Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Consejera, por la que se resuelve la concesión del sello "Buena práctica en competencia digital de Extremadura".
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en la Orden de 21 de octubre de 2022 por la que se crea el sello Buena práctica en competencia digital de Extremadura y se establece el procedimiento para su concesión (DOE núm. 211, de 3 de noviembre de 2022), reunida la Comisión del Sello Competencia Digital de Extremadura, según lo dispuesto en su artículo 11, y a tenor de lo que establece su artículo 12, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder el sello Buena práctica en competencia digital de Extremadura a las solicitudes que figuran en el anexo I, con indicación de la categoría concedida y el número de créditos de innovación concedidos a los participantes.
Segundo. Excluir las solicitudes que figuran en el anexo II, indicando la causa de exclusión.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse por los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrán también interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 9 de mayo de 2025.
La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,