Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Tributos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 97/2024, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo n.º 411/2023.

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TEXTO ORIGINAL

Ha recaído sentencia n.º 97 de 15 de febrero de 2024, por la que se resuelve el recurso contencioso-administrativo n.º 411 de 2023, promovido por el Letrado de la Junta, en nombre y representación de la Junta de Extremadura, siendo demandada la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, y como parte codemandada D.ª Mara Lourdes González Ambel, D.ª Elena González Ambel y D. Javier González Ambel, representado por el Procurador D. Pablo Gutierrez Fernández y asistidos del Letrado D. Miguel Ángel Villalba Doblas, recurso que versa contra la Resolución del TEARE de 30 de mayo de 2023 que estimando la reclamación económico-administrativa presentada anula los actos impugnados.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Dirección General de Tributos, de acuerdo con la Resolución de 10 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan en quienes ostenten la titularidad de algunos de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública el ejercicio de determinadas competencias (DOE n.º 156, de 14 de agosto),

RESUELVE:

Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 97/2024, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 411/2023, llevando a puro y debido efecto el fallo cuya parte dispositiva dice:

Que en atención a lo expuestos debemos de desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Extremadura contra la resolución del TEARE de 30 de mayo de 2023 a que se refieren los presentes autos y en su virtud la debemos de ratificar y ratificamos por ser conforme a Derecho y todo ello con expresa condena en cuanto a las costas para la Administración recurrente hasta el límite de 1.000 euros por todos los conceptos e IVA incluido por cada codemandado .

Mérida, 23 de febrero de 2024.

La Directora General de Tributos,

FÁTIMA PABLOS MATEOS

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