RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2024 por la que se resuelven las solicitudes de subvención convocadas por la Orden de 15 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2024 (código de procedimiento MR340A).

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III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2024 por la que se resuelven las solicitudes de subvención convocadas por la Orden de 15 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2024 (código de procedimiento MR340A).

La Orden de 15 de diciembre de 2023 (publicada en el DOG de 5 de enero de 2024) establece las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y convoca las del ejercicio presupuestario de 2024.

Las ayudas convocadas consisten en subvenciones, así como en garantías para préstamos destinados a financiar las inversiones. La concesión de las subvenciones, según establecen las bases reguladoras, se efectuará mediante concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones convocadas mediante concurrencia competitiva deben ser objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.

Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas, evaluadas las solicitudes por la Comisión de Valoración prevista en el artículo 14 de las bases reguladoras, y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, procede resolver la convocatoria.

Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, el beneficiario, la cantidad concedida y la finalidad o finalidades de la subvención.

Por todo lo indicado,
RESUELVO:

Primero. Conceder las subvenciones convocadas por la Orden de 15 de diciembre de 2023 (publicada en el DOG de 5 de enero de 2024), que establece las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y convoca las del ejercicio presupuestario de 2024, que se relacionan en el anexo I, como consecuencia de la aplicación de los criterios de valoración y de preferencia establecidos en el artículo 14 de la convocatoria, por la cuantías y anualidades que se reflejan en el anexo, y con cargo a la aplicación 45.04.741A.770.0 y proyecto 2023 00154 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2024, 2025 y 2026.

Estas ayudas tienen por finalidad incentivar las inversiones para la transformación y comercialización de productos agrarios.

Segundo. Denegar la solicitud de subvención que se relaciona en el anexo II por no alcanzar la puntuación mínima de 20 puntos necesaria para la concesión de la subvención, tal como se establece en el apartado 1 del artículo 14 de la orden.

Tercero. Informar a las empresas beneficiarias que figuran en el anexo I de esta resolución de lo siguiente:

a) Las condiciones de aplicación a estas ayudas son con carácter general las establecidas en la Orden de esta Consellería de 15 de diciembre de 2023 que regula estas ayudas y, supletoriamente, las establecidas en la normativa autonómica, estatal y comunitaria aplicable.

b) No se admitirán modificaciones de las inversiones aprobadas ni del calendario y fechas máximas de justificación establecidas, salvo en los casos y condiciones admitidos en el artículo 20 de la Orden de 15 de diciembre de 2023.

c) Para la concesión de estas ayudas y el establecimiento de sus características se tuvo en cuenta la información y la documentación incluida con las solicitudes de ayuda. Cualquier modificación que afecte a esta información o documentación aportada podrá dar lugar a la modificación de esta resolución, con la revocación de la ayuda, en su caso.

d) La subvención concedida se abonará en las anualidades indicadas en el calendario de ejecución establecido para cada beneficiario, e incluido en el anexo I de esta resolución, con las fechas máximas de justificación para cada anualidad indicadas a continuación:

Anualidad

Fecha máxima justificación

2024

10.10.2024

2025

10.10.2025

2026

10.10.2026

e) Para pagar la subvención correspondiente a cada anualidad, el beneficiario deberá cumplir las condiciones establecidas en la Orden de 15 de diciembre de 2023 y presentar la documentación indicada en su artículo 19, así como, en el caso de pagos de la última anualidad de la ayuda, presentar la documentación particular indicada en el anexo I de esta resolución, todo ello sin superar las fechas máximas de justificación indicadas anteriormente. En el caso de pagos a cuenta superiores a 18.000 €, deberá presentar una garantía del 110 % del importe del/de los pago/s.

