ANUNCIO de aprobación definitiva del estudio de detalle en las parcelas 5, 6 y 7 de la ordenación del Plan especial de reforma interior (PERI) de la zona 1 del sector urbano 48 (SU-48), del Plan general de ordenación urbana de 1986.
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Ayuntamiento de Ourense
ANUNCIO de aprobación definitiva del estudio de detalle en las parcelas 5, 6 y 7 de la ordenación del Plan especial de reforma interior (PERI) de la zona 1 del sector urbano 48 (SU-48), del Plan general de ordenación urbana de 1986.
El Pleno, en la sesión ordinaria de 5 de julio de 2024, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«6.1. Aprobación definitiva del estudio de detalle para la ordenación de los volúmenes edificables en las parcelas 5, 6 y 7 de la ordenación del Plan especial de reforma interior (PERI) de la zona 1 del sector urbano 48 (SU-48), del Plan general de ordenación urbana (PGOU) de 1986 de Ourense. Documento de aprobación definitiva (expediente Cívidas 2024010639)».
El secretario da cuenta del dictamen de la Comisión del Pleno ordinario de 28 de junio de 2024 que, por seis votos a favor del Grupo Municipal de Democracia Ourensana y del Grupo Municipal del Partido Popular, así como tres abstenciones del Grupo Municipal Socialista y del Grupo Municipal del Bloque Nacionalista Gallego, dictamina favorablemente la propuesta de la Concejalía de Urbanismo, que se incorpora al expediente.
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los concejales presentes, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar definitivamente el estudio de detalle para la ordenación de los volúmenes edificables en las parcelas 5, 6 y 7 de la ordenación del Plan especial de reforma interior (PERI) de la zona 1 del sector urbano 48 (SU-48) del PGOU 1986 de Ourense en su versión de documento de aprobación definitiva (documentos 72 y 73 del expediente administrativo electrónico) a demanda de la Xunta de Galicia, Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
El acuerdo de aprobación definitiva se publicará en el Diario Oficial de Galicia y la normativa urbanística se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense.
Asimismo, una vez efectuada dicha publicación, se remitirá a la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras de la Xunta de Galicia. junto con la documentación exigida por el artículo 88.3 de la Ley de Galicia 2/2016, a efectos de inscribir el estudio de detalle en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.
En todo caso, y de conformidad con lo exigido por los artículos 82.4 de la Ley de Galicia 2/2016 y 199.4 del Reglamento de la Ley del suelo de Galicia, la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del estudio de detalle quedan condicionadas al cumplimento de los anteriores trámites y a lo señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, en relación con el 65.4 de la misma ley.
El contenido íntegro del estudio de detalle aprobado y una vez que entre en vigor se podrá consultar físicamente en las dependencias del Servicio de Planeamiento y Gestión urbanística y de forma digital en la sede electrónica de este ayuntamiento, en la dirección electrónica https://ourense.gal/gl/servizos/urbanismo-licencias-y-vivienda, en el epígrafe de planeamiento vigente.
Ourense, 5 de julio de 2024
Gonzalo Pérez Jácome
Alcalde presidente