DECRETO 41/2024, de 21 de marzo, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Ponte Caldelas, del trazado actual y antiguo de las carreteras EP-0407, EP-0207 y EP-0206.

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 41/2024, de 21 de marzo, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Ponte Caldelas, del trazado actual y antiguo de las carreteras EP-0407, EP-0207 y EP-0206.

Según lo previsto en artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de estas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de estas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Ponte Caldelas y la Diputación Provincial de Pontevedra firmaron el 18 de febrero de 2022, un convenio de colaboración para la ejecución del proyecto de mejora de la seguridad viaria en la EP-0407 Borela-Ponte Caldelas, del p.k. 8+775 al p.k. 9+000.

La cláusula quinta de este convenio tiene el carácter de inicio del procedimiento de transferencia de titularidad a favor del Ayuntamiento de Ponte Caldelas de los siguientes tramos:

- EP-0407 Borela-Ponte Caldelas, tramo del p.k. 8+780 al p.k. 9+000.

- Tramo antiguo de 73 metros lineales situado entre el p.k. 1+000 y p.k. 1+055 (margen izquierdo) de la carretera provincial EP-0207 A Ínsua-Chaín.

- Tramo antiguo de 83 metros lineales situado entre el p.k. 3+070 y p.k. 3+140 (margen derecho) de la carretera provincial EP-0206 Ponte Caldelas-Parada-Xustáns.

El Pleno de la Corporación Provincial, en la sesión ordinaria del día 27 de octubre de 2023, aprobó el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Ponte Caldelas.

El artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, indica que los cambios de titularidad de carreteras o tramos de estas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de estas que estén incluidas en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras tras el acuerdo entre las administraciones afectadas .

El tramo de la carreteras EP-0407 y los tramos antiguos de las carreteras EP-0207 y EP-0206 cumplen con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, segundo el cual estes «solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cuando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forme parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente».

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por el servicio competente, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos, de trazado actual y antiguo, que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta del vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en la reunión del día veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro,

DISPOÑO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Ponte Caldelas del trazado actual y antiguo de las carreteras EP-0407, EP-0207 y EP-0206:

Carretera

Denominación de la carretera

p.k. inicial

p.k. final

Long. (km)

EP-0407

Borela-Ponte Caldelas

8+780

9+000

0,220

Denominación

p.k.s

Long (km)

Tramo antiguo de la EP-0207 A Ínsua-Chaín

Entre 1+000 y 1+055 ME de la EP-0207

0,073

Tramo antiguo de la EP-0206 Ponte Caldelas-Parada-Xustáns

Entre 3+070 y 3+140 ME de la EP-0206

0,083

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia.

La entrega de los bienes se formalizará con la firma de la correspondiente acta de entrega entre ayuntamiento y diputación en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación.

Artículo 3

Le corresponde al Ayuntamiento de Ponte Caldelas, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro de
Presidencia, Justicia y Deportes

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