ORDEN de 9 de agosto de 2024 por la que se modifica la Orden de 23 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento BS420E).
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III. Otras disposiciones
Consellería de Política Social e Igualdad
ORDEN de 9 de agosto de 2024 por la que se modifica la Orden de 23 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento BS420E).
En el Boletín Oficial del Estado número 312, de 29 de diciembre de 2021, se publicó la Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primero ciclo de educación infantil, en el marco del componente 21 del Mecanismo de recuperación y resiliencia.
En el Diario Oficial de Galicia número 191, de 6 de octubre de 2022, se publicó la Orden Consellería de Política Social y Juventud de 23 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento BS420E).
El 6 de enero de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 5 la Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, de 13 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las comunidades autónomas destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, con nuevas plazas de titularidad pública, en el ejercicio presupuestario del 2022, en el marco del componente 21 «modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años» del Mecanismo de recuperación y resiliencia, acuerdo que en su número quinto aprueba la modificación de dicho Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, de 25 de noviembre de 2021, en las partes de su anexo relativas a la normativa aplicable, destinatarios, plazos de ejecución, actuaciones del programa, compromisos del Ministerio de Educación y Formación Profesional y de las comunidades autónomas, hitos, objetivos, indicadores, coste y calendario, justificación y verificación del programa, obligación de sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo de recuperación y resiliencia y consecuencias de los posibles incumplimientos por parte de las comunidades autónomas.
El día 13 de septiembre de 2023 se publicó la Orden de 6 de septiembre de 2023 por la que se modifica la Orden 23 de septiembre de 2022 en relación con las referencias normativas, la puntualización de las obligaciones establecidas, la justificación del período subvencionable y los incumplimientos, derivados de las modificaciones introducidas por el referido Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre de 2022.
El 26 de diciembre de 2023 se publica en el Boletín Oficial del Estado número 308, la Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre de 2023, por la que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, en el ejercicio presupuestario 2023, en el marco del componente 21 «Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el que se modifica apartado 8 del anterior Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de noviembre de 2021, por el que se amplía el plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2025 y se permite subvencionar los gastos de funcionamiento, que hasta ahora solo se permitía hasta el 31 de diciembre de 2023, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Las modificaciones introducidas por la Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre de 2023, en relación con la justificación, conceptos subvencionables, así como el aumento de anualidades, determina la necesidad de la nueva modificación de la Orden de 23 de septiembre de 2022 y la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Por lo expuesto, y para dar cumplimiento a lo establecido en dicho acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre de 2023 y posibilitar la mayor concurrencia pública, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de acuerdo con lo señalado en el Decreto 139/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social e Igualdad.
RESUELVO:
Artículo único. Modificación de la Orden de 23 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de impulso de escolarización en el primero ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedemento BS420E)
La Orden de 23 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento BS420E) queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica el artículo 2, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 2. Financiación
1. La concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria, con cargo a los presupuestos de la consellería competente en materia de política social y con el reparto plurianual recogido en la siguiente tabla, se financiarán con fondos europeos procedentes del Mecanismo de recuperación y resiliencia en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, dentro del componente 21 de modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0 a 3 años.
El importe total asignado para las anualidades 2022, 2023, 2024 y 2025 asciende a treinta y cuatro millones ciento un mil quinientos nueve euros con cinco céntimos (34.101.509,05 €) con la siguiente distribución presupuestaria por anualidades:
Aplicación | Anualidad 2022 |
13-02-312B-4000 | 0 € |
13-02-312B-4600 | 0 € |
13-02-312B-4610 | 0 € |
13-02-312B-7000 | 0 € |
13-02-312B-7600 | 229.237,51 € |
13-02-312B-7610 | 0 € |
Total | 229.237,51 € |
Aplicación | Anualidad 2023 |
11-02-312B-4000 | 0 € |
11-02-312B-4600 | 99.075,24 € |
11-02-312B-4610 | 0 € |
11-02-312B-7000 | 0 € |
11-02-312B-7600 | 349.782,45 € |
11-02-312B-7610 | 0 € |
Total | 448.857,69 € |
Aplicación | Anualidad 2024 | Anualidad 2025 | Total 2024-2025 |
38-02-312B-4000 | 516.395,04 € | 854.874,78 € | 1.371.269,82 € |
38-02-312B-4600 | 3.908.212,31 € | 6.469.915,21 € | 10.378.127,52 € |
38-02-312B-4610 | 516.395,04 € | 854.874,78 € | 1.371.269,82 € |
38-02-312B-7000 | 1.317.479,55 € | 797.910,15 € | 2.115.389,70 € |
38-02-312B-7600 | 9.867.425,53 € | 6.204.542,56 € | 16.071.968,09 € |
38-02-312B-7610 | 1.177.694,45 € | 937.694,45 € | 2.115.388,90 € |
Total | 17.303.601,92 € | 16.119.811,93 € | 33.423.413,85 € |
2. Una vez consolidada la escolarización producida por este programa durante su duración, las entidades beneficiarias de estas ayudas asumirán con sus presupuestos, desde la anualidad 2025, el mantenimiento de las plazas creadas».
