El Congreso aprueba la modificación del Convenio Económico de la Comunidad Foral de Navarra y lo remite al Senado

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El Pleno ha aprobado este jueves el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, que remite al Senado para continuar con su tramitación parlamentaria. La iniciativa ha sido aprobada en lectura única por 310 votos a favor, 33 en contra y 2 abstenciones, y tiene por objeto adaptar la norma a los cambios en el ordenamiento jurídico tributario.

En la exposición de motivos, se señala que "se incorporan al Convenio las últimas modificaciones sustanciales operadas en el ordenamiento jurídico tributario y se introducen una serie de adaptaciones que han sido objeto de acuerdo entre ambas Administraciones".

Así, la norma incorpora al convenio el Impuesto Complementario, y se determinan los puntos de conexión que permiten asignar a cada contribuyente la normativa foral o común aplicable, diferenciando entre dos tipos de grupos multinacionales o nacionales de gran magnitud.

Por otro lado, el Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras se configura como un tributo concertado de normativa autónoma y se fijan los puntos de conexión en lo que respecta a la normativa aplicable e inspección del impuesto, atendiendo a la normativa, foral o común, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que resulte de aplicación a cada contribuyente.

Por lo que se refiere al Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco, al tratarse de un impuesto especial de fabricación, "le resultan aplicables las reglas recogidas en los apartados uno y cinco del artículo 35 del Convenio".

Por otra parte, se prevé que, en determinadas figuras impositivas en las que está previsto que se apliquen en Navarra las mismas normas sustantivas y formales que las establecidas en cada momento por el Estado, cuando la Comunidad Foral haya establecido en relación con alguno de estos tributos nuevas formas de cumplimiento de las obligaciones formales de facturación o registro con apoyo en los avances tecnológicos o haya modificado las existentes, pueda establecer las normas de gestión y procedimiento y las obligaciones formales exigibles en dicho tributo, adaptadas a las nuevas formas de cumplimiento, garantizando la disponibilidad de los datos precisos para desarrollar los intercambios de información entre las administraciones común y foral.

Esta previsión se recoge concretamente para el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, el Impuestos sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas, el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, el Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados, el Impuesto sobre el Valor Añadido, los Impuestos Especiales, el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, el Impuesto sobre actividades de juego, el Impuesto sobre las Primas de Seguro, el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

Enmienda a la totalidad de devolución

Durante el debate del proyecto de ley en lectura única, el Grupo VOX defendió su enmienda a la totalidad de devolución, que fue rechazada por 32 votos a favor y 313 en contra. En el texto, el grupo defiende "un Estado al servicio de la unidad de España, en el que no haya diferencias entre regiones ni entre españoles en función del lugar en el que residan o trabajen", en el que "no existan 18 ordenamientos jurídicos distintos".

"Es evidente -continúa la enmienda- que la pervivencia de un «peculiar régimen fiscal (de acuerdo con la exposición de motivos de la Ley 28/1990)», no hace sino ahondar en la desigualdad, profundizar en las desigualdades entre las personas, físicas y jurídicas". Por ello, defienden que "es necesario suprimir privilegios legales como el constituido por el Convenio Económico, lo que en el presente caso comporta oponerse a la tramitación de este Proyecto de Ley, que postula su actualización".

Tramitación parlamentaria

El proyecto de ley fue presentado por el Gobierno en junio de 2025. Por la naturaleza paccionada -entre el Gobierno central y el foral- de las iniciativas por las que se aprueba y modifica el convenio económico, cualquier enmienda presentada al texto se considera una enmienda a la totalidad de devolución. Por este mismo motivo, también su tramitación suele celebrarse en lectura única. Una vez que el proyecto de ley ha sido aprobado por el Congreso se remite ahora al Senado, donde continuará su tramitación parlamentaria.

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