RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024 por la que se amplía el crédito presupuestario existente, que será susceptible de financiación en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para la concesión de las ayudas previstas en la Resolución de 10 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a proyectos tractores para el turismo en el entorno del Camino de Santiago, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024, con carácter plurianual (código de procedimiento TU503H).

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III. Otras disposiciones

Agencia de Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024 por la que se amplía el crédito presupuestario existente, que será susceptible de financiación en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para la concesión de las ayudas previstas en la Resolución de 10 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a proyectos tractores para el turismo en el entorno del Camino de Santiago, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024, con carácter plurianual (código de procedimiento TU503H).

El 17 de noviembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 219 la Resolución de 10 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a proyectos tractores para el turismo en el entorno del Camino de Santiago, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024, con carácter plurianual (código de procedimiento TU503H).

En el artículo 2 de las bases reguladoras de dicha resolución se prevé un crédito de 4.000.000,00 € para la financiación de estas ayudas, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2024 y 2025.

En el mismo artículo se prevé que se podrá ampliar el crédito máximo destinado a esta convocatoria cuando el aumento venga derivado:

a) De una generación, ampliación o incorporación de crédito.

b) De la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

Una vez revisados los expedientes presentados al amparo de dicha resolución, se comprobó que el importe total solicitado de estas ayudas superaba el crédito de la convocatoria para el 2025, lo que haría imposible atender la demanda de la totalidad de las solicitudes presentadas.

Dado que es factible realizar una ampliación, se considera conveniente ampliar el importe del crédito destinado a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida resolución, con la finalidad de conceder la subvención al mayor número de beneficiarios posibles.

Según lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, la ampliación de crédito se publicará en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

El incremento queda en todo caso condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias a las que hace referencia el artículo 30.2 del Decreto 11/2009 y, en su caso, después de la aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

De acuerdo con lo anterior, una vez declarada la disponibilidad de crédito, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento,

RESUELVO:

Primero. Ampliación de crédito

1. Ampliar el importe total del crédito de las ayudas establecidas en la Resolución de 10 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a proyectos tractores para el turismo en el entorno del Camino de Santiago, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024, con carácter plurianual, por un importe de 1.357.103,78 €, con cargo a la partida presupuestaria 04.A2.761A.770.0. Una vez efectuada esta ampliación, el importe total de estas ayudas asciende a cinco millones trescientos cincuenta y siete mil ciento tres euros con setenta y ocho céntimos (5.357.103,78 €).

2. El nuevo importe total máximo, sumando el importe inicial publicado y la presente ampliación, queda fijado en el cuadro siguiente:

Líneas

Anualidad 2024

Anualidad 2025

Total

Línea 1

400.000,00 €

3.408.549,89 €

3.808.549,89 €

Línea 2

300.000,00 €

937.859,40 €

1.237.859,40 €

Línea 3

200.000,00 €

110.694,49 €

310.694,49 €

900.000,00 €

4.457.103,78 €

5.357.103,78 €

3. Las actuaciones subvencionables con cargo a estas ayudas son susceptibles de financiación al 100 % en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, por lo que deberán cumplirse las obligaciones específicas y las demás disposiciones que se establecen al respecto en las bases reguladoras.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes

La presente modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Tercero. Régimen de recursos

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrán interponerse los siguientes recursos, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente:

a) Recurso potestativo de reposición ante la Dirección de la Agencia de Turismo de Galicia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de julio de 2024

José Manuel Merelles Remy
Director de la Agencia de Turismo de Galicia

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