Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se modifica la Resolución de 25 de septiembre de 2023 por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias.

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TEXTO ORIGINAL

El Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, atribuye a la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas en materia de protección a la familia.

Atendiendo a razones de eficacia, celeridad y coordinación en la gestión administrativa, mediante Resolución de 25 de septiembre de 2023, publicada en el Diario Oficial de Extremadura núm. 189, de 2 de octubre, se delegó la competencia y la firma en diversas materias.

Siendo necesario, atendiendo a criterios de eficacia y agilidad administrativa, modificar o delegar nuevas competencias, entre ellas la competencia para resolver la concesión de ayudas a la natalidad, resulta procedente modificar la citada Resolución de 25 de septiembre de 2023, de esta Secretaría General.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en uso de las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Modificar la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia por la que se delega la competencia y la firma en determinadas materias, en los siguientes términos:

Uno. El apartado a) del resuelvo segundo, queda redactado como sigue:

a) Propuestas de resolución de los diferentes procedimientos administrativos derivados de los programas de ayudas y subvenciones gestionados por esta Secretaría General, así como cualesquiera otras en cuyas bases reguladoras se me atribuya expresamente la competencia para formular la propuesta de resolución, excepto las ayudas a la natalidad .

Dos. Se añade un nuevo apartado en el resuelvo cuarto que queda redactado como sigue:

Cuarto. Delegar en las Jefaturas de Sección de Prestaciones Sociales ubicadas en Badajoz y Cáceres la firma de las propuestas de resolución administrativa de determinación de las entidades locales y cuantías de las transferencias, relativas al programa de colaboración económica municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.

Asimismo, en materia de subvenciones, se delega la firma de las propuestas de resolución y cualesquiera otros actos administrativos se deriven de las competencias atribuidas para la ordenación e instrucción de los procedimientos seguidos al amparo del Decreto 114/2024, de 10 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el año 2024 .

Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artículo 76.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 30 de septiembre de 2024.

La Secretaria General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia,

M.ª TERESA ANGULO ROMERO

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