Corrección de errores de la Orden de 6 de mayo de 2025 por la que se declara la época de peligro alto de incendios forestales en el año 2025, se establece la regulación de usos y actividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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TEXTO ORIGINAL
Advertido error en el texto de la Orden de 6 de mayo de 2025 por la que se declara la época de peligro alto de incendios forestales en el año 2025, se establece la regulación de usos y actividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 89, de 12 de mayo de 2025, se procede a su oportuna rectificación en los términos que a continuación se indican:
En la página 25743, en el apartado 2.b del artículo 8, donde dice:
b) Quemas de rastrojos, excepto las autorizadas por concurrencia de motivos fitosanitarios, de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 12 .
Debe decir:
b) Quemas de rastrojos, excepto las autorizadas por concurrencia de motivos fitosanitarios, de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 11 .
Mérida, 23 de mayo de 2025.
El Consejero de Gestión Forestal yMundo Rural,
IGNACIO HIGUERO DE JUAN
La Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,