Anuncio de 16 de junio de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de "Ampliación de una superficie de riego en 73,82 ha, totalizando 124,02 ha de olivar, mediante una nueva concesión de aguas para riego, en la finca "Casarente"", en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA22/0401.

TEXTO ORIGINAL

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de Ampliación de una superficie de riego en 73,82 ha, totalizando 124,02 ha de olivar, mediante una nueva concesión de aguas para riego, en la finca Casarente , en el término municipal de Mérida (Badajoz) podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:

http://extremambiente.juntaex.es/Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos/Evaluación Ambiental Ordinaria/

Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.

Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido dentro del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .

El proyecto consiste en la regularización de la ampliación de una superficie de riego de 73,82 ha, totalizando 124,02 ha dedicadas al cultivo de olivar desde hace más de 10 años, mediante la obtención de una nueva concesión de aguas para riego. La zona de actuación comprende las parcelas 1, 3, 4 y 14 del polígono 96 del término municipal de Mérida (Badajoz).

La superficie de riego se divide en dos zonas, la zona A que comprende 50,20 ha regadas mediante concesión de aguas superficiales (CONC. 32/00) con toma directa del Río Lácara y la zona B, cuya superficie es de 73,82 ha, en la que se busca la obtención de una concesión mixta de aguas para riego, que se tramita en el órgano de cuenca con número de expediente Conc. 67/21, con tres pozos de sondeo y una captación de aguas superficiales de la acequia del Canal de Montijo.

Las instalaciones de riego, tales como caseta de riego, reguladores de presión, ventosas, equipo de filtrado y fertirrigación, automatismos y balsa de regulación de 6.950,00 m3 de capacidad, se encuentran ejecutadas y en funcionamiento.

El volumen máximo de agua requerido para el riego de la zona A es de 150.615,00 m3/año, y para el riego de la zona de ampliación (zona B) es de 169.785,00 m3/año, lo cual supone un consumo total de agua de 320.400,00 m3/año para el riego de las 124,02 ha de olivar.

La promotora del proyecto es Agropecuaria Canchales, SL, con CIF B-06433403 y domicilio en calle Almendralejo, 47, 06800 Mérida (Badajoz).

El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.

Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.

Mérida, 16 de junio de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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