Orden de 10 de abril de 2024 por la que se modifica la Orden de 18 de mayo de 2023 por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos, a plazas vacantes de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 18 de mayo 2023 (DOE n.º 97, de 23 de mayo) se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Con posterioridad a la fecha indicada se han producido circunstancias sobrevenidas de entre las legalmente previstas, que imposibilitan la actuación de algunos/as de los/as miembros del Tribunal, siendo necesario por tanto su modificación para garantizar la adecuada composición y la eficacia de su actuación.

En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal,

DISPONE:

Modificar la Orden de 18 de mayo 2023 por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publica­ción en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, 10 de abril de 2024.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

M.ª ELENA MANZANO SILVA

ANEXO I

Mediante Orden de 18 de mayo de 2023 (DOE n.º 97, de 23 de mayo) se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en relación con el Anexo de la misma:

— En la página 31804.

Tribunal N.º 17.

Categorías/Especialidades: TGM ATS/DUE.

TGM Fisioterapeuta.

TGM Logopeda.

Auxiliar de Enfermería.

Vocal Titular y Presidente/a Suplente.

Donde dice: Isabel Méndez Sánchez .

Debe decir: Marta Sanz del Río .

Vocal Suplente.

Donde dice: Marta Sanz del Río .

Debe decir: Eva María García Lozano .

— En la página 31812.

Tribunal N.º 25.

Categorías/Especialidades: Mecánico Supervisor.

Mecánico Inspector.

Oficial Conservación Carreteras.

Oficial Primera y Segunda Conductor.

Oficial Primera Mecánica.

Peón Especializado Mecánica.

Peón Especializado Laboratorio de Carreteras.

Vigilante Explotación Carreteras.

Presidenta Titular.

Donde dice: Catalina Suárez Ortiz .

Debe decir: Elisa Joaquina Durán Retamar .

Presidenta Suplente.

Donde dice: Elisa Joaquina Durán Retamar .

Debe decir: María Dolores Ruiz Retamar .

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