Anuncio de 24 de abril de 2024 sobre aprobación definitiva del Programa de Ejecución, Proyecto de Urbanización y Convenio Urbanístico para el desarrollo de la Unidad de Actuación Simplificada UA-16B, de las Normas Subsidiarias Municipales.
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de la Alcaldía n.º 82 de fecha 31/5/2023, se aprobó definitivamente, la Propuesta de Actuación Simplificada de la UA n.º 16B, quedando inscrita con fecha 5/2/24 y número de inscripción 0002/2024/EAS, en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, como actuación conjunta e integradora de transformación urbanística.
Mediante Resolución de la Alcaldía n.º 152 de fecha 28/09/23, se aprobó inicialmente, el Proyecto de Ejecución, el Proyecto de Urbanización y Convenio Urbanístico para el desarrollo de la Unidad de Actuación Simplificada UA-16B, de las Normas Subsidiarias Municipales de Jerte en vigor, presentado por D. Marino Álvarez Rey, en representación de la AIU UA 16 de Jerte, el cual se sometió a información pública mediante inserción de anuncio en el DOE n.º 193 de fecha 6/10/23, presentándose una alegación que fue debidamente informada y rechazada junto con la aprobación definitiva.
Mediante Resolución de la Alcaldía n.º 6 de fecha 24/1/24, se aprobó definitivamente, adjudicándose la ejecución del citado programa a la AIU 16 de Jerte para su gestión indirecta.
Por último, con fecha 15/4/24, se procedió a la formalización del correspondiente Convenio Urbanístico junto con la proposición jurídico-económica, mediante la firma de los citados documentos por las partes.
Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
El texto íntegro de los documentos definitivos citados puede consultarse en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento cuyo enlace es el siguiente: https://jerte.sedelectronica.es/
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el órgano que dicta esta resolución de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más conveniente a su derecho, incluido el extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jerte, 24 de abril de 2024. La Alcaldesa, M.ª FELISA CEPEDA BRAVO.
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