Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura que hayan obtenido evaluación positiva, al amparo de la Orden de 26 de noviembre de 2020, durante el ejercicio 2023.

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TEXTO ORIGINAL

El Servicio Extremeño Público de Empleo como organismo autónomo de carácter administrativo, tiene atribuidas entre otras, la ejecución de las competencias en administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo, tal y como se determina en sus normas de creación y desarrollo, Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 76, de 3 de julio), y Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo), respectivamente.

En concreto, dentro de las políticas activas de empleo, el Programa Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura persigue tanto el desarrollo de proyectos de estas Escuelas para mejorar las posibilidades de inserción laboral y cualificación profesional de las personas desempleadas e inscritas en el Servicio Extremeño Público de Empleo, mediante actuaciones integradas de empleo y formación especialmente vinculadas al mercado laboral de cada territorio, como la experiencia profesional en las empresas privadas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la contratación de personas participantes cualificadas en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo.

Con esa finalidad se establecen dos líneas de subvenciones:

a) Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura.

b) Línea II. Subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura que hayan obtenido evaluación positiva.

En el ejercicio de las competencias atribuidas y respecto a la Línea II anteriormente mencionada, durante el año 2023 se han concedido ayudas, al amparo de los capítulos I y III de la Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del programa de escuelas profesionales duales de empleo de Extremadura (DOE núm. 231, de 30 de noviembre de 2020) y de la siguiente convocatoria:

Resolución de 8 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura que hayan obtenido evaluación positiva (DOE n.º 125, de 30 de junio de 2022).

En cuanto a su financiación, estas subvenciones se imputaron con cargo al ejercicio 2023, al proyecto de gastos 20220163 Contratos para alumnos de escuelas profesionales (REACT-EU). Fondo FS14R.1.1 , con fuente de financiación FS (Fondo Social Europeo), y a la aplicación 130080000/G/242A/47000/FS14R.1.01/20220163, con un importe ejecutado de 129.492,10 euros, con el siguiente desglose según la actividad económica de la entidad beneficiaria, diferenciando aquellas que se dedican a la actividad agrícola:

a. Empresas no agrícolas (CONVO/2022/0000010648)

Importe ejecutado: 125.007,69 euros.

b. Empresas agrícolas (CONVO/2022/0000010741)

Importe ejecutado: 4.484,41 euros.

En aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura una vez resueltas y notificadas individualmente las resoluciones de concesión de subvenciones a los beneficiarios y cuando los importes concedidos, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a 3.000,00 euros, el órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones concedidas, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.

A tenor de lo establecido en el artículo 17.2.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no serán objeto de publicación las subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros.

En cumplimiento de este mandato, y en el ejercicio de competencias de la Dirección Gerencia del SEXPE (Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, DOE extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre), se emite el siguiente

ACUERDO:

Primero. Dar publicidad a las ayudas concedidas a empresas privadas, durante el ejercicio 2023, para la contratación de personas participantes en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura que hayan obtenido evaluación positiva, al amparo de los capítulos I y III de la Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del programa de Escuelas Profesionales Duales de empleo de Extremadura (DOE núm. 231, de 30 de noviembre de 2020), modificada por la Orden de 13 de mayo de 2022 (DOE núm. 95, de 19 de mayo de 2022).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, desagregando en el anexo I las ayudas concedidas, con expresión de los datos relativos al beneficiario, expediente administrativo y la cantidad concedida.

La presente publicación se hace de conformidad con lo establecido por la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que establece que se identificará al beneficiario mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.

Mérida, 19 de diciembre de 2024.

La Secretaria General de Empleo,

DOE extraordinario n.º 3,de 16 de septiembre),

MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO

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