ORDEN de 20 de junio de 2024 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes y se modifica el órgano instructor de la Orden de 16 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento y se procede a su convocatoria para la anualidad 2024 (código de procedimiento TR880A).

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

ORDEN de 20 de junio de 2024 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes y se modifica el órgano instructor de la Orden de 16 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento y se procede a su convocatoria para la anualidad 2024 (código de procedimiento TR880A).

El 5 de febrero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 25 la Orden de 16 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento y se procede a su convocatoria para la anualidad 2024 (código de procedimiento TR880A).

El objeto de esta convocatoria pública de subvenciones es dar apoyo al emprendimiento para las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, incluyendo cooperativas y sociedades laborales, que se encuentren de alta y hubieran iniciado su actividad económica desde el 1 de enero de 2022 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La finalidad es facilitar las iniciativas de emprendimiento, contribuyendo al incremento de su actividad económica y a su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad, a través del apoyo a la financiación de la inversión realizada y pagada entre el 30 de septiembre de 2023 y la fecha de la presentación de la solicitud.

El artículo 30 de esta orden establece que el plazo de presentación de solicitudes comienza el 12 de febrero de 2024 y estará abierto hasta el 28 de junio de 2024, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Teniendo en cuenta que todavía existe crédito suficiente disponible para apoyar a más beneficiarios, y dado que no causa perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes y el período de ejecución de las acciones para el año 2024, establecido en el artículo 30 de la Orden de 16 de enero de 2024.

Además, atendiendo al plazo máximo de presentación de solicitudes actual, que es el 28 de junio de 2024 según lo descrito en el artículo 30 de la convocatoria, y teniendo en cuenta que la modificación de ampliación de plazo propuesta para la presentación de solicitudes abarca desde el 12 de febrero hasta el 5 de septiembre de 2024, se concluye que dicha modificación no excede de la mitad del plazo original, según dispone el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El artículo 16.2 de esta orden establece que el órgano instructor de los expedientes será el Servicio de Programas de Apoyo al Empleo, perteneciente a la Dirección General de Emprendimiento y Apoyo al Empleo. Atendiendo a la reestructuración administrativa aprobada por el Decreto 147/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, se hace necesaria la modificación del órgano de instrucción de este procedimiento.

En consecuencia, previo informe favorable de la Asesoría Jurídica, y en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

RESUELVO:

Artículo 1. Modificación del artículo 30 de la Orden de 16 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento y se procede a su convocatoria para la anualidad 2024 (código de procedimiento TR880A)

El artículo 30 queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 30. Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 12 de febrero de 2024 y estará abierto hasta el 5 de septiembre de 2024, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agote el crédito establecido en la convocatoria, el órgano concedente acordará la inadmisión de solicitudes y publicará tal circunstancia en el DOG y en la página web de la consellería.

Artículo 2. Modificación del artículo 16.2 de la Orden de 16 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento y se procede a su convocatoria para la anualidad 2024 (código de procedimiento TR880A)

El artículo 16.2 queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 16.2. Instrucción del procedimiento

2. El órgano instructor de los expedientes será la Subdirección General de Emprendimiento, perteneciente a la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.

Disposición adicional primera

Estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, aprobada por el Decreto 147/2024, de 20 de mayo.

Todas las referencias a la Dirección General de Emprendimiento y Apoyo al Empleo contenidas en la Orden de 16 de enero de 2024 se entenderán realizadas a la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, creada por el Decreto 147/2024.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de junio de 2024

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración

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