Resolución de 1 de julio de 2025, del Rector, por la que se nombran funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos Auxiliares de Investigación a los opositores que han superado las pruebas selectivas convocadas.

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TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos Auxiliares de Investigación de la Universidad de Extremadura, mediante el sistema de concurso-oposición (DOE n.º 148, de 31 de julio de 2024), y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura (Decreto 65/2003, de 8 de mayo),

RESUELVE:

Primero. Nombrar, de acuerdo con la base 10.3 de la convocatoria, a los funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos Auxiliares de Investigación, de la Universidad de Extremadura que se relacionan en Anexo a esta Resolución.

Segundo. Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, los interesados habrán de prestar juramento o promesa de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Tercero. La fecha de nombramiento y toma de posesión se fija en el 1 de agosto de 2025.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, y en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, la persona nombrada, para tomar posesión, deberá realizar la declaración a la que se refiere el primero de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en el artículo 10 de la Ley 53/1984.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso potestativo de reposición, conforme a lo indicado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Badajoz, 1 de julio de 2025.

El Rector,
PEDRO M. FERNÁNDEZ SALGUERO

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