f) Si el beneficiario de la ayuda cumple las condiciones establecidas en la resolución de concesión, ejecutando y justificando todos los conceptos de las inversiones aprobadas en los plazos establecidos, y cumpliendo con el resto de los requisitos de la resolución de concesión, se abonará la totalidad de la subvención concedida. De lo contrario, se procederá conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Orden de 15 de diciembre de 2023, relativo a incumplimientos.

g) La actividad objeto de la ayuda, así como los conceptos subvencionados se deberán mantener durante un período no inferior a cinco años contados a partir de la fecha del pago final de la ayuda. Asimismo, en el caso de empresas no pymes el beneficiario deberá devolver la ayuda si en los diez años siguientes al pago final de la ayuda, la actividad productiva se somete a una relocalización fuera de la Unión Europea.

h) Conforme a lo dispuesto en el artículo 123.2 del Reglamento (UE) 2021/2115, el beneficiario de la ayuda deberá llevar un sistema de contabilidad separado o bien un código contable adecuado para todas las transacciones relativas a la operación subvencionada.

i) Esta ayuda procede del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC), y está cofinanciada en un 60 % con fondos de la Unión Europea a través del Feader.

j) Conforme a lo establecido en el artículo 65 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, una operación podrá recibir ayuda de uno o varios fondos EIE o de uno o varios programas y de otros instrumentos de la Unión, a condición de que la partida de gasto incluida en una solicitud de pago para el reembolso por uno de los fondos EIE no esté subvencionada por otro fondo o instrumento de la Unión, ni por el mismo fondo conforme a un programa distinto.

Estas ayudas son compatibles con instrumentos financieros comunitarios en las condiciones establecidas en el artículo 37 del Reglamento (UE) 1303/2013 indicado. En cualquier caso, la suma total de las ayudas concedidas, incluidas las de minimis, no podrá superar los porcentajes de ayuda indicadas en el apartado 2 del artículo 4 de la Orden de 15 de diciembre de 2023.

k) El beneficiario deberá cumplir con la normativa sobre información y publicidad de las ayudas del Feader establecida en el artículo 6 y en el anexo III del Reglamento de ejecución (UE) 2022/129, de 21 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas para los tipos de intervención relativos a las semillas oleaginosas, el algodón y los subproductos de la vinificación en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento y del Consejo, así como para los requisitos en materia de información, publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los planes estratégicos de la PAC, y demás normas de aplicación.

Cuarto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la conselleira del Medio Rural, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro derecho que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 5 de agosto de 2024

La conselleira del Medio Rural
P.D. (Orden de 17.11.2015; DOG núm. 223, de 23 de noviembre)
Silvestre José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

ANEXO I
Aprobaciones

Código expediente

Beneficiario/a

NIF

Inversión subvencionable

Puntuación criterios de valoración

Subvención concedida

Calendario de ejecución

Documentación particular a presentar para el pago
de la última anualidad de la ayuda

Año

Inversión subvencionable
a justificar

Subvención
a pagar

L-09-PDR-24

Novafrigsa, S.A.

A27199140

1.051.365,00

67

473.114,25

2024

315.409,50

141.934,28

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

3. Licencia de obra del almacén auxiliar de fileteado para considerar como subvencionables las instalaciones y maquinaria relacionados.

2025

420.546,00

189.245,70

2026

315.409,50

141.934,27

O-05-PDR-24

Cooperativas Orensanas, S.C.G.

F32001976

17.217.441,97

67

7.000.000,00

2024

6.026.104,69

2.711.747,11

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

3. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

4. Certificado de cumplir la normativa de bienestar animal.

2025

6.026.104,69

2.711.747,11

2026

5.165.232,59

1.576.505,78

L-13-PDR-24

Celega, S.L.

B27103837

1.902.641,01

64

856.188,45

2024

1.141.584,61

513.713,07

1. Proyecto y certificación final de obra correspondientes a la instalación de la planta de biogás para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

2. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

761.056,40

342.475,38

O-01-PDR-24

Viña Costeira, S.C.G.

