ANUNCIO de 4 de abril de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por el que se somete a participación pública el documento base del Plan de conservación del espacio natural de interés local Torre de Hércules, perteneciente al Ayuntamiento de A Coruña.

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ANUNCIO de 4 de abril de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por el que se somete a participación pública el documento base del Plan de conservación del espacio natural de interés local Torre de Hércules, perteneciente al Ayuntamiento de A Coruña.

El entorno de la Torre de Hércules fue declarado de forma provisional espacio natural de interés local (ENIL) mediante la Orden de 27 de diciembre de 2019 (DOG núm. 7, de 13 de enero de 2020). Esta orden condicionó su declaración definitiva a la presentación, por parte del ayuntamiento, de un plan de conservación. El Ayuntamiento formalizó su remisión el día 9 de septiembre de 2021.

En el momento de iniciar los trámites para la declaración de este espacio estaba en vigor la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza. Esta ley fue derogada por la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia. Esta nueva ley recoge en su disposición transitoria séptima, punto 2, que los procedimientos administrativos en tramitación a su entrada en vigor seguirán tramitándose por la normativa vigente al iniciar su tramitación. Por tal motivo, este plan se tramita al amparo de la Ley 9/2001, de 21 de agosto.

La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente establece, en su título III, el derecho a que el público pueda expresar observaciones y opiniones cuando están abiertas todas las posibilidades, antes de que se adopten decisiones sobre un plan, programa o disposición de carácter general en relación con asuntos de carácter medioambiental.

Por otro lado, el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se realizará una consulta pública a través del portal web de la Administración competente en la que se recogerá la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa;

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación;

c) Los objetivos de la norma;

d) Las posibles soluciones alternativas reglamentarias y no reglamentarias.

En relación con los problemas que se pretenden solucionar, el Plan de conservación, tras un análisis del espacio natural, determina las presiones y amenazas que está sufriendo. El Plan busca la reducción de estas presiones y amenazas a través del desarrollo de actividades humanas compatibles con el mantenimiento en un estado de conservación favorable de los elementos considerados como claves para su declaración como espacio protegido.

Visto lo anterior y conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

ACUERDO:

Primero. Abrir un período de participación al público del documento base del Plan de conservación del espacio natural de interés local Torre de Hércules durante el plazo de un (1) mes, contado dicho período desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Durante el citado plazo se puede consultar el documento base del Plan en la página web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda:

https://cmatv.xunta.gal/seccion-tema/c/CMAOT_Conservacion?content=Direccion_Xeral_Conservacion_Natureza/Participacion_publica/seccion.html&std=Participacion_publica.html

Tercero. Las personas interesadas pueden enviar sus alegaciones:

1. Mediante correo electrónico a la siguiente dirección: planificacion.conservacion@xunta.gal, poniendo en el asunto «Documento base del Plan de conservación ENIL Torre de Hércules».

2. Mediante la presentación de escrito dirigido a la Dirección General de Patrimonio Natural de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 4 de abril de 2024

Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Patrimonio Natural

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