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, artículos 14 y 16.
Según lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Josefa Vázquez Sánchez, con DNI 76322681X, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario.
Segundo. Acordar igualmente la declaración de Josefa Vázquez Sánchez como heredera abintestato de su hermano premuerto, Fernando Vázquez Sánchez, con DNI 47362604S.
Tercero. Adjudicar a la Administración autonómica los siguientes bienes y derechos identificados de la herencia de Josefa Vázquez Sánchez, en la que se incluyen los adquiridos mortis causa de su hermano Fernando Vázquez Sánchez:
a) Bienes inmuebles:
- Mitad de una casa en mal estado, con terreno alrededor a corral y era, localizada en el lugar de Sisaldo, parroquia de Dorneda, municipio de Oleiros (A Coruña). Tiene una cabida el conjunto de 424 m2, de los que corresponden a la casa unos 90 m2 aproximadamente. Limita el conjunto: al norte, sur y este, con más de Josefa y Fernando Vázquez Sánchez; y oeste, con camino vecinal, hoy calle del Mar. Forma parte de la referencia catastral: 3306420NJ5030N0001RW.
Inscripción registral: Registro de la Propiedad de A Coruña nº 3, tomo 2793, libro 457, hoja 186, predio nº 33533.
- Terreno a labradío en el sitio que llaman Viña de Sisaldo, conocido también con el nombre de Eiras de Sisaldo, en la parroquia de Dorneda, municipio de Oleiros (A Coruña), con una cabida de 3.182,13 m2 aproximadamente, que limita: al norte, Álvaro Rodríguez González; sur, Fernando López López y Eladio Iglesias Fariña; este, suelo rústico de María Varela y herederos de Torres Moreno; y oeste, carretera de Santa Cruz a Mera.
Referencia catastral: 3306402NJ5030N0001AW y 3306402NJ5030N0000PQ.
Inscripción registral: Registro de la Propiedad de A Coruña nº 3, tomo 2793, libro 457, hoja 174, predio nº 33525.
- Terreno a prado al sitio de Augarrío, en la parroquia de Dorneda, municipio de Oleiros (A Coruña), con una cabida de 270 m2; que limita: al norte, Manuela Castro; sur, montículo de Juan Salinas; este, herederos de Pedro Caridad Botana; y oeste, prado de José Casal.
Referencia catastral: no consta.
Inscripción registral: Registro de la Propiedad de A Coruña nº 3, tomo 2793, libro 457, hoja 177, predio nº 33527.
- Terreno a labradío en el sitio de O Reguendo, parroquia de Dorneda, municipio de Oleiros (A Coruña), con una cabida de 358 m2. Limita: al norte, Domingo Porto; sur, Bernardo Sánchez; este, Concepción Rey; y oeste, herederos de María Pita.
Referencia catastral: no consta.
Inscripción registral: no consta.
- Parcela nº 227, del polígono 11 del Catastro, en el lugar de O Reguendo, parroquia de Dorneda, municipio de Oleiros (A Coruña), de 962 m2. Limita: al norte, parcela catastral nº 233; sur, camino; este, parcela catastral nº 230; y oeste, parcelas catastrales nº 180 y 796.
Referencia catastral: 15059A011002270000TK.
Inscripción registral: no consta.
- Parcela nº 88, del polígono 11 del Catastro, en el lugar de Estripia, municipio de Oleiros (A Coruña). Mide 3.785 m2. Limita: al norte, parcela catastral nº 87; sur y este, dominio público marítimo-terrestre; oeste, parcela catastral nº 89.
Referencia catastral: 15059A011000880000TY.
Inscripción registral: no consta.
b) Metálico, contratos y otros efectos bancarios:
� Banco Santander, cuenta de corriente: 0030 6143 41 0386869273
� En depósito judicial: 3.857,35 euros.
Cuarto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, área temática de patrimonio, anuncios, que se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios
La resolución será remitida para su exposición pública en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Oleiros, Lugo y Castro de Rei por plazo no inferior a treinta días naturales.
Esta resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los que se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho a la herencia o en otros derechos de carácter civil por estas declaraciones o por la adjudicación de bienes a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia que se contiene en esta resolución, podrán ejercitar las acciones pertinentes ante el órgano de la jurisdicción civil correspondiente.
Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2024
José María Barreiro Díaz
Director general de Simplificación Administrativa y del Patrimonio