F32002230

94.173,67

61

42.353,70

2024

94.173,67

42.353,70

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

O-02-PDR-24

Adega A Coroa, SAT

F32281263

67.735,00

61

27.094,00

2024

33.867,50

13.547,00

1. Certificado actualizado de estar inscrito, como elaborador y embotellador, en la DOP Valdeorras

2025

33.867,50

13.547,00

C-10-PDR-24

Casa Grande de Xanceda, S.L.

B15934912

215.327,65

59

81.450,40

2024

215.327,65

81.450,40

L-26-PDR-24

Granja Campomayor, S.L.

B27015429

723.388,33

59

289.355,33

2024

434.033,00

173.613,20

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

3. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

289.355,33

115.742,13

O-13-PDR-24

Casa Quiroga Hortofrutícola, S.A.

A27461300

1.628.458,42

59

651.383,37

2024

326.017,38

130.406,95

2025

522.409,46

208.963,78

2026

780.031,58

312.012,64

L-01-PDR-24

Mieles Anta, S.L.

B15351620

60.403,00

59

24.161,20

2024

60.403,00

24.161,20

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

O-08-PDR-24

José Antonio Pérez Macía

***6337**

154.394,06

58

61.757,62

2024

30.878,81

12.351,52

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como acreditar que realizó la comunicación previa establecida en el artículo 24 de la Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, presentando toda la documentación requerida.

2. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

3. Registro sanitario.

2025

123.515,25

49.406,10

P-13-PDR-24

Industrias Frigoríficas del Louro, S.A.

A36001998

1.054.023,01

56

474.310,35

2024

263.505,75

118.577,59

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

527.011,51

237.155,18

2026

263.505,75

118.577,58

C-05-PDR-24

Forraxes de Xallas e Barcala, S.C.G.

F70171202

450.380,00

55

180.152,00

2024

337.785,00

135.114,00

2025

112.595,00

45.038,00

C-18-PDR-24

Dairylac, S.L.

B15775570

489.041,28

55

195.616,51

2024

244.520,64

97.808,26

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

244.520,64

97.808,25

C-12-PDR-24

Bodegas Pazo de Arretén, S.L.

B15926736

67.150,00

54

23.502,50

2024

13.430,00

4.700,50

2025

53.720,00

18.802,00

O-04-PDR-24

Bodegas Blare, S.L.

B67705590

62.320,00

52

21.812,00

2024

62.320,00

21.812,00

1. Autorización de vertidos de saneamiento tras la finalización de las instalaciones y la puesta en marcha de la depuradora, según hace constar el adjunto a la secretaría del ayuntamiento de O Barco de Valdeorras en su certificado de fecha 10.4.2023 sobre el expediente de la comunicación previa presentada con fecha 21.7.2022, además de la actualización/modificación de la misma teniendo en cuenta el incremento de la producción a 30.000 litros/año.

2. Certificado actualizado de estar inscrito como elaborador y embotellador en la DOP Valdeorras.

L-28-PDR-24

Granja Campomayor, S.L.

B27015429

90.822,63

51

31.787,92

2024

72.658,10

25.430,34

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

18.164,53

6.357,58

P-04-PDR-24

Lagar de Fornelos, S.A.

A36626760

64.709,66

51

22.648,38

2024

64.709,66

22.648,38

P-01-PDR-24

Cogal, S.C.G.

F36030518

354.676,21

47

141.870,48

2024

177.338,11

70.935,24

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2.Certificado de cumplir la normativa de bienestar animal.

3. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

2025

177.338,10

70.935,24

L-07-PDR-24

Industrias Lácteas de Nadela, S.L.

B27501824

2.998.848,33

47

949.596,92

2024

599.769,67

209.919,38

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2.Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

3. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

2.399.078,66

739.677,54

C-07-PDR-24

Landeira Alimentación, S.L.

B44941672

582.627,54

47

203.919,64

2024

349.576,52

122.351,78

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como acreditar que realizó la comunicación previa establecida en el artículo 24 de la Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, presentando toda la documentación requerida.

2. Registro sanitario.

3. Acreditación de que la mayor parte de la materia prima utilizada (más del 50 %) procede de explotaciones agrarias gallegas mediante facturas y contratos alimentarios que cumplan la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medias para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

2025

233.051,02

81.567,86

L-22-PDR-24

Innolact, S.L.

B27341502

317.699,29

47

111.194,75

2024

317.699,29

111.194,75

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

C-01-PDR-24

Piensos Albores, S.C.G.

F15055668

1.068.782,50

47

427.513,00

2024

267.195,63

106.878,25

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

374.073,87

149.629,55

2026

427.513,00

171.005,20

L-14-PDR-24

Lácteos Lorán, S.L.

B27026178

123.151,00

46

43.102,85

2024

61.575,50

21.551,43

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

61.575,50

21.551,42

P-11-PDR-24

Bodegas Lagar de Pintos, S.L.

B36237014

86.694,30

43

26.008,29

2024

86.694,30

26.008,29

O-09-PDR-24

Carnes Viana, S.L.

B32163008

323.102,79

43

96.930,84

2024

323.102,79

96.930,84

L-15-PDR-24

Queserías Entrepinares, S.A.

A47037296

10.050.745,05

42

2.315.223,52

2024

2.010.149,01

603.044,70

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

6.030.447,03

1.309.134,11

2026

2.010.149,01

403.044,71

L-25-PDR-24

Cooperativas Lácteas Unidas, S.C.G.

F70509096

96.260,00

41

33.691,00

2024

19.252,00

6.738,20

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

77.008,00

26.952,80

C-08-PDR-24

Xallas de Santa Comba, S.C.G.

F15020290

288.292,48

41

100.902,37

2024

100.902,37

35.315,83

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

100.902,37

35.315,83

2026

86.487,74

30.270,71

L-24-PDR-24

Cooperativas Lácteas Unidas, S.C.G.

F70509096

148.924,89

41

52.123,71

2024

74.462,45

26.061,86

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

74.462,44

26.061,85

C-09-PDR-24

Cusoviame, S.C.G.

F15025810

493.770,80

41

172.819,78

2024

123.442,70

43.204,95

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

2025

246.885,40

86.409,89

2026

123.442,70

43.204,94

C-03-PDR-24

Queixería Barral, S.L.

B15909328

245.806,89

39

73.742,07

2024

49.161,38

14.748,42

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Proyecto para acreditar los gastos subvencionables a justificar en ese concepto.

2025

196.645,51

58.993,65

C-13-PDR-24

Queizuar, S.L.

B15594401

1.134.745,08

39

340.423,52

2024

453.898,03

136.169,41

1. Actualización del registro sanitario o certificado en el que se señale que, a la vista de los nuevos productos elaborados, se considera que sigue vigente el registro sanitario existente.

2025

453.898,03

136.169,41

2026

226.949,02

68.084,70

P-05-PDR-24

Pazo de Valdomiño, S.A.

A36297455

545.646,87

39

163.694,06

2024

338.683,01

101.604,90

2025

206.963,86

62.089,16

L-27-PDR-24

Viñas de Belesar, S.L.

B27507227

91.890,00

39

27.567,00

2024

91.890,00

27.567,00

L-12-PDR-24

Caponcito, S.L.

B27236793

1.632.803,93

39

489.841,18

2024

326.560,79

97.968,24

1. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

2. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como acreditar que realizó la comunicación previa establecida en el artículo 24 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, presentando toda la documentación requerida.

3. Registro sanitario.

4. Certificado relativo al cumplimiento de la normativa de bienestar animal.

2025

653.121,57

195.936,47

2026

653.121,57

195.936,47

C-04-PDR-24

Lácteos Ferrado Verde, S.L.U.

B67254763

188.351,43

39

56.505,43

2024

188.351,43

56.505,43

C-11-PDR-24

Leche Celta, S.L.U.

B82523648

2.678.457,95

39

703.537,39

2024

803.537,39

241.061,22

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2. Actualización del registro sanitario o certificado en el que se señale que, a la vista de los nuevos productos elaborados, se considera que sigue vigente el registro sanitario existente.

2025

1.874.920,56

462.476,17

L-02-PDR-24

Pazo de Vilane, S.L.

B64116957

359.287,97

37

107.786,39

2024

359.287,97

107.786,39

P-02-PDR-24

Avipor Silleda, S.L.

B36324416

400.000,00

37

120.000,00

2024

320.000,00

96.000,00

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

80.000,00

24.000,00

O-06-PDR-24

Aceites Abril, S.L.

B32218356

3.781.238,60

37

900.000,00

2024

945.309,65

283.592,90

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

1.890.619,30

467.185,79

2026

945.309,65

149.221,31

L-11-PDR-24

Patatotas, S.L.

B27238807

82.300,00

33

24.690,00

2024

42.796,00

12.838,80

2025

39.504,00

11.851,20

L-19-PDR-24

Precoalvi, S.L.

B27459395

62.635,42

33

18.790,63

2024

62.635,42

18.790,63

C-14-PDR-24

Inleit Ingredients, S.L.U.

B87477139

2.323.058,70

33

596.917,61

2024

1.858.446,96

500.000,00

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2. Actualización del registro sanitario o certificado en el que se señale que, a la vista de los nuevos productos elaborados, se considera que sigue vigente el registro sanitario existente.

2025

464.611,74

96.917,61

L-10-PDR-24

Queserías Sarrianas, S.L.

B27266055

617.763,40

33

185.329,02

2024

617.763,40

185.329,02

L-06-PDR-24

Leche de Galicia, S.L.

B27126010

733.944,10

33

220.183,23

2024

293.577,64

88.073,29

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

440.366,46

132.109,94

P-10-PDR-24

Central Lechera Gallega, S.A.

A36023547

282.143,61

33

84.643,08

2024

282.143,61

84.643,08

L-30-PDR-24

Lugar da Veiga, S.L.L.

B27317007

558.744,00

32

139.686,00

2024

335.246,40

83.811,60

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Actualización del registro sanitario o certificado en el que se señale que, a la vista de los nuevos productos elaborados, se considera que sigue vigente el registro sanitario existente.

2025

223.497,60

55.874,40

O-03-PDR-24

Castañas Rafael, S.L.

B32199812

1.146.676,66

32

344.003,00

2024

1.146.676,66

344.003,00

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

P-16-PDR-24

Industrias Cárnicas Fontefría, S.L.

B36054245

97.256,40

32

29.176,92

2024

97.256,40

29.176,92

P-03-PDR-24

Avícola de Galicia, S.A.U.

A36002236

4.657.174,72

32

1.097.152,42

2024

931.434,94

279.430,48

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

3. Proyecto de obra del foso (inversión 16) firmado por técnico competente, el proyecto de obra de mejoras (inversión 17) firmado por técnico competente y la certificación final de obra correspondiente (inversión 17).

4. Registro sanitario.

5. Certificado de cumplir la normativa de bienestar animal.

2025

3.725.739,78

817.721,94

L-03-PDR-24

Torre de Núñez de Conturiz, S.L.

B27116979

129.511,86

31

38.853,56

2024

129.511,86

38.853,56

1. Proyecto y certificación final de obra subvencionados.

L-05-PDR-24

Torre de Núñez de Conturiz, S.L.

B27116979

95.366,32

31

28.609,90

2024

95.366,32

28.609,90

1. Proyecto y certificación final de obra subvencionados.

P-12-PDR-24

Lago, Aves, Huevos y Caza, S.A.

A36031185

386.397,74

28

96.599,44

2024

386.397,74

96.599,44

L-16-PDR-24

Lualco, S.L.

B27032739

127.121,44

25

31.780,36

2024

127.121,44

31.780,36

C-17-PDR-24

Productos Cárnicos Domínguez, S.L.

B15551534

229.653,00

25

57.413,25

2024

229.653,00

57.413,25

O-10-PDR-24

Patatas Conde, S.L.

B32034423

145.244,22

25

36.311,06

2024

145.244,22

36.311,06

L-17-PDR-24

Jamones González, S.L.

B27011741

81.720,00

25

20.430,00

2024

16.344,00

4.086,00

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2025

65.376,00

16.344,00

L-04-PDR-24

Grupo Sada P.A., S.A.

A35040062

1.520.799,42

25

380.199,86

2024

304.159,88

76.039,97

1. Declaración y/o justificación, en su caso, sobre el valor de venta de la maquinaria y/o equipamientos sustituidos.

2. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

3. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

4. Licencia de actividad a nombre de Grupo Sada P.A., S.A.

2025

1.216.639,54

304.159,89

P-07-PDR-24

Coesco Deza, S.L.U.

B36307270

2.853.226,56

25

713.306,64

2024

980.368,65

245.092,16

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como acreditar que realizó la comunicación previa establecida en el artículo 24 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, presentando toda la documentación requerida.

2. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

3. Registro sanitario de las nuevas instalaciones.

4. Certificado de un tasador independiente debidamente acreditado o de un órgano u organismo público debidamente autorizado, en el cual se acredite que el precio de compra del terreno no excede del valor de mercado.

2025

1.872.857,91

468.214,48

P-17-PDR-24

Frigoríficos Bandeira, S.L.

B36297240

607.869,19

25

151.967,30

2024

158.045,99

39.511,50

1. Proyecto y certificación final de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en esos conceptos.

2. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

2025

449.823,20

112.455,80

L-18-PDR-24

Corporación Alimentaria Peñasanta, S.A.

A03161270

1.777.013,66

23

444.253,42

2024

1.777.013,66

444.253,42

1. Evaluación del impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. No será exigible este requisito si la autoridad competente informa de que, a la vista del proyecto indicado, no se necesita.

C-06-PDR-24

Agrosoneira, S.L.

B15672389

1.146.659,53

22

286.664,88

2024

458.663,81

114.665,95

1. Proyectos y certificaciones finales de obra para acreditar los gastos subvencionables a justificar en estos conceptos.

2. En la construcción subvencionada se instalará adicionalmente la línea de granulación definida en el anexo A3 como futura ampliación y, en caso de no instalarse, la inversión subvencionable y la subvención correspondiente a este concepto se reducirán en un 50 %.

2025

458.663,81

114.665,95

2026

229.331,91

57.332,98

ANEXO II
Denegaciones

Código expediente

Beneficiaria

NIF

Inversión subvencionable

Puntuación criterios de valoración

Subvención concedida

%

Importe

P-15-PDR-24

Hortasol, S.L.

B36152064

254.748,32

14

0,00

0,00

409086 {"title":"RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2024 por la que se resuelven las solicitudes de subvención convocadas por la Orden de 15 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2024 (código de procedimiento MR340A).","published_date":"2024-08-22","region":"galicia","region_text":"Galicia","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-galicia.png","id":"409086"} galicia Consellería del medio rural;DOG;DOG 2024 nº 161;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/galicia/boa/2024-08-22/409086-resolucion-5-agosto-2024-se-resuelven-solicitudes-subvencion-convocadas-orden-15-diciembre-2023-se-establecen-bases-reguladoras-ayudas-inversiones-transformacion-comercializacion-productos-agrarios-cofinanciadas-fondo-europeo-agricola-desarrollo-rural-feader-se-convocan-ejercicio-presupuestario-2024-codigo-procedimiento-mr340a https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.