Consellería del medio rural - Otras disposiciones (DOG nº 2023-187)

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

DECRETO XX/2023, de 14 de septiembre, por el que se declara de utilidad pública e interés social el polígono agroforestal de iniciativa pública de San Miguel, en el ayuntamiento de Valga (Pontevedra).

Por Acuerdo de 20 de julio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, CVE E3WOHuJPYaw2, se inició el procedimiento de aprobación para el desarrollo del polígono agroforestal de iniciativa pública de San Miguel, en el ayuntamiento de Valga (Pontevedra). El polígono agroforestal de San Miguel se encuentra en los supuestos de zonas preferentes para los polígonos de iniciativa pública regulados en el artículo 70, que, de acuerdo con el artículo 83.3, habilita a la persona titular de la consellería competente en materia de medio rural para elevar al Consello de la Xunta de Galicia la declaración de utilidad pública e interés social del polígono agroforestal inmediatamente después de la aprobación del acuerdo de inicio.

Se realizó por la persona titular de la Dirección General de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural la propuesta prevista en los artículos 83.3 y 85.1 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

De acuerdo con ello, a propuesta de la persona titular de la Consellería del Medio Rural, y previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día catorce de septiembre de dos mil veintitrés,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de utilidad pública e interés social

Declarar de utilidad pública e interés social el polígono agroforestal de iniciativa pública de San Miguel, en el ayuntamiento de Valga (Pontevedra).

Artículo 2. Delimitación del perímetro del polígono agroforestal

El perímetro del polígono agroforestal es el que figura en el documento con código de verificación electrónica (CVE yANAvDG8od55), verificable en https://sede.xunta.gal/cve, sin perjuicio de su posible modificación según lo dispuesto en el artículo 85.2.a) de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Artículo 3. Autorizaciones

Autorizar a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural para la redacción del proyecto básico del polígono agroforestal con el contenido previsto en el artículo 86 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Autorizar a la consellería con competencias en medio rural, a través de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, para la ejecución de los procedimientos de investigación de titularidad en la forma prevista en los artículos 90 y 19 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Autorizar al órgano territorial competente en materia de medio rural donde radiquen los predios y a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural para la ejecución de los procedimientos de declaración de abandono de la forma establecida en el título IV, capítulo I de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Autorizar a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural para la ejecución del procedimiento de reestructuración de la propiedad en la forma prevista en el artículo 93 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Artigo 4. Interés público

La declaración de utilidad pública e interés social implica el reconocimiento de la existencia de razones de interés público a los efectos de la aplicación de la tramitación de urgencia del procedimiento y a los informes ambientales y sectoriales por los órganos autonómicos y de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia, conforme a lo establecido por los artículos 83.4 y 85.3 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Artigo 5. Permutas de especial interés agrario

La declaración de utilidad pública e interés social implica dar el carácter de especial interés agrario a las permutas de predios que se lleven a cabo en el polígono agroforestal, conforme a lo establecido por el artículo 62.3 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Disposición final. Eficacia

Este decreto surtirá efectos el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, catorce de septiembre de dos mil veintitrés

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural

"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
3243 galicia Consellería del medio rural,DOG,DOG 2023 nº 187,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/galicia/boa/2023-10-02/3243-conselleria-medio-rural-otras-disposiciones-dog-n-2023-187 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.