Extracto de la Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2025.

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TEXTO ORIGINAL

BDNS(Identif.):804207

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el presente DOE:

Primero. Objeto.

La convocatoria tiene por objeto la financiación de los gastos generados por el desarrollo, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de proyectos de normalización que incidan directamente en la promoción de la autonomía personal de personas con discapacidad, con el contenido y las condiciones señaladas en el artículo 30 de la Orden de 5 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras. (DOE n.º 109, de 8 de junio de 2023).

Segundo. Entidades Beneficiarias.

1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades privadas sin fin de lucro, que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en cuyos estatutos figure como objeto social principal la atención a personas con discapacidad.

2. En ningún caso podrán solicitar las subvenciones:

a) Entidades sin ánimo de lucro de pacientes y/o familiares de pacientes, afectados por una enfermedad crónica.

b) Entidades sin ánimo de lucro de afectados y/o familiares de afectados por conductas adictivas.

Tercero. Bases reguladoras:

La convocatoria se rige por lo establecido en los capítulos I y III de la Orden de 5 de junio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave. (DOE n.º 109, de 8 de junio de 2023).

Cuarto. Cuantía para la anualidad 2025:

1. La financiación de las subvenciones tendrá como límite la cantidad destinada a estos efectos en el Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, por un importe total de 1.285.590,00 euros, en la aplicación presupuestaria 110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20000745.

2. El crédito presupuestario anterior se distribuirá entre las distintas modalidades conforme a los siguientes porcentajes, resultando las cuantías que se detallan:

­Orientación e Inserción Laboral (42 %): 539.947,80 €.

­Integración Social (33 %): 424.244,70 €.

Información a la Población y de promoción de la imagen de las personas con discapacidad (25 %): 321.397,50 €.

3. Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender a los derechos económicos de la misma en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2025.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

De acuerdo con el artículo 7 de la Orden 5 de junio de 2023, (DOE n.º 109, de 8 de junio de 2023) el plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea de la Resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, tal como establece el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Sexto. Otros datos:

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el DOE junto con la convocatoria, así como en la página http://www.juntaex.es .

Mérida, 19 de diciembre de 2024.

Secretaria General,
María Pilar Nogales Perogil

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