RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Val do Dubra (expediente IN407A 2023/322-1).

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VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Val do Dubra (expediente IN407A 2023/322-1).

Expediente: IN407A 2023/322-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Instalación: instalación de telecontrol en laLMT. NEG803 en A20UEGBF//161-37-A1.

Ayuntamiento: Val do Dubra.
Hechos

1 EL día 30 de junio de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública del proyecto de ejecución de la mencionada instalación de distribución eléctrica y con objeto de mejorar la calidad y seguridad del servicio eléctrico con la implementación de elementos de seccionamiento telecontrolados, se proyecta la instalación de un reconectador telecontrolado en un punto de la línea de distribución de media tensión LMT. NEG803 (expediente 50.216), procedente de la subestación Negreira, situado en el lugar de O Vilar, parroquia de Arabexo, ayuntamiento de Val do Dubra.

Presentan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea, conforme establecen los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, y que comprende los siguientes documentos:

- Proyecto de ejecución denominado: instalación de telecontrol en la LMT NEG803 en A20UEGBF//161-37-A1, firmado el 14 de febrero del 2023 por Ángel Pérez Vidal, ingeniero técnico industrial graduado en Ingeniería Eléctrica, con número colegial 4.781 de Vigo (COITIVigo).

2 El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo de fecha de 1 de septiembre de 2023, publicado en los siguientes medios:

• Portal de Transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía, Industria e Innovación.

• DOG: 22 de setiembre de 2023, con el número 181.

• BOP: 7 de septiembre de 2023, con el núm. 171.

• Diario La Voz de Galicia: 28 de septiembre de 2023.

• Tablón de anuncios del ayuntamiento.

3. Durante el período en el que se sometió el proyecto al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación o sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se les solicitó el preceptivo informe a Augas de Galicia (Zona Hidrográfica Galicia Norte)-Dirección Territorial de la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de A Coruña, al Servicio de Infraestructuras Agrarias-Dirección Territorial de la Consellería do Medio Rural de A Coruña y el Ayuntamiento de Val do Dubra. A día de esta resolución, no consta en el expediente contestación de los organismos afectados a la solicitud del condicionado solicitado.

5. El 31.7.2024 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas.

1. El director territorial es competente para resolver este expediente segundo el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo) conforme con la disposición adicional decimosegunda y la disposición transitoria primera del Decreto 49/2024 de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 81, de 24 de abril).

2. Legislación de aplicación:

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre , por lo que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero , por lo que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo , por lo que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto , por lo que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

- Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

- Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

- Decreto de 26 de abril de 1957, por lo que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

Las instalacioness de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de O Vilar, parroquia de Arabexo, ayuntamiento de Val do Dubra.

- Sustitución conductor en tramo LMTA. a 20 kV de 99 metros, conductor tipo LA-56 Al (existente LA-30), con origen en el apoyo proyectado tipo C-2000/16 a intercalar entre los apoyos núm. La1X3RL42//161-37 existente de la LMT. NEG803 (expediente 50.216), procedente de la subestación Negreira y el apoyo núm. 161-37-A1 existente a sustituir. Retensado de los vanos adyacentes.

- Instalación de reconectador telecontrolado (RC) en apoyo A20UEGBF//161-37-A1 de hormigón a sustituir por tipo C-2000/16.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la mencionada instalación de distribución eléctrica.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, para los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

- Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

- Un certificado del/de la director/a del montaje en que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

- Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación do territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 1 de agosto do 2024

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados

Expediente: IN407A 2023/322-1.

Instalación de telecontrol en la LMT. NEG803 en A20UEGBF//161-37-A1.

Ayuntamiento de Val do Dubra.

Parcela proyecto

Persona propietaria/titular

Referencia catastral

Paraje

Afección pleno dominio (LMT, CT, y/o apoyos)

Naturaleza del terreno

CT/núm. del apoyo

Superficie (m2)

1

José García Pereiro

15089A00800360000BR

Resedoiro

Nuevo apoyo nº Pro-1

2

Rústico. Agrario.

Prados o praderas.

2

Consuelo Pereiro Pumar

15089B514010010000DK

Pedras do Muíño

Nuevo apoyo nº 161-37-A1

2

Rústico. Agrario.

Prados o praderas.

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m².

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada en m².

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