RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2024, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oleiros (expediente IN407A 2024/048-1).
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VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Consellería de Economía e Industria
RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2024, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oleiros (expediente IN407A 2024/048-1).
Expediente: IN407A 2024/048-1.
Promotora:UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación del proyecto: LMTS, CS y CT móvil en la subestación San Marcos.
Ayuntamiento: Oleiros.
Hechos:
1. El día 5.2.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada al objeto de instalar un centro de transformación móbil que será utilizado en los cortes programados en los que sea necesario dentro del ámbito de la Delegación de A Coruña.
Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto de ejecución denominado LMTS, CS y CT móvil en subestación San Marcos, firmado el día 5.12.2023 por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 2.233.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Oleiros y AESA.
No consta en el expediente, a día de hoy, contestación del organismo a la solicitud del condicionado
4 . El día 4.9.2024 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas:
Las instalaciones están situadas en la subestación San Marcos, en el término municipal de Oleiros, y sus características técnicas son las siguientes:
• Centro de transformación móvil de tipo prefabricado compacto telecontrolado vía GSM/GPRS/FO 2L1P 630kVA/15 kV maniobra exterior con envolvente metálica que irá ubicado en el interior de la subestación San Marcos (SMC).
• Nuevo centro de seccionamiento de tipo prefabricado compacto maniobra exterior con envolvente de hormigón 3L 2TC GSM/GPRS/FO +TT que irá ubicado en el interior de la subestación San Marcos (SMC).
• Línea de media tensión subterránea en conductor de tipo RHZ1-2 OL(S)-12/20 kV 3 (1×240) mm² Al, para alimentar el centro de seccionamiento, que discurrirá canalizado en una zanja de dimensiones de 0,40 metros de ancho y de 1,00 metro de profundidad en una longitud de 20 m, con inicio y fin en empalmes a realizar en el LMTS SMC712, una vez entre y salga del CS proyectado.
• Línea de media tensión súbterranea con 15 metros de conductor de tipo RHZ1-2 OL(S)-12/20 kV 3 (1×240) mm² Al, para alimentar el centro de transformación móvil proyectado. El conductor discurrirá canalizado en una zanja de dimensiones de 0,40 m de ancho y 0,80 m de profundidad.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 11 de septiembre de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña