CÉDULA de 22 de xullo de 2024 por la que se notifica la resolución del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-50-24-28 y tres más.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Puertos de Galicia
CÉDULA de 22 de xullo de 2024 por la que se notifica la resolución del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-50-24-28 y tres más.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 (Boletín Oficial del Estado núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifican a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en el anexo, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, las resoluciones de los procedimientos administrativos sancionadores por infracción de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el presidente del Consejo de Administración, según lo establecido en el acuerdo de delegación de competencias del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia, publicado por la Resolución de 29 de agosto de 2018, en el Diario Oficial de Galicia núm. 177, de 17 de septiembre. El plazo para interponer este recurso es de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado.
Transcurrido dicho plazo, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectivo en período voluntario el importe de la sanción, dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria (Boletín Oficial del Estado núm. 302, de 18 de diciembre), mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia.
De no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva.
Santiago de Compostela, 22 de julio de 2024
Juan Sanmartín Ferreiro
Director general de Puertos de Galicia
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante | DNI/CIF Denunciado | Hecho denunciado Fecha-hora-puerto | Precepto infringido | Precepto sancionador | Importe de la sanción |
Sanc. 12-50-24-28 2775-HCT Guardia Civil | 36070867J | Estacionamiento prohibido 18.2.2024 15.50 horas A Pobra A Coruña | Artículo 131.d) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 12-48-24-189 3816-CLT PAFIF | B-70302658 | Estacionamiento prohibido 2.2.2024 2.45 horas Ribeira A Coruña | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 12-48-24-193 3816-CLT PAFIF | B-7030265 | Estacionamiento prohibido 25.2.2024 11.10 horas Ribeira A Coruña | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 12-48-24-254 5094-JNF Guardamuelles | 32978713W | Estacionamiento prohibido 8.3.2024 11.32 horas Ribeira A Coruña | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |