Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 2/2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 58/2021.

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TEXTO ORIGINAL

D. Juan Castell Vivas presentó recurso contencioso-administrativo frente a la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución de 25 de junio de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Orden de 27 de diciembre de 2017 para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Administración Financiera, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por promoción interna, siguiéndose el procedimiento abreviado n.º 58/2021 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Mérida.

En el citado procedimiento se dictó sentencia n.º 2/2022, de 17 de enero, estimatoria parcialmente de las pretensiones formuladas en la demanda, anulando la resolución recurrida en el sentido de reconocer al recurrente y a los otros dos participantes en el proceso selectivo que no superaron el segundo ejercicio de la fase de oposición el derecho a realizar nuevamente el segundo ejercicio, conociendo de manera previa los criterios de calificación, a fin de que si superan todo el proceso de selección puedan acceder a la plaza que quedó desierta.

No obstante, no conforme con el fallo, la parte actora interpuso recurso de apelación frente a la anterior sentencia ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que dictó sentencia n.º 259/2022, de 3 de mayo, de nuevo estimatoria de las pretensiones del interesado, revocando parcialmente la sentencia del Juzgado, declarando que se repitiera la prueba práctica con todos los aspirantes, incluyendo a los aprobados en el proceso de selección.

No conforme con dicho pronunciamiento, D. Jéssica Leonor Izquierdo Chapa, D.ª M.ª de los Ángeles Torres González y la Junta de Extremadura interpusieron recursos de casación ante el Tribunal Supremo que fueron estimados por sentencia n.º 217/2025, de 3 de marzo, casando y anulando la sentencia n.º 259/2022, de 3 de mayo, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y confirmando la de primera instancia.

En consecuencia, y puesto que tras la correspondiente tramitación judicial ha devenido firme y ejecutable la sentencia n.º 2/2022, de 17 de enero, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida recaída en el procedimiento abreviado n.º 58/2021, promovido por D. Juan Castell Vivas, al objeto de cumplir con lo dispuesto en el fallo y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribuciones de competencias en materia de personal,

RESUELVE:

Primero. Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia firme n.º 2/2022, de 17 de enero, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, dictada en el procedimiento abreviado n.º 58/2021, confirmada por la sentencia del Tribunal Supremo n.º 217/2025, de 3 de marzo, cuyo tenor literal es el siguiente:

Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo presentado contra la resolución identificada en el fundamento jurídico primero, en el sentido de que se anula el citado acto administrativo en el sólo sentido de reconocer al recurrente y a los otros dos participantes en el proceso de selección que no superaron el segundo ejercicio de la fase de oposición el derecho a realizar nuevamente el segundo ejercicio, conociendo, de manera previa, los criterios de calificación recogidos en los folios 80 y siguientes del expediente objeto de revisión, a fin de que si superan todo el proceso de selección, puedan acceder a la plaza que quedó desierta .

Segundo. Convocar a los tres aspirantes que no superaron el segundo ejercicio de la fase de oposición en las pruebas selectivas convocadas por Orden de 27 de diciembre de 2017 para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Administración Financiera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por promoción interna, a la realización del mismo en la fecha, lugar y hora que se especifica a continuación:

Fecha: Jueves, 18 de septiembre de 2025.

Lugar: Sala de Juntas de la Dirección General de Función Pública, Edificio III Milenio, Módulo 1, 1.ª planta, avda. Valhondo, s/n., Mérida.

Hora: 16:00 horas.

Las personas aspirantes deberán ir provista de su DNI, pasaporte o permiso de conducción y bolígrafo azul o negro. Los medios auxiliares que pueden aportar los aspirantes consistirán en: textos legales no comentados en formato papel y calculadora no programable.

Tercero. Dar traslado al Tribunal n.º 1 designado por Orden de 27 de julio de 2018 por la que se nombra a los miembros del Tribunal de Selección que ha de valorar la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 27 de diciembre de 2017, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna, para que proceda a llevar a efecto lo establecido en esta resolución.

Cuarto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Mérida, 21 de mayo de 2025.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

PD, Resolución de 10 de agosto de 2023, (DOE n.º 156, de 14 de agosto),

El Director General de Función Pública,

DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO

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