Resolución EMT/2598/2025, de 3 de julio, por la que se modifica la Resolución EMT/1351/2025, de 9 de abril, por la que se abre la convocatoria para el año 2025 de la línea de subvenciones a centros tecnológicos (ref. BDNS 826360)
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Vista la Resolución EMT/1567/2024, de 3 de mayo (DOGC núm. 9159 de 9.5.2024) que aprueba las bases reguladoras de la línea de subvenciones a centros tecnológicos.
Vista la Resolución EMT/1206/2025, de 2 de abril (DOGC núm. Resolución de 7.4.2025), por la que se modifica la Resolución EMT/1567/2024, de 3 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de subvenciones a centros tecnológicos (DOGC núm. 9159, de 9.5.2024).
Vista la Comunicación de la Comisión Europea sobre el Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2022/C414/01) publicada en el DOUE de 28.10.2022.
Vista la Resolución EMT/1351/2025, de 9 de abril (DOGC núm. 9393 de 15.4.2025), por la que se abre la convocatoria para el año 2025 de la línea de subvenciones a centros tecnológicos (ref. BDNS 826360).
El artículo 4.1 de la Resolución de convocatoria establece la cantidad destinada a esta línea de ayudas y su distribución por anualidades.
Visto que en el artículo 4.2 de la Resolución de convocatoria se establece que estos importes se podrán ampliar mediante una resolución del/de la consejero/a delegado/a de ACCIÓ.
Visto que ACCIÓ dispone del presupuesto adicional necesario para llevar a cabo una ampliación del importe destinado al otorgamiento de estas ayudas.
Visto que el consejo de administración ha autorizado esta modificación en fecha 30 de abril de 2025.
Visto el informe previo de la asesoría jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,
Por todo ello,
Resuelvo:
Artículo 1
Objeto
Se modifica el artículo 4.1 de la Resolución EMT/1351/2025, de 9 de abril (DOGC núm. 9393 de 15.4.2025), por la que se abre la convocatoria para el año 2025 de la línea de subvenciones a centros tecnológicos (ref. BDNS 826360), que queda redactado de la siguiente manera:
"4.1 La cantidad máxima destinada a la línea de ayudas es de 25.525.000,00 euros, aplicados a la partida presupuestaria D/7025/4820001/574, que se distribuyen entre las siguientes anualidades: un importe máximo de 20.420.000,00 euros con cargo al presupuesto correspondiente al año 2025 y un importe máximo de 5.105.000,00 euros con cargo al presupuesto correspondiente al año 2026.
El presupuesto total se distribuye de la siguiente manera a efectos del cálculo de la ayuda que se establece en el anexo 2 de las bases reguladoras:
- 18.000.000,00 euros por la parte de la ayuda a otorgar en base al modelo de centro que se establece en el punto 2 del anexo 2 de las bases reguladoras.
- 7.525.000,00 euros por la parte de la ayuda a otorgar en base a los proyectos RD que se establece en el punto 3 del anexo 2 de las bases reguladoras.
La concesión de los mismos quedará condicionado a las disponibilidades presupuestarias.
Estos importes pueden redistribuirse de una categoría a otra, en el caso de existencia de sobrante.
Disposición final
Entrada en vigor
Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 3 de julio de 2025
Por autorización del consejero delegado (Resolución 6/2024, de 11 de noviembre de 2024)