Anuncio de 5 de junio de 2025 por el que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle.

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TEXTO ORIGINAL

Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Estudio de Detalle, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre:

Tipo de instrumento Estudio de Detalle
Ámbito Reajuste de alineaciones en la calle Chorrillo
Instrumento que desarrolla Normas Subsidiarias Municipales de Arroyomolinos de la Vera
Objeto Estudio Detalle
Clasificación del suelo Urbano

El Pleno de esta Entidad de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, llevadas a cabo las oportunas deliberaciones y por cuatro votos a favor (3 del Grupo del Partido Popular y 1 del Grupo del Partido Socialista), y dos abstenciones del Grupo del Partido Socialista,

ACUERDA:

Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle descrito en los antecedentes.

Segundo. Depositar una copia del Estudio de Detalle en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura con anterioridad a su publicación.

Tercero. Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Cuarto. Notificar el presente Acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el Estudio de Detalle .

Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Arroyomolinos de la Vera, 5 de junio de 2025. El Alcalde, MANUEL MATEOS CAMPOS.

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