RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2024, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el Ayuntamiento da Pontenova (expediente IN407A 2024/8 AT).
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a) Administración autonómica
Consellería de Economía e Industria
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2024, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el Ayuntamiento da Pontenova (expediente IN407A 2024/8 AT).
Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Peticionario: BEGASA.
Domicilio social: calle Aller Ulloa, Ramón María, 9, 27003 Lugo.
Denominación: nuevo CT Cova (7320) y LSAT 20 kV A Pontenova.
Situación: ayuntamiento de A Pontenova.
Características técnicas principales:
• Línea enterrada de alta tensión a 20 kV A Pontenova en triple circuito, con origen en el PAS instalado en el apoyo existente A29467 de la LAT 20 kV A Pontenova y final en el CT 7320 Cova proyectado, con una longitud de 50 metros cada circuito, en conductor HEPRZ1-240 mm.
• Centro de transformación 7320 Cova prefabricado, con una potencia máxima admisible de 1.000 kVA y una potencia inicial de 50 kV (recuperado) en el que se instalan tres celdas de línea telemandadas y una de protección de transformador, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• Desmontaje del seccionador XS con matrícula S26998, de 4 metros de conductor LA-30 y del CTI 9268 Cova.
Finalidad de la instalación: mejora de las instalaciones.
Presupuesto: 86.436,99 €.
Documentación que se adjunta:
• Separata para el Ayuntamiento de A Pontenova.
• Separata para la Consellería de Cultura, Lengua y Junventud.
• Separata para la Diputación Provincial de Lugo.
Este departamento territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, y la dirección de obra deberá llevarla a cabo un técnico competente.
Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente en derecho.
Lugo, 9 de octubre de 2024
El director territorial de Lugo
P.A. (Artículo 40.3 del Decreto 140/2024, de 20 de mayo)
Juan Carlos Morán del Pozo
Jefe de Servicio de Industria de Lugo