RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Arteixo (expediente IN407 2023/005-1).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Arteixo (expediente IN407 2023/005-1).

Expediente: IN407A 2023/005-1.

Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: LMTS, CT y RBT Troitín.

Ayuntamiento: Arteixo.

Hechos:

1. El día 9.1.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada al objeto de mejorar la calidad del suministro en el lugar de Troitín.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado LMTS, CT y RBT Troitín, firmado el día 23.8.2022 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.980 de Vigo, y la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

- Portal de transparencia y gobierno abierto de la Consellería de Economía, Industria e Innovación.

- DOG: 10.5.2023.

- BOP: 21.4.2023.

- Periódico La Voz de Galicia: 10.5.2023.

- Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 11.5.2023.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Arteixo, Augas de Galicia y Diputación Provincial de A Coruña.

La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

5. El día 9.2.2024 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), conforme con la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio).

2. Legislación de aplicación.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

- Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

- Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

- Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas.

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Troitín, en el ayuntamiento de Arteixo, y sus características técnicas son las siguientes:

- Se proyecta la modificación, respetando su actual emplazamiento, del apoyo nº 109 (matrícula AB45PUHJ) de hormigón tipo AL-SUS-HV-400-13 perteneciente a la arquitectura del tramo de la línea LAR-707 autorizado en el expediente 26.143-B, consistente en la instalación de un paso aéreo-subterráneo (PA/S), de elementos de protección y maniobra tipo XS y en el cambio de funcionalidad del apoyo pasando de suspensión a derivada.

- Instalación de un centro de transformación prefabricado de hormigón tipo rural, compacto de maniobra exterior, de 100 kVA de potencia, relación de transformación 15/0,4-0,23 kV y configuración de celdas 1L+1P con aislamiento y corte en SF6, con cuadro de baja tensión con tres (3) salidas (dos de reserva), a instalar en la parcela con referencia catastral 15005A058000160000PE sita en el lugar de Troitín (término municipal de Arteixo).

- Línea eléctrica de media tensión subterránea, a 15 kV, de 79 metros de longitud en conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3(1×150 mm² Al), con inicio en el paso aéreo-subterráneo (PA/S) a instalar en el apoyo nº 109 y final en celda de línea del CT proyectado.

4. En la visita de campo realizada el 29.1.2024 para examinar el lugar de la instalación no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre que señala el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

Conforme con todo lo señalado,

RESUELVO:

a) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.

b) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

b) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

- Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones o homologaciones, si procede.

- Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

- Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

b) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se les notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 19 de febrero de 2024

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

ANEXO

LMT, CT y RBT Troitín

Relación de bienes y derechos afectados-término municipal de Arteixo

Parcela proyecto

Propietario/titular

Referencia catastral

Paraje

Afección pleno dominio
(LMT, CT y/u apoyos)

LMT subterránea (servidumbre de paso de energía eléctrica)

Naturaleza del terreno

CT/nº del apoyo

Superficie (m²)

Longitud (m)

Superficie (m²)

1

Dolores Socorro Buño Caamaño

15005A058000160000PE

Polígono 58, parcela 16

Troitín

CT y acceso

25,36

Rústico. Agrario

2

José Pazos Suárez

15005A058000030000PT

Polígono 58, parcela 3

Terreo Muro

4,57

13,72

Rústico. Agrario

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