ANUNCIO de notificación del procedimiento de orden de ejecución del expediente 449/2017.
VI. Anuncios
b) Administración local
Ayuntamiento de Redondela
ANUNCIO de notificación del procedimiento de orden de ejecución del expediente 449/2017.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC), intentada la notificación personal sin que fuera posible practicarla, se notifica a las personas propietarias de las parcelas la siguiente Resolución de la Alcaldía núm. 2023-2609, de 7 de septiembre de 2023:
«I. Antecedentes.
1. Procedimiento incoado para exigir el cumplimiento de las obligaciones de la gestión de la biomasa derivadas de la normativa tanto ambiental como urbanística de conservar y mantener el suelo natural y la masa vegetal en las condiciones precisas que eviten la erosión y los incendios en el camino de As Chachiñas, Río Frío y Senda da Auga de Chapela.
2. Trámite de audiencia sen que se hubieran presentado alegaciones.
II. Fundamentos de derecho.
Único. El artículo 136 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG), en el mismo sentido el artículo 333 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (RLSG), establece que los ayuntamientos, de oficio o a instancia de cualquier interesado, mediante el correspondiente expediente y previa audiencia de los interesados, dictarán órdenes de ejecución que obliguen a los propietarios de bienes inmuebles a realizar las actuaciones necesarias para dar debido cumplimiento a los deberes señalados en el artículo 135 de la LSG, en particular, los de conservarlos en las condiciones legales de seguridad y salubridad.
Teniendo en cuenta que no hay posibilidad de notificar a las personas propietarias de las parcelas por fallecimiento de estas o por no disponer de datos en la Dirección General de Catastro ya que figuran como titulares «en investigación».
Vistos los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, esta Alcaldía
RESUELVE:
Primero. Ordenar a las personas propietarias de las parcelas que a continuación se relacionan y de las que non se disponen datos a efectos de notificación o bien figuran en investigación o desconocido en la Dirección General del Catastro, para que procedan a la adecuada gestión de la biomasa en el plazo de 15 días naturales
Referencia catastral | Polígono y parcela | Propietario/a |
36045A051019250000WH | Polígono 51, parcela 1925 | Sofía Iglesias Gómez |
36045A051019260000WW | Polígono 51, parcela 1926 | Antonio Collazo del Palacio |
36045A051019270000WA | Polígono 51, parcela 1927 | Matilde Iglesias Rivas |
36045A051019290000WY | Polígono 51, parcela 1929 | Ángel Ballesteros |
36045A051018940000WU | Polígono 51, parcela 1894 | En investigación |
36045A051018960000WW | Polígono 51, parcela 1896 | Josefa López Lago-Josefa Domínguez Boullosa |
36045A051017000000WZ | Polígono 51, parcela 1700 | Preciosa Lago Alfonso |
36045A051017010000WU | Polígono 51, parcela 1701 | Hrdos. José Costoya Amoedo |
36045A051017240000WX | Polígono 51, parcela 1724 | En investigación |
36045A051017260000WJ | Polígono 51, parcela 1726 | Francisco Lago Alonso |
36045A051017270000WE | Polígono 51, parcela 1727 | Hrdos. Jaime Lago Alonso |
36045A051017280000WS | Polígono 51, parcela 1728 | Antonio Pereira Santorio |
36045A051017290000WZ | Polígono 51, parcela 1729 | Dolores Peni Cabaleiro |
36045A051017300000WE | Polígono 51, parcela 1730 | Josefa López Lago |
36045A051017310000WS | Polígono 51, parcela 1731 | Ángel Ballesteros |
36045A051017320000WZ | Polígono 51, parcela 1732 | Baldomero Casal Cabaleiro |
36045A051017330000WU | Polígono 51, parcela 1733 | Rosa Fajardo Lago |
36045A051017340000WH | Polígono 51, parcela 1734 | Hrdos. José Costoya Amoedo |
36045A051017390000WG | Polígono 51, parcela 1739 | Virginia Álvarez Álvarez |
36045A051060140000WW | Polígono 51, parcela 6014 | En Investigación |
36045A051020790000WF | Polígono 51, parcela 2079 | Ángel Couto González |
Con carácter general informarle que en el caso de implicar la tala de árboles en los terrenos de naturaleza urbana no será necesario ningún permiso y en los terrenos de naturaleza rústica o no urbanizable será necesario presentar en la sede electrónica de la Xunta de Galicia la siguiente declaración responsable (que tiene efecto en el mismo día de su presentación):
https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=MR604R&ano=2020&numpub=1&lang=es
Segundo. Apercibir a las personas propietarias de las parcelas que de transcurrir el plazo antes señalado sin tener ejecutadas las medidas requeridas del Ayuntamiento de Redondela procederá a la ejecución subsidiaria bien a través de servicios propios bien a través de empresa contratada al efecto, con posterior repercusión de los costes en los que se incurra, incluidos los de tramitación administrativa, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 136.5 de la LSG.
Redondela, 31 de enero de 2024
Digna Rosa Rivas Gómez
Alcaldesa