Dos. Se modifica el artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 4. Cuantía de la ayuda
1. La cuantía máxima de la ayuda por plaza queda establecida de acuerdo con la siguiente tabla:
| Anualidad 2022 | Anualidad 2023 | Anualidad 2024 | Anualidad 2025 |
Coste plaza creación | 6.185,35 € | 6.185,35 € | 6.185,35 € | 6.185,35 € |
Coste plaza mantenimiento | 3.029,73 € | 4.503,42 € | 1.500,00 € | 2.483,20 € |
2. La cuantía de mantenimiento se abonará proporcionalmente desde la fecha en que la escuela infantil 0-3 obtenga el permiso de inicio de actividades o desde su correspondiente modificación».
Tres. Se modifica el artículo 16, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 16. Plazos de ejecución
1. El plazo de ejecución de las actividades a subvencionar descritas en el artículo 5 dentro del Programa de impulso de la escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, correspondiente al presupuesto del año 2022 será desde el 1 de enero de 2021 hasta el 1 de marzo del año 2024.
2. El plazo de ejecución de las referidas actividades a subvencionar del Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, correspondiente al presupuesto del año 2023, está previsto que sea desde el 1 de enero de 2023 hasta el 1 de diciembre del año 2024.
3. El plazo de ejecución de las referidas actividades a subvencionar del Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, correspondiente a los presupuestos del año 2024 y 2025 está previsto que sea desde el 1 de enero de 2024 hasta el 1 de diciembre del año 2025».
Cuatro. Se modifica el artículo 17, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 17. Justificación de las actuaciones
1. Con base en el establecido en el título III, artículo 48, del Decreto 11/2009, de 8 de enero, y teniendo en cuenta el objeto y la naturaleza de estas ayudas, para la obtención del pago de la subvención las entidades beneficiarias deberán presentar, junto con el anexo II, la siguiente documentación:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y de pago.
c) Facturas o documentos de valor probatorio equivalente, del total de los gastos realizados junto con los justificantes bancarios que acrediten su pago.
d) Acreditación documental, material y/o gráfica del cumplimiento de la obligación de información y publicidad de la financiación pública de la acción subvencionada, de conformidad con lo dispuesto en la norma de aplicación.
e) Declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14, según el modelo del anexo III.
f) Memoria de evaluación sustantiva inicial y final justificativa de la obligación de que todas las actuaciones subvencionadas que se lleven a cabo deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH).
2. Si el importe del gasto subvencionable supera las cuantías establecidas para el contrato menor en la normativa de contratación del sector público vigente en el momento de realización del gasto, la entidad beneficiaria deberá presentar el expediente de contratación.
3. De acuerdo con el artículo 42.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, a los efectos de su consideración como subvencionable, se considerará efectivamente pagado el gasto cuando se justifique el pago mediante extractos o certificaciones bancarias firmados y sellados, donde deberán constar claramente identificados el receptor y emisor del pago, el número de factura objeto del pago y su fecha.
4. La fecha límite de justificación para los gastos efectuados en las anualidades 2021 y 2022 será hasta el 31 de marzo de 2024, para los gastos efectuados en el año 2023 será el 15 de diciembre de 2024 y para los gastos efectuados en los años 2024 y 2025, la fecha límite de justificación será el 5 de diciembre de 2025.
5. La documentación correspondiente a la justificación de la inversión realizada se presentará electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal/portada».
Disposición adicional única. Plazo de presentación de solicitudes
1. La ampliación del período y de los conceptos subvencionables supone la necesidad de apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
2. Las solicitudes presentadas según lo establecido en el número anterior se tramitarán de acuerdo con las bases establecidas en la Orden de 23 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de impulso de escolarización en el primero ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento BS420E).
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2024
Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social e Igualdad