Resolución de 22 de mayo de 2024, del Consejero, por la que se integran en la Red de Municipios Taurinos de Extremadura los municipios que con carácter previo han sido reconocidos como "Municipios Taurinos de Extremadura".

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación que obra en el expediente, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023 (DOE número 87, de 9 de mayo), así como con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero. Previa solicitud formulada al efecto, y de conformidad con lo estipulado en el Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023 (DOE número 87, de 9 de mayo), los Municipios que a continuación se citan, a través de la correspondiente Resolución del Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, han sido reconocidos como Municipios Taurinos de Extremadura .

Segundo. Sobre esta base y de cara a su integración en la Red de Municipios Taurinos de Extremadura , se hace necesario dictar la presente resolución conjunta de todos los Municipios que, con carácter previo han sido reconocidos como Municipios Taurinos de Extremadura .

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. Por Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, se determina la composición y se establece una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la creación, extinción y modificación de varias Consejería. Entre ellas, se crea la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.

En virtud del Decreto 77/2023, de 21 de julio, se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Su artículo 31 recoge que La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural estará integrada, bajo la superior dirección de su titular, entre otros órganos directivos, por la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia .

Finalmente, por Decreto 239/2023, de 12 de septiembre, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, facilitando de este modo, el adecuado desempeño de las competencias que le han sido asignadas.

Segundo. Por Decreto 42/2023, de 3 de mayo, se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023 (DOE número 87, de 9 de mayo).

Su capítulo III se ocupa de regular la denominada Red de Municipios Taurinos de Extremadura (REMTEX) (artículos 14 y siguientes).

Conforme a esa normativa, se entiende por Municipio Taurino de Extremadura aquel municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuyo Ayuntamiento lleve a cabo actuaciones tendentes a promocionar de forma decidida la Tauromaquia en cualquiera de sus vertientes, con la finalidad de divulgar su conocimiento, mejorar su valoración social y fomentar la programación de espectáculos o festejos taurinos, con especial énfasis en el acercamiento de la Tauromaquia a la juventud .

Previa solicitud de cada uno de los municipios interesados, y de la instrucción del procedimiento establecido, la persona titular de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural ha dictado resolución de reconocimiento como Municipio Taurino de Extremadura a los siguientes municipios de nuestra Comunidad:

Alburquerque Herrera del Duque
Almendralejo Jaraíz de la Vera
Azuaga Jerez de los Caballeros
Casar de Palomero Moraleja
Casillas de Coria Segura de León
Coria Talayuela
Fregenal de la Sierra Táliga

Tercero. El artículo 16 del mismo Decreto 42/2023, de 3 de mayo, relativo a los Efectos del reconocimiento como Municipio Taurino de Extremadura y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura (REMTEX), estipula que con la resolución de reconocimiento se otorgará un sello o distintivo de Municipio Taurino de Extremadura que implicará que, tanto el ayuntamiento, como las asociaciones, entidades y empresas radicadas en el municipio, podrán utilizarlo en sus acciones de comunicación y publicidad.

Igualmente, el mismo precepto determina que previa resolución de la persona titular de la Consejería con competencias en materia de asuntos taurinos, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, todos los municipios que, con carácter previo hubieren sido reconocidos como Municipios Taurinos de Extremadura , se integrarán, mediante la citada resolución conjunta, en la Red de Municipios de Extremadura.

A la vista de cuanto antecede, el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVE:

Primero. Declarar la integración en la Red de Municipios Taurinos de Extremadura , de los siguientes municipios que con carácter previo han sido reconocidos como Municipios Taurinos de esta Comunidad:

Alburquerque Herrera del Duque
Almendralejo Jaraíz de la Vera
Azuaga Jerez de los Caballeros
Casar de Palomero Moraleja
Casillas de Coria Segura de León
Coria Talayuela
Fregenal de la Sierra Táliga

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Tercero. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, según lo previsto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Mérida, 22 de mayo de 2024.

El Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural,

IGNACIO HIGUERO DE JUAN

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