EXTRACTO de la Resolución de 7 de octubre de 2024 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de los préstamos parcialmente reembolsables para proyectos empresariales de inversión creadores de empleo previstos en el instrumento financiero del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, territorio P2 A Coruña, modalidad de pequeñas y medianas empresas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG408J).
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
III. Otras disposiciones
Instituto Gallego de Promoción Económica
EXTRACTO de la Resolución de 7 de octubre de 2024 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de los préstamos parcialmente reembolsables para proyectos empresariales de inversión creadores de empleo previstos en el instrumento financiero del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, territorio P2 A Coruña, modalidad de pequeñas y medianas empresas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG408J).
BDNS (Identif.): 790901.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
Las pequeñas y medianas empresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio), que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que realicen o tengan previsto realizar una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto de la actuación a financiar, ubicado en la provincia de A Coruña.
b) Que tengan previsto realizar un proyecto de inversión que responda a alguna de las tipologías señaladas en el punto 1 del artículo 1 de las bases, con una inversión subvencionable mínima de 60.000,00 € y cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, que suponga la creación neta de empleo en el/los centro/s de trabajo de la persona beneficiaria en la provincia de A Coruña. Se entiende por creación neta de empleo la creación de, al menos, 1 puesto de trabajo con contrato indefinido a tiempo completo y mantener este puesto de trabajo, junto a su personal con contrato indefinido en el momento de la solicitud, al menos durante 3 años desde la acreditación del hito de creación de empleo.
Las pequeñas y medianas empresas podrán ser personas físicas o jurídicas. También podrán tener la condición de personas beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos del párrafo anterior.
Segundo. Objeto
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto la concesión de préstamos parcialmente reembolsables para la financiación de proyectos de inversión empresarial generadores de empleo en la provincia de A Coruña, cofinanciados en el marco del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027 (FTJ), que respondan a alguna de las siguientes tipologías:
1.1. Creación de un nuevo establecimiento derivado de la creación de una nueva empresa o que dé lugar a la diversificación económica, modernización o reconversión de una empresa existente.
1.2. Ampliación de capacidad de un establecimiento existente, siempre que suponga una modernización respecto a la tecnología previamente utilizada.
1.3. Diversificación de la producción de un establecimiento para la fabricación de productos que antes no se producían en el mismo.
1.4. Transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento.
Las ayudas reguladas en estas bases combinan un instrumento financiero de préstamos directos con subvención en una misma operación, de forma que estos préstamos, destinados a financiar inversiones empresariales, podrán ser parcialmente reembolsables en función del cumplimiento de determinados hitos de creación neta de puestos de trabajo y, en su caso, de otras condiciones de ejecución del proyecto baremadas en la concesión del instrumento financiero de préstamo combinado con subvención en una única operación; fomentan, además, que estos puestos de trabajo sean ocupados por personas pertenecientes a colectivos de trabajadores que perdieron su empleo debido a los cierres de las centrales térmicas de la provincia y a colectivos que ya exponen dificultades de empleabilidad en la actualidad.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 7 de octubre de 2024 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de los préstamos parcialmente reembolsables para proyectos empresariales de inversión creadores de empleo previstos en el instrumento financiero del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, territorio P2 A Coruña, modalidad de pequeñas y medianas empresas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG408J).
Cuarto. Importe
Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y por los siguientes importes y con la siguiente distribución plurianual:
Partida presupuestaria 09.A1.741A.7700: 644.340,00 € con cargo al año 2024 y 3.651.261,00 € con cargo al año 2025.
Partida presupuestaria 09.A1.741A.8310: 859.120,00 € con cargo al año 2024 y 4.868.348,00 € con cargo al año 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará al día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y será de un mes, contado desde las 9.00 horas del día de inicio del plazo y hasta las 14.00 horas del día en el que se cumpla dicho plazo de un mes.
Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2024
Patricia Villajos Grande
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica