ANUNCIO de 12 de junio de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos a los deslindes entre montes vecinales en mano común (expediente 99/76 y treinta y nueve más).

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a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 12 de junio de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos a los deslindes entre montes vecinales en mano común (expediente 99/76 y treinta y nueve más).

En la sesión celebrada el día 4.6.2024, el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:

- MVMC Abradelo (expediente 99/76), perteneciente a los vecinos de Abradelo, de la parroquia de O Real (Samos); MVMC Pasantes (expediente 76/79), perteneciente a los vecinos de Pasantes, de la parroquia de Triacastela (Triacastela).

El 28.9.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde realizado por avenencia entre las comunidades mencionadas, respecto de la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan las actas de deslinde, planos topográficos, actas de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 22.5.2024, el Servicio de Montes emitió un informe (nº 2022_186) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Abradelo: 354,29 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta la revisión de croquis nº 2022_94.

• MVMC Pasantes: 383,89 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Abradelo (expediente 99/76), perteneciente a los vecinos de Abradelo, de la parroquia de O Real (Samos); MVMC Pena do Marco (expediente 74/79), perteneciente a los vecinos de Ramil y Triacastela, de la parroquia de Triacastela (Triacastela).

El 28.9.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde lleva a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 28.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_196) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Abradelo: 352,63 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde con el MVMC Pasantes nº 2022_186.

• MVMC Pena do Marco: 130,66 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Vilafiz (expediente 32/76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilafiz (Friol); MVMC Pena do Lobo, Carpaceira Malladoiro y Penas (expediente 47/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Torible (Lugo).

El 29.9.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificados de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 14.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_259) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las seguintes superficies resultantes:

• MVMC Vilafiz: 522,63 hectáreas.

• MVMC Pena do Lobo, Carpaceira Malladoiro y Penas: 203,61 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Vilalvite (expediente 31/76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilalvite (Friol); MVMC Arriba y Gándaras de Ceide (expediente 49/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Outeiro (Lugo); MVMC Pena do Lobo, Carpaceira Malladoiro y Penas (expediente 47/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Torible (Lugo); MVMC Serén, perteneciente a los vecinos de la parroquia de Serén (Friol); MVMC Vilafiz (expediente 32/76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilafiz (Friol).

El 29.9.2022, la comunidad de Vilavite presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo con las comunidades de Outeiro, Torible, Serén y Vilafiz, respectivamente, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificados de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Tras serles requerido, el 22.4.2024 fue presentada una enmienda de la solicitud.

El 22.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_264) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Vilalvite: 222,63 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta la revisión de croquis seguida en el procedimiento nº 2022_191.

• MVMC Arriba y Gándaras de Ceide: 204,09 hectáreas.

• MVMC Pena do Lobo, Carpaceira Malladoiro y Penas: 204,97 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el procedimiento de deslinde nº 2022_259.

• MVMC Serén: 61,48 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta la revisión de croquis nº 2022_107.

• MVMC Vilafiz: 525,58 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el procedimiento de deslinde nº 2022_259.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Arriba y Gándaras de Ceide (expediente 49/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Outeiro (Lugo); MVMC Vilalvite (expediente 31/76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilalvite (Friol); MVMC Monte do Rei y Gándaras de Ceide o Camoira (expediente 50/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Camoira (Lugo); MVMC Grela, Lamas, Pena do Rei, Costa, Couriscada y Pena da Lebre (expediente 40/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santa María Alta (Lugo).

El 30.9.2022, la comunidad de Outeiro presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo con las comunidades de Vilalvite, Camoira y Santa María Alta, respectivamente, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificados de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Tras serles requerido, la solicitud fue subsanada.

El 27.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_285) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Arriba y Gándaras de Ceide: 204,09 hectáreas. Tiene en cuenta el procedimiento de deslinde nº 2022_264.

• MVMC Vilalvite: 222,63 hectáreas. Tiene en cuenta el procedimiento de deslinde nº 2022_264.

• MVMC Monte do Rei y Gándaras de Ceide o Camoira: 270,55 hectáreas.

• MVMC Grela, Lamas, Pena do Rei, Costa, Couriscada y Pena da Lebre: 305,74 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Argán de Moncelos (expediente 122/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Moncelos; MVMC Argán de Corvite, Curros da Chimenea y Veiga da Alaxe (expediente 117/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Corvite; MVMC Argán de Vilarente (expediente 126/77), perteneciente a los vecinos de Touceira, Vilar, Fábega, Cabaza y Rego das Pedras, de la parroquia de Vilarente. Todos ellos en el ayuntamiento de Abadín.

El 7.9.2019 fue presentada una solicitud de la comunidad de Moncelos relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia con las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus respectivos montes vecinales. Tras serles requerido, o 17.4.2023 la solicitud fue mejorada. La documentación aportada incluye el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificados de aprobación por parte de cada una de las comunidades implicadas.

El 14.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2019_54) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Argán de Moncelos: 131,57 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta la realizada anteriormente por el cumplimiento de una sentencia, recogida en la memoria técnica nº 2023_57.

• MVMC Argán de Corvite, Curros da Chimenea y Veiga da Alaxe: 29,91 hectáreas.

• MVMC Argán de Vilarente: 70,78 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Buixidoira y Trapa (expediente 15/80), perteneciente a los vecinos de Pacios da Veiga, en la parroquia de Ferreirúa; MVMC Biduedo (expediente 6/75), perteneciente a los vecinos de Biduedo, en la parroquia de Outara; MVMC Ferreirúa (expediente 3/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Ferreirúa. Todos ellos en el ayuntamiento de A Pobra do Brollón.

El 30.9.2022 fue presentada una solicitud de la comunidad de Pacios da Veiga relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia con las comunidades de Biduedo y de Ferreirúa en cuanto a las líneas divisorias que separan sus respectivos montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificados de aprobación por parte de cada una de las comunidades implicadas.

El 9.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_275) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Buixidoira y Trapa: 164,66 hectáreas.

• MVMC Biduedo: 78,68 hectáreas.

• MVMC Ferreirúa: 461,47 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Trascastro (expediente 102/76), perteneciente a los vecinos de Trascastro de la parroquia de Lóuzara (Samos); MVMC Uceira, Travesa do Pico y Devesa de Balbón (expediente 4/85), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilarxoán (O Incio).

El 25.3.2024 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 2.4.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2024_12) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Trascastro: 126,04 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta la revisión de croquis de este monte, recogida en la memoria nº 2022_305.

• MVMC Uceira, Travesa do Pico y Devesa de Balbón: 85,51 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Teniente y Xistral (expediente 83/78), perteneciente a los vecinos de los lugares de Porromeo, Restrebada, Forcós, Curro, Porto do Rego, Corredoira, Fonte, Zanfaño, Pico, Casavella, Licencia, Coruxos y Xurrosa, de la parroquia de O Viveiró; MVMC Lombo dos Porcos, Lombo do Madeiro y Serra do Xistral (expediente 79/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de A Balsa. Ambos montes en el ayuntamiento de Muras.

El 30.9.2022 y 22.12.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Tras serles requerido, el 3.2.2023 tuvo entrada una enmienda de la solicitud.

Entre la documentación aportada consta el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

Durante la tramitación del procedimiento, el 29.12.2022 y 9.2.2023 fueron presentadas alegaciones de María Cuba Carballido en las que expone su oposición a este deslinde por suponer una distorsión del límite de los montes respecto a las respectivas resoluciones de clasificación, pues lleva encubierto una ampliación del monte de la comunidad de la Balsa. Asimismo, alega que el procedimiento carece de la documentación acreditativa de la propiedad, establecida en el artículo 52 de la Ley 7/2012, de montes de Galicia.

