Resolución ECF/2629/2025, de 4 de julio, de cese de la señora Mercè Perelló Jané como subdirector/a general de Administración y Servicios Generales del Instituto de Estadística de Cataluña, organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Economía y Finanzas
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Vista la Resolución ECO/1769/2012, de 4 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de siete puestos de mando y un puesto singular del Departamento de Economía y Conocimiento (convocatoria de provisió núm. EC/011/12) (DOGC núm. 6211, de 12.9.2012), y vistos los posteriores decretos de modificación de la estructura del Departamento;
Visto lo que dispone el artículo 99 del Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, aprobado por el Decreto 123/1997, de 13 de mayo;
Visto lo que dispone el artículo 1.3 de la Resolución 1235/2019, de 7 de mayo, de delegación de competencias en diversos órganos del Departamento de Economía y Finanzas,
Resuelvo:
La señora Mercè Perelló Jané cesa como subdirector/a general de Administración y Servicios Generales del Instituto de Estadística de Cataluña, organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Economía y Finanzas, y se le agradecen los servicios prestados.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus pretensiones.
Barcelona, 4 de julio de 2025
P. d. (Resolución VEH/1235/2019, de 7 de mayo, DOGC núm. 7873, de 13.5.2019)