ANUNCIO de notificación del procedimiento de ejecución subsidiaria de la gestión de biomasa y retirada de especies árboreas.
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b) Administración local
Ayuntamiento de Begonte
ANUNCIO de notificación del procedimiento de ejecución subsidiaria de la gestión de biomasa y retirada de especies árboreas.
Iniciado el correspondiente expediente de ejecución subsidiaria de gestión de la biomasa y de retirada de especies arbóreas en la parcela 118, del polígono 55, según consta en el Catastro de este ayuntamiento, por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales.
Considerando que, con fecha de 15 de julio de 2024, se notificó a los titulares catastrales de dicha parcela la obligación de realizar los trabajos de limpieza y desbroce, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril.
Considerando que, pese al plazo transcurrido, a día de hoy sigue incumpliéndose las obligaciones legales de gestión de la biomasa y o de retirada de especies arbóreas,
Considerando que el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, posibilita a es ayuntamiento para la ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento de los trabajos de gestión de la biomasa y cuyos costes se repercutirán a las personas responsables.
Considerando que el artículo 22.6 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece la obligación de las personas responsables de facilitar los accesos necesarios a las entidades responsables de los trabajos de gestión de la biomasa, que no requerirán de ninguna autorización para la ejecución subsidiaria de la gestión de la biomasa en las redes de franjas de gestión.
Por el presente edicto, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales, e uso de las facultades atribuidas por la presente normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la ejecución subsidiaria por parte de este ayuntamiento de Begonte de la gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas de la parcela 118, del polígono 55, según consta en el Catastro de este ayuntamiento, cuyo titular catastral es Pedro Pardo García, por incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales.
Segundo. Encomendar los trabajos de ejecución subsidiaria, dada la carencia de medios municipales propios, a la empresa Servicios Forestales Begal, con CIF B56694342; debiéndose facilitar los accesos necesarios por parte de las personas responsables y sin que se requiera ninguna autorización al respeto.
Tercero. Las especies arbóreas retiradas serán objeto de su decomiso y su destino será la enajenacion de las mimas en los términos preistos en la citada Ley 3/2007, destinándose los importes obtenidos por la venta a sufragar los gastos derivados de esta ejecuion subsidiaria.
Cuarto. Practicar la oportuna liquidación de los costes de los trabajos de ejecución subsidiaria, y del valor de las especies arbóreas retiradas.
Quinto. Notificar esta resolucion a los interesados, con indicación de los recursos que legalmente procedan.
Recursos: contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente el recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la recepción de esta notificación, ante el mismo órgano que adoptó el acuerdo, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de la recepción de esta notificación, sin que se puedan simultanear ambos.
Si se ha interpuesto el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del mismo o hasta su desestimación por silencio; de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Begonte, 22 de agosto de 2024
José Ulla Rocha
Alcalde