RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2023 por la que se modifica la Resolución de 20 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales gallegos y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento CT207B).

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2023 por la que se modifica la Resolución de 20 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales gallegos y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento CT207B).

La Conferencia Sectorial de Cultura celebrada los días 13-18 de julio de 2023 aprobó la propuesta de la Comisión Sectorial de Asuntos Culturales relativa a los criterios de reparto entre las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla del crédito de las ayudas a la creación de guiones y desarrollo de proyectos audiovisuales.

Esta medida complementa las actuaciones para el impulso al sector audiovisual España, Hub audiovisual de Europa, como uno de los ejes de la agenda España Digital 2025, cuyo objetivo es alentar la producción audiovisual, la atracción de inversión y actividad económica, y el refuerzo de las empresas y profesionales del sector mejorando su competitividad.

Por esta razón, se considera relevante estimular y dinamizar la actividad en los distintos territorios contribuyendo a la financiación de actuaciones de fomento que desarrollen las administraciones autonómicas en los ámbitos del desarrollo de proyectos audiovisuales y en el ámbito de la capacitación profesional y empresarial en los primeros eslabones de la cadena de valor del sector para adaptarse a los nuevos procesos creativos, a los desarrollos del mercado y la transformación digital, de forma que se retenga el talento y se promueva la competitividad.

Para dar cumplimiento a lo aprobado en la Conferencia Sectorial del mes de julio, el 13 de noviembre 2023, el director general del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) firma la Resolución por la que se transfieren los créditos a las comunidades autónomas destinados a la gestión de las ayudas a la escritura de guiones y desarrollo de proyectos audiovisuales en el año 2023 y se asignan los importes que recibirá cada comunidad autónoma, así como Ceuta y Melilla.

Esta resolución, además, describe los objetivos de las ayudas:

a) Favorecer la profesionalización de las fases de creación y desarrollo de proyectos audiovisuales a través de la innovación en las narrativas, la adquisición de habilidades creativas y emprendedoras, la vertebración de redes dentro del sector audiovisual y el estímulo y la ayuda directa a profesionales y proyectos para que las producciones lleguen en las mejores condiciones a sus públicos potenciales.

b) Fomentar la internacionalización de la producción audiovisual y de la cultura española a través de la mejora de la capacidad del sector audiovisual para operar transnacionalmente e internacionalmente y para generar más coproducciones bilaterales y multilaterales.

c) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos y favorecer un efecto estructurador en las empresas españolas y europeas, incluido el emprendimiento, la creación de nuevos modelos de negocio, la gestión de la propiedad intelectual y mejora de la capacidad para acceder a la financiación.

d) Contribuir al equilibrio territorial en el desarrollo de las industrias culturales en España.

e) Favorecer la diversidad de la oferta cultural, la financiación de obras de especial interés cultural con dificultades para su financiación y facilitar la incorporación de nuevo talento y de las nuevas generaciones.

f) Potenciar el marketing, promoción, interacción con públicos y nuevos modos de distribución y explotación de las producciones, y aprovechar al máximo las oportunidades de los procesos de digitalización, trabajando en este ámbito desde las fases de creación y desarrollo de proyectos.

Finalmente, la resolución recoge la temporalización de ejecución de los créditos y establece que el período de presentación de la memoria justificativa final finalizará el 10 de diciembre de 2024, por lo que estos fondos tienen una vigencia desde el ejercicio en curso hasta 2024.

Esta circunstancia permite incrementar la financiación de la línea de ayudas publicada por la Agadic el 9 de agosto de 2023 en el Diario Oficial de Galicia núm. 151, al amparo de la Resolución de 20 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos audiovisuales gallegos y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento CT207B), ya que sus objetivos se adaptan perfectamente a los criterios, condiciones y finalidades que persigue lo aprobado en la Conferencia Sectorial de Cultura y la Resolución del director general del ICAA.

Este mayor crédito posibilitará atender a las demandas del sector, ampliando el número de proyectos beneficiarios de esta convocatoria y dinamizando el audiovisual gallego. La aplicación de este crédito finalista del Estado será comprometido en 2023 para su ejecución en este ejercicio y en la anualidad 2024.

Por todo lo expuesto, se propone la modificación del crédito total destinado a la convocatoria de la línea de ayudas, de la fuente de financiación, así como una nueva redistribución de las anualidades, reflejada en el cuadro de financiación, para lo cual se tiene en cuenta tanto la aportación del ICAA como las solicitudes recibidas en la convocatoria. Es necesario también realizar una modificación para la inclusión de nuevas obligaciones a los adjudicatarios en lo que alcanza a la publicidad y difusión de las actuaciones que se vayan a efectuar, en caso de resultar beneficiarios, con cargo a la ayuda concedida.

Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron concedidas,

RESUELVO:

Artículo 1. Modificar el artículo 4 en los apartados 1 y 2, que quedan redactados como sigue:

«Artículo 4. Financiación

...

1. El importe global máximo para la financiación de la presente convocatoria será de 500.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.770.0 del presupuesto de gasto de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales. Este crédito global será íntegramente financiado con los fondos finalistas del Estado para las anualidades 2023 y 2024 (código de proyecto 2023 00003 procedentes de la transferencia acordada en la Resolución de 13 de noviembre de 2023, del director general del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para esta finalidad.

2. Esta convocatoria tiene carácter plurianual y la distribución de la financiación por anualidades se refleja en el cuadro siguiente:

Aplicación presupuestaria

Anualidad

Código del proyecto

Fuente de financiación

Importe

10.A1.432B.770.0

2023

2023 00003

Fondos finalistas del Estado

100.000 €

2024

400.000 €

Total

  500.000 €»

Artículo 2. Modificar el artículo 20, apartado 4, que queda redactado como sigue:

«Artículo 20. Obligaciones de las personas beneficiarias

... 4. En la futura documentación de cada proyecto individual (materiales de promoción y distribución) y en los títulos de crédito de la producción resultante deberá figurar "Con la subvención al desarrollo de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, Xunta de Galicia y del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales", utilizando la imagen gráfica corporativa que se descargará de las páginas oficiales de ambos organismos.

Además, las personas beneficiarias deberán hacer constar en su publicidad, incluida la realizada a través de páginas web, o una información que generen en relación con el proyecto subvencionado, la financiación de sus proyectos por la Xunta de Galicia y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Los costes correspondientes a dicha publicidad serán por cuenta de la persona beneficiaria de la subvención».

Disposición adicional única

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el presidente del Consejo Rector, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final única

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2023

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales

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