RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2024 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas de las bateas Area Longa IV, Arroas I, Con de Pego II, Frapelo II, Isabel I, Playa V, Playa VI, Santomé I, Torres I y Villa VI.
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a) Administración autonómica
Consellería del Mar
RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2024 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas de las bateas Area Longa IV, Arroas I, Con de Pego II, Frapelo II, Isabel I, Playa V, Playa VI, Santomé I, Torres I y Villa VI.
Antecedentes:
1. El día 27 de junio de 2024, Mejillones Pilo, S.L., solicitó autorizaciones para la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas de las bateas Area Longa IV, Arroas I, Con de Pego II, Frapelo II, Isabel I, Playa V, Playa VI, Santomé I, Torres I y Villa VI a María Hortensia Portela Piñeiro (***8569**).
2. El día 8 de julio de 2024, la persona titular de la Dirección Territorial de la Consellería del Mar en Vigo acordó, de oficio, la acumulación de los expedientes mencionados.
3. La persona interesada aportó la documentación requerida para su tramitación.
Consideraciones legales y técnicas:
1. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), y con la Orden de 21 de febrero de 2022 sobre delegación de competencias en diversos órganos de dirección de la Consellería del Mar y en la Presidencia de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia (DOG núm. 41, de 1 de marzo).
2. El expediente ha seguido todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 126, de 2 de julio).
De acuerdo con todo lo indicado,
RESUELVO:
Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de María Hortensia Portela Piñeiro (***8569**), de las concesiones administrativas de los siguientes viveros:
Tipo: batea.
Nombre: Area Longa IV.
Situación:
Cuadrícula nº: 51.
Polígono: H.
Distrito: Cangas (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 12.2.1952.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Arroas I.
Situación:
Cuadrícula nº: 2.
Polígono: G.
Distrito: Cangas (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 2.4.1958.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Con de Pego II.
Situación:
Cuadrícula nº: 65.
Polígono: C.
Distrito: Cangas (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 30.9.1957.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Frapelo II.
Situación:
Cuadrícula nº: 50.
Polígono: F.
Distrito: Cangas (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 28.2.1958.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Isabel I.
Situación:
Cuadrícula nº: 18.
Polígono: D.
Distrito: Cangas (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 31.3.1967.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Playa V.
Situación:
Cuadrícula nº: 45.
Polígono: A.
Distrito: Bueu (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 8.11.1972.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Playa VI.
Situación:
Cuadrícula nº: 105.
Polígono: A.
Distrito: Bueu (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 10.3.1976.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Santomé I.
Situación:
Cuadrícula nº: 19.
Polígono: H.
Distrito: Cangas (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 3.6.1964.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Torres I.
Situación:
Cuadrícula nº: 80.
Polígono: A.
Distrito: Bueu (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 22.9.1965.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Tipo: batea.
Nombre: Villa VI.
Situación:
Cuadrícula nº: 100.
Polígono: A.
Distrito: Bueu (Pontevedra).
Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 2.2.1972.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Bajo las siguientes condiciones:
Primera. La actual titular deberá presentar, en el plazo máximo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:
a) Documento notarial de la transmisión o donación.
b) Justificante del pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados o sobre sucesiones y donaciones.
Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.
Tercera. La nueva titular de la concesión queda subrogada en los derechos y en las obligaciones de la anterior desde el momento de la formalización de la transmisión en escritura pública.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consellería del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).
Vigo, 8 de julio de 2024
El conselleiro del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
María Elena Suárez Sarmiento
Directora territorial de Vigo