Resolución de 30 de junio de 2025, por la que se aprueba la oferta pública ordinaria para el año 2025 del Centro de Terminología TERMCAT
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Visto lo que disponen el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, en cuanto a la oferta de empleo público y su aprobación anual y la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la estabilización del empleo temporal en las Administraciones y entidades del sector público, con el objetivo de reducir la temporalidad estructural del empleo público por debajo del 8%;
dado que el Consejo de Dirección del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT ha aprobado en su reunión de 30 de junio de 2025 la oferta pública ordinaria del TERMCAT para el año 2025;
en uso de las competencias que me han sido otorgadas de acuerdo con lo que dispone el artículo 10 e) de los Estatutos vigentes del Centro de Terminología TERMCAT, aprobados por el Decreto 108/2006, de 25 de abril, en virtud del nombramiento del Consejo de Dirección de 5 de junio de 2013, y modificados de agosto (DOGC núm. 6929, de 6 de agosto de 2015);
Resuelvo:
Primero.- Anunciar la oferta pública ordinaria del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT, de acuerdo con la tasa de reposición de efectivos, integrada por las plazas que constan en el anexo de esta resolución.
Segundo.- Publicar la oferta pública ordinaria, de acuerdo con la tasa de reposición de efectivos, en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y en la página web del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT (www.termcat.cat).
Contra esta Resolución, de acuerdo con lo que establece la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC.
Igualmente, las personas interesadas podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 30 de junio de 2025
Jordi Bover i Salvadó
Director
ANEXO
NÚMERO VACANTES | DENOMINACIÓN PLAZA | GRUPO | MODALIDAD |
1 | Jefe de proyectos | A1 | Concurso oposición |