Extracto de la Resolución de 29 de abril de 2024 por la que se convoca el XXIX Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

BDNS(Identif.):759270

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20,8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria del XXIX premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.

Primero. Objeto.

XXIX premio Joaquín Sama , edición 2024, para los trabajos o experiencias pedagógicas de innovación educativa del personal de los centros educativos de los niveles previos a la Universidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las asociaciones de madres y padres del alumnado debidamente inscritas

1. Se podrán presentar trabajos o experiencias que versen sobre los siguientes aspectos:

a) Educación en valores.

b) Educación en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres.

c) Educación para la no discriminación por razón de nacimiento, sexo, origen racial, étnico o geográfico, discapacidad, edad, enfermedad, religión o creencias, orientación sexual o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

d) Educación en el respeto hacia los seres vivos y los derechos de los animales y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.

e) Innovación e investigación pedagógica y profesional en las distintas áreas o ámbitos concernientes a la vida educativa, especialmente los relacionados con el desarrollo de la inteligencia emocional y el fomento de la iniciativa emprendedora en el alumnado.

f) Fomento y uso de las tecnologías de la información y comunicación.

g) Aulas del futuro.

h) Transformación digital del aula.

i) Atención a la diversidad.

j) Fomento y uso de lenguas extranjeras.

k) Fomento y desarrollo de las ciencias y las artes (STEAM).

2. Se establecen tres modalidades:

a) Modalidad A: Una Escuela Plural. Trabajos, materiales educativos, experiencias o procesos que supongan un esfuerzo de interés en el desarrollo de alguno de los siguientes temas: la educación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas por razón de nacimiento, origen racial o étnico, religión, convicción, edad, de discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, o cualquier otra condición o circunstancia; la formación para la paz; la inteligencia emocional; la cohesión social; la cooperación y solidaridad entre los pueblos; así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y los derechos de los animales y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.

b) Modalidad B: Escuela del Cambio. Trabajos, materiales educativos, experiencias o procesos que supongan un esfuerzo de interés en el desarrollo de algunos de los siguientes temas: atención a la diversidad, tratamiento de lenguas extranjeras de forma transversal (bilingüismo o multilingüismo), aulas del futuro, transformación digital del aula y promoción y uso de las tecnologías de la información y comunicación.

Estos materiales habrán de ser digitales y deberán integrarse y funcionar correctamente en la Red Tecnológica Educativa de Extremadura y, por tanto, se garantizará que los mismos funcionen sobre entorno gnuLinEx y en red.

c) Modalidad C: Una Escuela por el Desarrollo STEAM. La competencia STEM supone ser capaz de identificar, aplicar y/o reflexionar sobre las formas de hacer, pensar y hablar propias de la ciencia, la ingeniería y las matemáticas . Además, una escuela que fomenta el desarrollo de la competencia STEM, no puede olvidarse de las Artes entendidas como la suma de las Humanidades, el Arte y las Ciencias Sociales, para no deshumanizar el avance científico y tecnológico apartándolo de su contexto social, humano, histórico, cultural y ético. Asimismo, una escuela para el desarrollo STEAM debe tener presente el fomento de la actividad emprendedora y de las vocaciones científicas del alumnado, especialmente entre las alumnas a través de la utilización de las TIC y la realización de experiencias de taller, campo o laboratorio.

Segundo. Beneficiarios.

Podrá optar a estos premios el personal que se encuentre en activo durante la realización del trabajo o experiencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos en los niveles previos a la Universidad y las asociaciones de madres y padres del alumnado debidamente inscritas en el registro creado mediante el Decreto 111/2010, de 7 de mayo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Las personas participantes podrán concurrir de forma individual o como equipo de trabajo.

Tercero. Bases reguladoras.

Todo ello conforme a lo establecido en las bases reguladoras de este premio establecidas en la Orden de 31 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 12 de abril de 2023).

Cuarto. Cuantía.

El importe total para esta convocatoria es de 31.500 euros, que se imputará con cargo al órgano gestor 130020000, aplicación presupuestaria G/222G/48000, fondo CAG0000001, y proyecto de financiación 20000565, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024. De dicho importe se destinarán 10.500 euros para cada una de las tres modalidades.

La cuantía de los premios en cada una de las tres modalidades anteriores será la siguiente:

Primer premio: 6.000 euros.

Segundo premio: 3.000 euros.

Tercer premio: 1.500 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, y comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 29 de abril de 2024.

La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,

M.ª DEL PILAR PÉREZ GARCÍA

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