Anuncio de 2 de junio de 2025 sobre aprobación definitiva del Programa de ejecución de la UE3, de la zona 3 de las Normas Subsidiarias.

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TEXTO ORIGINAL

En el Pleno ordinario de fecha 10 de abril de 2025 se aprobó definitivamente el Programa de Ejecución de la UE3, de la zona 3 de las Normas Subsidiarias de Navalvillar de Pela, acordando lo siguiente:

Primero. Desestimar las alegaciones presentadas en base a las premisas contenidas en el informe del Asesor Jurídico de la AIU.

Segundo. Aprobar definitivamente el Programa de Ejecución de la Unidad de Ejecución 3 de las Normas Subsidiarias de Navalvillar de Pela que contiene:

1. Proyecto básico y de ejecución de urbanización de la Unidad de Ejecución n.°3 de Navalvillar de Pela (Badajoz). Promotor: AIU Reparcelación Zona 3, redactado por el Arquitecto Técnico D. José Antonio Cruz Pastor, de septiembre de 2024.

2. Actualización del Proyecto de reparcelación de la zona 3 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de Navalvillar de Pela por la Agrupación de Interés Urbanístico, redactado por el Arquitecto D. Francisco José Guisado Moreno, de enero de 2025.

3. Asunción Ordenación Detallada.

Tercero. Publicar este acuerdo en la sede electrónica del Ayuntamiento, para general conocimiento, y notificar a los interesados la resolución de las alegaciones.

Cuarto. Comunicar el contenido del acuerdo a Registro de la Propiedad y a la AIU Reparcelación Zona 3, a los efectos.

Quinto. Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Extremadura, junto con la documentación indicada en el artículo 53.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su caso.

Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho .

Navalvillar de Pela, 2 de julio de 2025. El Alcalde, FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ CANO.

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