Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 2 modificativa del Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la empresa pública "Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales" (CEXMA) para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (PIREP) dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los Fondos del MRR, para la sede única de la citada empresa pública.

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TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 19 de abril de 2024, la Adenda n.º 2 modificativa del Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la empresa pública Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales (CEXMA) para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (PIREP) dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los Fondos del MRR, para la sede única de la citada empresa pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.

Mérida, 9 de mayo de 2024.

El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL

ADENDA n.º 2 MODIFICATIVA DEL CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA CORPORACIÓN EXTREMEÑA DE MEDIOS AUDIOVISUALES (CEXMA) PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE IMPULSO A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS PÚBLICOS (PIREP) DENTRO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA Y CON CARGO A LOS FONDOS DEL MRR, PARA LA SEDE ÚNICA DE LA CITADA EMPRESA PÚBLICA

Mérida, 19 de abril de 2024.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Martín Castizo, Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio), para el ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Y de otra parte, D. Dámaso Castellote Caballero, quien actúa en nombre y representación de la Empresa Pública Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales (CEXMA), en su condición de Director General, con facultades para suscribir el presente documento, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 134/2021, de 7 de diciembre, (DOE n.º 236, de 10 de diciembre).

Las partes manifiestan la plena vigencia de las facultades con las que actúan y se reconocen capacidad legal suficiente para celebrar el presente convenio, a cuyo efecto

MANIFIESTAN

Primero. Con fecha 2 de junio de 2022, las partes subscribieron el convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, cuyo objeto era formalizar la transferencia específica para los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026, consistente en la financiación de las actuaciones del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (PIREP) en el inmueble sito en la C/ Logroño n.º 7, Mérida, que constituye la nave de producción de contenidos de Canal Extremadura (CEXMA), en el marco del Convenio suscrito con el Ministerio de Transportes, Movilidad, Agenda Urbana con fecha 29 de diciembre de 2021, con cargo a los Fondos del MRR. En concreto, la intervención consiste en reagrupar los diferentes servicios de producción de los que actualmente dispone la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales (CEXMA) en un solo edificio.

Segundo. Que si bien, según la cláusula Sexta del convenio establecía un calendario de financiación de las actuaciones a llevar a cabo fijado en tres ejercicios presupuestarios (2022, 2023 y 2024), y según la adenda n.º 1 se acordó la modificación de la citada cláusula para fijar un nuevo calendario, la Comisión de Seguimiento, en su reunión de fecha 7 de marzo de 2024, acordó reajustar los importes de las anualidades a un nuevo reparto de las cantidades previstas inicialmente, adaptándolos a la situación actual.

Tercero. Que conforme a lo manifestado anteriormente, y debido a la ejecución actual del Convenio como a las previsiones de ejecución, se hace necesario proceder a un reajuste de los importes de las anualidades. Estas modificaciones se efectuarán respetando en todos sus términos los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el Convenio suscrito, así como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

Por todo ello, ambas partes, previa autorización para la suscripción de la presente Adenda n.º 2 modificativa del convenio, por Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 9 de abril, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, acuerdan suscribir la misma, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y finalidad.

El objeto de la presente Adenda es la segunda modificación del convenio de fecha 2 de junio de 2022, suscrito entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Corporación de Medios Audiovisuales de Extremadura para la financiación de las actuaciones del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (PIREP) en el inmueble sito en la C/ Logroño n.º 7, Mérida que constituye la nave de producción de contenidos de Canal Extremadura (CEXMA).

Segunda. Modificación.

1. Es objeto de modificación la Cláusula Sexta. Financiación, pues se produce un reajuste de los importes asignados a cada una de las anualidades, por lo que su redacción y cuadro de anualidades quedan de la siguiente forma:

La financiación de las actuaciones a llevar a cabo en virtud del presente Convenio, se articula a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global para las anualidades 2022, 2023, 2024 y 2025 de cinco millones novecientos treinta y dos mil cien euros (5.932.100 €), que será imputada al proyecto de gasto 20220310 denominado CEXMA: REHABILITACIÓN SEDE CEXMA (PIREP), aplicación presupuestaria 16003 G/262A/74200 MR01C02I05 para la anualidad 2022, aplicación presupuestaria 16003 G/262A/74000 MR01C02I05 para la anualidad 2023 y aplicación presupuestaria 16002 G/262A/74000 MR01C02I05 para las anualidades 2024 y 2025, con el siguiente desglose por anualidades:

Anualidad Importe Anualidad
2022 141.775,00
2023 0,00
2024 2.669.440,00
2025 3.120.885,00

2. Es objeto de modificación el Anexo II. Instrucciones de Justificación, cuyo cuadro de anualidades se sustituye por el siguiente:

Anualidad Importe Anualidad
2022 141.775,00
2023 0,00
2024 2.669.440,00
2025 3.120.885,00

Tercera. Efectos de la Adenda.

La presente Adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde la fecha de su firma por las partes.

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman la presente adenda n.º 2 modificativa del Convenio, en triplicado ejemplar, en la fecha indicada en la firma digital.

El Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,

MANUEL MARTÍN CASTIZO

El Director General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales,

Dámaso Castellote Caballero

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