RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2024, de la Dirección Territorial de Ourense, por la que se otorga la autorización administrativa previa y se aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista para inyección de biometano, producido por Cooperativas Ourensanas, S.C.G., a la red de distribución existente RAA-I022.4, en el ayuntamiento de Ourense, promovido por Nedgia, S.A. (expediente IN627A 2023/01-3).

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a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2024, de la Dirección Territorial de Ourense, por la que se otorga la autorización administrativa previa y se aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista para inyección de biometano, producido por Cooperativas Ourensanas, S.C.G., a la red de distribución existente RAA-I022.4, en el ayuntamiento de Ourense, promovido por Nedgia, S.A. (expediente IN627A 2023/01-3).

Vista la solicitud de autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución de la infraestructura gasista para inyección de biometano, producido por Cooperativas Ourensanas, S.C.G., a la red de distribución existente RAA-I022.4, en el ayuntamiento de Ourense, promovido por Nedgia, S.A., esta dirección territorial tiene en cuenta los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. El 18.12.2023, Nedgia, S.A. presentó, ante la Dirección Territorial de la Consellería de Economía e Industria (en adelante, DTCEI) de Ourense, la solicitud de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la infraestructura gasista para inyección de biometano, producido por Cooperativas Ourensanas, S.C.G., a la red de distribución existente RAA-I022.4, localizada en el término municipal de Ourense, a la cual se asignó el número de expediente IN627A 2023/01-3.

Con esta solicitud se adjuntó la siguiente documentación técnica:

- Proyecto de autorización administrativa y ejecución de instalaciones para la construcción de red gasista y su adaptación para inyección de biometano desde Cooperativas Ourensanas, S.C.G., a la red de distribución existente RAA-I022.4, firmado el 20.11.2023 por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba (colegiada nº 25.430 del COITIM).

- Declaración responsable firmada el 20.11.2023 por la técnica proyectista sobre dicho proyecto, exigida en el artículo 19 del Decreto 51/2022, de 17 de marzo, por el que se actualiza la normativa en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DOG núm. 65, de 1 de abril).

- Separatas técnicas de dicho proyecto para las siguientes entidades afectadas en sus bienes o derechos por dicho proyecto: Ayuntamiento de Ourense, Telefónica de España y UFD Distribución Electricidad, S.A.

Según se desprende de dicho proyecto, se prevén las instalaciones necesarias en la red de distribución para la incorporación de biometano en la red existente RAA-I022.4 de gas natural, propiedad de Nedgia, S.A. en el ayuntamiento de Ourense. Se proyectan las siguientes instalaciones:

- Canalización subterránea de gas natural en acero calidad Gr L245 o equivalente, DN 4" y 3,6 mm de espesor de pared, de 102 m de longitud y en MOP 16 bar, para realizar la inyección de biometano producido en la industria de Coop. Ourensanas, S. Coop. Gallega en la red propiedad de Nedgia, S.A. La conexión inicial será en el módulo de inyección situado en la parcela de referencia catastral 3885850NG8838N, propiedad de Coop. Ourensanas, S. Coop. Gallega, y la conexión final en la red existente RAA-I022.4 en acero DN 4" MOP 16 bar fuera de la parcela, en camino público, en el término municipal de Ourense.

- Módulo de inyección situado en la parcela de referencia catastral 3885850NG8838N, perteneciente a la industria de Coop Ourensanas, S. Coop. Gallega, en el Ayuntamiento de Ourense.

- Instalaciones auxiliares a lo largo de la acometida:

• Válvula de seccionamiento inicial de DN4''.

• Válvula de acometida final de DN4'.'

Segundo. El 27.2.2024, Nedgia, S.A. presentó ante la DTCEI de Ourense la siguiente documentación complementaria:

- Separata aclaratoria del proyecto de la referida infraestructura gasista, firmado el 23.2.2024 por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba (colegiada nº 25.430 del COITIM).

- Certificado firmado el 15.2.2024 por Nedgia sobre la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de dicho proyecto.

Tercero. El 4.3.2024 la DTCEI de Ourense dictó acuerdo por el que se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución del referido expediente.

Esta resolución se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 76, de 17.4.2024, en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense número 68, de 8.4.2024, y en los periódicos La Voz de Galicia, de 12.4.2024, y La Región, de 12.4.2024. Asimismo, estuvo expuesta, junto con la documentación sometida información pública, en las dependencias de la DTCEI de Ourense, así como en el portal de transparencia de la Consellería de Economía e Industria.

Durante el período de información pública no se presentaron alegaciones al proyecto.

Cuarto. El 9.4.2024, la DTCEI de Ourense trasladó las separatas técnicas del referido proyecto de ejecución al Ayuntamiento de Ourense, a UFD Distribución Electricidad, S.A. y a Telefónica de España, S.A.U.

Respecto a las entidades que presentaron escritos en que manifestaban su conformidad y/o fijaban su condicionado técnico (UFD y Telefónica), la DTCEI dio traslado de ellos la Nedgia, S.A., que presentó su conformidad con estos.

Respecto a las entidades que no contestaron a la petición de informe ni a su reiteración (Ayuntamiento de Ourense), sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar, se entiende su conformidad con la autorización de la infraestructura gasista proyectada, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 80 y 84 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Quinto. El 6.6.2024, personal técnico de la DTCEI de Ourense emitió informe favorable, a efectos de lo dispuesto en los artículos 81 y 84 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Consideraciones legales y técnicas

Primera. La DTCEI de Ourense es competente para resolver este expediente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 81, de 24.4.2024) y en el artículo 43 del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27.5.2024), en relación con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; con el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; y con la Orden de la Consellería de Industria y Comercio, de 30.11.1999, sobre la tramitación de autorizaciones administrativas de las canalizaciones de gas (DOG núm. 244, de 21.12.1999).

Segunda. El referido expediente se tramitó de acuerdo con el procedimiento establecido en el título IV del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional primera del Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1.2.2017).

De acuerdo con todo lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Otorgar la autorización administrativa previa a la infraestructura gasista para inyección de biometano, producido por Cooperativas Ourensanas, S.C.G., a la red de distribución existente RAA-I022.4, en el ayuntamiento de Ourense, promovido por Nedgia, S.A. (expediente IN627A 2023/01-3).

Segundo. Aprobar el proyecto de la referida infraestructura gasista, firmado el 20.11.2023 por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba (colegiada nº 25.430 del COITIM), con la separata aclaratoria, firmada el 23.2.2024, por la citada ingeniera técnica industrial.

Todo esto de acuerdo con las siguientes condiciones:

1. La empresa promotora, Nedgia, S.A., constituirá en el plazo de dos meses, contados desde el momento del otorgamiento de la autorización, una fianza por valor de 5.685,17 €, importe del 2 % del presupuesto de las instalaciones, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y en el artículo 82 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Dicha fianza se constituirá en la Caja General de Depósitos de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de la Xunta de Galicia, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 11.3 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y será devuelta una vez que se formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones.

2. Las instalaciones que se autorizan se realizarán de acuerdo con las especificaciones y planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa promotora, Nedgia, S.A., firmado el 20.11.2023 por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba (colegiada nº 25.430 del COITIM); en él figura un presupuesto de 284.258,09 €.

3. Las instalaciones y sus montajes deberán cumplir las disposiciones y normas técnicas que, en general, sean de aplicación y, en particular, las correspondientes al Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos con sus instrucciones técnicas complementarias y las normas que los completan, reglamentos electrotécnicos, normas UNE y demás normativa y directrices vigentes, así como cuantas las sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta comunidad autónoma, y deberán preverse para responder a los avances tecnológicos en el campo del gas y lograr abastecimientos flexibles y seguros.

4. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del proyecto será necesaria la autorización previa de la DTCEI de Ourense.

5. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución. Una vez construidas las instalaciones autorizadas, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de puesta en servicio ante esta dirección territorial, que deberá expedirla tras las comprobaciones técnicas que considere oportunas.

6. En cuanto a los bienes y derechos afectados por las instalaciones que se autorizan y adscritos a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general, la empresa promotora realizará los correspondientes cruces y afecciones de acuerdo con los condicionados e informes emitidos por estos.

7. El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su adopción podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al promotor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.6 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.

8. Esta resolución se adopta sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la referida infraestructura gasista, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, tal y como dispone el título IV del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

9. Esta resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81.5 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 7 de junio de 2024

Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense

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