El 30.5.2024 el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_286) en el que incluye consideraciones sobre las alegaciones presentadas con indicación de que el límite acordado por las comunidades fue objeto de análisis y aprobación por las respectivas asambleas y que la Administración no tiene una intervención administrativa en lo tocante a la propuesta de deslinde, de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 7/2012, que regula este procedimiento. Asimismo, especifica que la documentación aportada en el procedimiento es la requerida en el citado artículo 53. En conclusión, de acuerdo con la cartografía resultante, en el informe del Servicio de Montes se especifican las siguientes superficie resultantes para los montes deslindados:

• MVMC Teniente y Xistral: 583,08 hectáreas.

• MVMC Lombo dos Porcos, Lombo do Madeiro y Sª Xistral: 423,13 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Lombo dos Porcos, Lombo do Madeiro y Serra do Xistral (expediente 79/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de A Balsa (Muras); MVMC Testelo, Costa do Sol, Real y Xunto da Igrexa (expediente 123/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Montouto (Abadín).

El 5.1.2023 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por la avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Tras serles requerido, la solicitud fue subsanada el 25.1.2023. Entre la documentación aportada, consta el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 1.4.2024 el Servicio de Montes emite un informe (nº 2023_1) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Lombo dos Porcos, Lombo do Madeiro y Serra do Xistral: 428,2058 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde con el MVMC Teniente y Xistral, recogido en el informe nº 2022_286.

• MVMC Testelo, Costa do Sol, Real y Xunto da Igrexa: 1.630,2376 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Coto da Cal y Couce de Vigo (expediente 125/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Romariz, excepto Espiñarcao y Valiña de Freire; MVMC Coto Canel (expediente 124/77), perteneciente a los vecinos de Espiñarcao y Valiña de Freire, en la parroquia de Romariz. Ambos montes del ayuntamiento de Abadín.

El 20.9.2022 fue presentada una solicitud (mejorada el 20.12.2022) relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 10.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_288) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Coto da Cal y Couce de Vigo: 533,06 hectáreas.

• MVMC Coto Canel: 161,65 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC San Xil de Carballo (expediente 75/75), perteneciente a los vecinos de San Xil de Caballo, en la parroquia de Carballo; MVMC Montán (expediente 68/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Montán. Ambos montes del ayuntamiento de Samos.

El 23.9.2022 fue presentada una solicitud (mejorada el 21.10.2022) relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 23.4.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_292) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC San Xil de Carballo: 293,03 hectáreas.

• MVMC Montán: 129,37 hectáreas. Este deslinde tiene en cuenta la revisión de croquis previa de Montán, tramitada en el expediente nº 2022_297.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Amorín, San Fitorio, Sales, Monciro y Salgueiros (expediente 25/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de A Meda; MVMC Coutada y Pena da Sarna (expediente 20/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Barredo. Ambos montes del ayuntamiento de Castroverde.

El 1.3.2023 y 8.4.2024, las citadas comunidades presentaron, respectivamente, la solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por la avenencia entre ellas en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 1.3.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2023_6) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Amorín, San Fitorio, Sales, Monciro y Salgueiros: 664,41 hectáreas.

• MVMC Coutada y Pena da Sarna: 210,10 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Embernallúas (expediente 39/77), perteneciente a los vecinos de Embernallúas, de la parroquia de Muñís; MVMC Balsa (expediente 30/92), perteneciente a los vecinos de Balsa, de la parroquia de Ribeira; MVMC Trabado (expediente 50/77), perteneciente a los vecinos de Balsa, de la parroquia de Ribeira; MVMC Cernada (expediente 10/78), perteneciente a los vecinos de Cernada, de la parroquia de Muñís. Todos ellos sitos en el ayuntamiento de Navia de Suarna.

El 30.9.2022 y 21.10.2022 fue presentada una solicitud de la comunidad de Embernallúas relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia con las comunidades de la Balsa y de Cercenada, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Tras serles requerido, el 2.2.2024 presentan una enmienda de la solicitud. Entre la documentación aportada, consta el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 2.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_277) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Embernallúas: 207,05 hectáreas.

• MVMC Balsa: 122,09 hectáreas.

• MVMC Trabado: 121,70 hectáreas.

