RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oza-Cesuras (expediente IN407A 2023/448-1).

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VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oza-Cesuras (expediente IN407A 2023/448-1).

Expediente: IN407A 2023/448-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: adecuación CT Trasanquelos (15C757) para sustitución de celdas MT.

Ayuntamiento: Oza-Cesuras.
Hechos:

1. El día 16.10.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada. Al objeto de adecuar el centro de transformación CT Trasanquelos (15C757, expediente 50.783) de 160 kVA de potencia, alimentado por la línea de distribución de media tensión LMT CES705, procedente de la subestación Cesuras, situado en el lugar de Trasanquelos, ayuntamiento de Oza-Cesuras, a causa del mal estado de su aparamenta de tipo convencional y por el fin de su vida útil, se proyecta su sustitución por uno de tipo compacto en el mismo local de tipo caseta alta donde está instalado actualmente.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado adecuación CT Trasanquelos (15C757) para la sustitución de celdas MT, firmado el día 24.1.2023 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 2.980 de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de Oza-Cesuras como entidad afectada. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado emitido.

4. El día 2.5.2024 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), conforme con la disposición adicional decimosegunda y la disposición transitoria primera del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 81, de 24 de abril).

Segunda. Legislación de aplicación:

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

- Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Trasanquelos, ayuntamiento de Oza-Cesuras, y sus características técnicas son las siguientes:

Reforma del CT Trasanquelos (15C757, expediente 50.783) de 160 kVA alimentado por la LMT CES705, procedente de la subestación Cesuras, consistente en:

- Nuevo centro de transformación compacto sin envolvente telecontrolado GSM/GPRS/FO 2L+1P de 160 kVA/15 kV en el interior del edificio de caseta alta actual. Se proyecta instalación de telecontrol en la celda de salida para instalar.

- Adecuación de la obra civil interior de la anterior para albergar la aparamenta que se proyecta (bancada, canalones y cortafuegos recogido de aceite).

- Sustitución de la puerta de acceso actual por una nueva en la que se integran las rejas para la ventilación del centro.

- Desmontaje de la aparamenta existente constituida por celdas convencionales, trafo y cuadro de BT.

- Interconexión de las líneas actuales de alimentación en media tensión subterránea que realizan E/S en las nuevas celdas.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta dirección territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta dirección territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 13 de mayo de 2024

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

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