RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2024 por la que se modifica la Resolución de 12 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, correspondientes a la línea de actuación 3 de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco de la inversión C15.I2 del componente 15 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el período 2024 (código de procedimiento AP400F).
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III. Otras disposiciones
Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia
RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2024 por la que se modifica la Resolución de 12 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, correspondientes a la línea de actuación 3 de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco de la inversión C15.I2 del componente 15 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el período 2024 (código de procedimiento AP400F).
En fecha 23 de julio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 12 de julio de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, correspondientes a la línea de actuación 3 de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco de la inversión C15.I2 del componente 15 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el período 2024 (código de procedimiento AP400F).
En el artículo 6 de la convocatoria se dispone que el plazo de presentación de solicitudes durará hasta el 16 de septiembre de 2024, incluido.
En atención a la necesidad de ampliación del plazo de presentación de solicitudes de subvención, motivado por la necesidad de elaboración de presupuestos por parte de terceros que se está demorando, y de cara a facilitar el cumplimiento de los objetivos de esta medida y teniendo en cuenta que no existe ningún impedimento jurídico, se considera adecuado ampliar el plazo inicialmente establecido.
En base a lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre, por el que se crea la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia,
RESUELVO:
Artículo único. Modificación de la Resolución de 12 de julio de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, correspondientes a la línea de actuación 3 de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco de la inversión C15.I2 del componente 15 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el período 2024 (código de procedimiento AP400F)
La Resolución de 12 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, correspondientes a la línea de actuación 3 de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco de la inversión C15.I2 del componente 15 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el período 2024 (código de procedimiento AP400F), queda modificada como sigue:
1. El artículo 5.1 de la convocatoria queda redactado como sigue:
«1. La ejecución de los gastos subvencionables se llevará a cabo entre el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud y el 15 de noviembre de 2024».
2. El artículo 5.2 de la convocatoria queda redactado como sigue:
«2. Las personas beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la ejecución de los gastos subvencionables en un plazo máximo de tres (3) meses desde la finalización de la actuación y, en todo caso, hasta la fecha límite que es el 15 de noviembre de 2024».
3. El artículo 6.1 de la convocatoria queda redactado como sigue:
«1. El plazo para la presentación de las solicitudes de subvención se iniciará al día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y durará hasta el 11 de octubre de 2024, inclusive. Este plazo podrá ser ampliado en caso de la existencia de crédito disponible o bien en caso de generar, ampliar o incorporar crédito, o con la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio».
Disposición final primera. Régimen de recursos
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos (2) meses, contados desde el día siguiente a su publicación.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2024
Julián Cerviño Iglesia
Director de la Agencia para la Modernización
Tecnológica de Galicia