• MVMC Cernada: 74,93 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Balsa (expediente 30/92), perteneciente a los vecinos de Balsa, de la parroquia de Ribeira; MVMC Trabado (expediente 50/77), perteneciente a los vecinos de Balsa, de la parroquia de Ribeira; MVMC Fron (expediente 37/92), perteneciente a los vecinos de Embernallas y Balsa, de la parroquia de Muñís; MVMC Xestoso, perteneciente a los vecinos de Embernallas, Balsa y Riberia, de la parroquia de Muñís. Todos ellos sitos en el ayuntamiento de Navia de Suarna.

El 29.11.2023 fue presentada una solicitud (mejorada el 11.1.2024) por la comunidad de Balsa, relativa al acuerdo de deslinde de sus montes, Balsa y Trabado, con los montes colindantes Fron y Xestoso, en cuanto a la línea divisoria que los separa. Tras serle requerido, el 2.2.2024 presentan una enmienda de la solicitud. Entre la documentación aportada, consta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 9.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2023_62) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Balsa: 121 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde con Embernallúas (nº 2022_277).

• MVMC Trabado: 116,37 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde con Embernallúas (nº 2022_277).

• MVMC Fron: 76,63 hectáreas.

• MVMC Xestoso: 110 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Xestoso, perteneciente a los vecinos de Embernallas, Balsa y Riberia, de la parroquia de Muñís; MVMC Fron (expediente 37/92), perteneciente a los vecinos de Embernallas y Balsa, de la parroquia de Muñís. Ambos en el ayuntamiento de Navia de Suarna.

El 11.1.2024 las citadas comunidades presentaron, respectivamente, la solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre ellas, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Tras serles requerido, la solicitud fue subsanada y entre la documentación aportada consta el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 3.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2024_3) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Fron: 76,52 hectáreas.

• MVMC Xestoso: 110,11 hectáreas.

Este deslinde tiene en cuenta otro previo, realizado con el MVMC de Balsa y MVMC Trabado, en el procedimiento seguido bajo el nº 2023_62.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Campos de Vila (expediente 27/73), perteneciente a los vecinos de Campos de Vila, Lamela, Revida y Toca, de la parroquia de Hospital; MVMC Leixazós (expediente 108/75), perteneciente a los vecinos de Leixazós, de la parroquia de Pacios da Serra. Ambos en el ayuntamiento de Quiroga.

El 28.9.2022 tuvo entrada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Tras serles requerido, el 10.4.2024 la solicitud fue subsanada y entre la documentación aportada consta el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 21.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2022_204) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Campos de Vila: 485,51 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta a revisión de croquis identificada con el número 2022_37.

• MVMC Leixazós: 719 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Pígara (expediente 65/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Pígara; MVMC Santa Cruz (expediente 29/75-6/2015), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santa Cruz. Ambos en el ayuntamiento de Guitiriz.

El 21.3.2024 tuvo entrada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Tras serles requerido, el 12.4.2024 la solicitud fue subsanada. Entre la documentación aportada consta el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 6.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2024_13) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Pígara: 651,96 hectáreas.

• MVMC Santa Cruz: 826,84 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Pígara (expediente 65/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Pígara (Guitiriz); MVMC Carballosa, Monte Redondo y Campo de Vilaflores, Costa de Rañal, Cobas y Ribeiras (expediente 9/77-11/2017), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Pacios (Begonte).

El 6.2.2023 tuvo entrada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 6.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2023_4) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Pígara: 648,40 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde con Santa Cruz (nº 2024_13).

• MVMC Carballosa, Monte Redondo y Campo de Vilaflores, Costa de Rañal, Cobas y Ribeiras: 544,95 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

- MVMC Gondar (expediente 18/83), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Gondar; MVMC Labio (expediente 44/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Labio. Ambos en el ayuntamiento de Lugo.

El 14.5.2024 tuvo entrada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 21.5.2024, el Servicio de Montes emite un informe (nº 2024_26) en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Gondar: 12,35 hectáreas.

• MVMC Labio: 153,75 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Contra estos acuerdos, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 12 de junio de 2024

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

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