Resolución ISP/2511/2025, de 7 de julio, de cese de una persona funcionaria de la categoría de inspector/a del Cuerpo de Mossos d'Esquadra
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Por la Resolución IRP/203/2010, de 29 de enero, publicada en el DOGC núm. 5561, de 5.2.2010, se resuelve la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo de la categoría de inspector/a del Cuerpo de Mossos d'Esquadra (convocatoria 550/09).
De acuerdo con la Resolución mencionada, la persona funcionaria del Cuerpo de Mossos d'Esquadra con tarjeta de identidad profesional (TIP) núm. 2727 se destina al puesto de trabajo de subjefe/a ABP, en Barcelona, de la categoría de inspector/a.
Vista la propuesta de cese formulada por el director general de la Policía en fecha 26 de junio de 2025;
Considerando lo previsto en el artículo 18 del Decreto 401/2006, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del Cuerpo de Mossos d'Esquadra;
Visto el artículo 1.4 del Decreto 133/2024, de 11 de agosto, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, por el que el Departamento de Interior pasa a denominarse Departamento de Interior y Seguridad Pública, y en uso de las facultades que me han sido delegadas por la Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de funciones del consejero de Interior en el secretario general del Departamento de Interior,
Resuelvo:
La persona funcionaria de la categoría de inspector/a del Cuerpo de Mossos d'Esquadra con tarjeta de identidad profesional (TIP) núm. 2727 cesa en el puesto de trabajo de subjefe/a ABP, en Barcelona, con efectos del día 21 de julio de 2025.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para defender sus intereses.
Barcelona, 7 de julio de 2025
P. d. (Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, DOGC de 24.1.2011)