Resolución IEMED/09/2025, de 13 de mayo, por la que se aprueban las bases y se convoca el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la provisión de seis puestos de trabajo en régimen de personal laboral fijo correspondientes a la ejecución parcial de la oferta pública de empleo del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024 (exp. RH/2025/01)
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Considerando lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta Pública de Empleo.
De acuerdo con el artículo 32.1 de la Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2025 por Decreto 478/2024, de 17 de diciembre.
Mediante el ACUERDO IEMED/002/2024, de 17 de junio, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 9199 de 8 de julio de 2024, se aprobó la Oferta Pública de Empleo de ocho puestos de trabajo de personal laboral al servicio del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024, mediante el sistema selectivo de concurso oposición.
Considerando lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Mediante el acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de abril de 2002, se delegó en la Comisión Delegada la competencia para aprobar las plantillas y el organigrama de la entidad, así como para establecer la política retributiva y fijar las retribuciones de su personal.
Por lo anteriormente expuesto, en uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente,
RESUELVO:
PRIMERO. - APROBAR LAS BASES reguladoras generales y específicas que regirán la convocatoria, mediante el sistema de concurso-oposición, para la provisión en régimen de personal laboral fijo, de seis puestos de trabajo correspondientes a la ejecución parcial de la Oferta de Empleo Público del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024, de acuerdo con las bases contenidas en el Anexo 1 y 2 de esta Resolución.
SEGUNDO. - CONVOCAR EL PROCESO SELECTIVO de provisión de los seis puestos de trabajo en régimen de personal laboral fijo contenidos en el anexo 2, mediante el sistema de concurso-oposición, correspondientes a la ejecución parcial de la Oferta de Empleo Público del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024 (exp. RH/2025/01)
TERCERO.- PUBLICAR la convocatoria y las bases reguladoras generales y especificas correspondientes, que regirán la convocatoria de provisión de los seis puestos de trabajo en régimen de personal laboral fijo, correspondientes a la ejecución parcial de la Oferta de Empleo Público del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024 en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la web del IEMed (https://iemed.org), que figuran en el anexo 1 y 2.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno del IEMed en el plazo de un mes desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), de acuerdo con lo previsto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien pueden interponer directamente demanda ante los Juzgados de lo Social en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación/comunicación, de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social -SRJS- sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere conveniente para la ejecución de la misma. defensa de sus intereses.
Barcelona, 13 de mayo de 2025
Senén Florensa i Palau
Presidente ejecutivo
Anexo 1
Bases generales
1 Objeto
Las presentes bases comunes tienen por objeto regular los procesos de selección que regirán las convocatorias de provisión en régimen de personal laboral fijo, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, en relación con seis puestos de trabajo en régimen de personal laboral, correspondientes a la ejecución parcial de la Oferta de Empleo Público de ocho puestos de trabajo de personal laboral al servicio del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024.
Toda la información referente a la referida convocatoria se irá publicando en la web del IEMed.
2 Requisitos de participación
Para ser admitidas en el proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplir los requisitos que se indican a continuación. Estos requisitos deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y deben mantenerse hasta la fecha de la formalización de los contratos de trabajo.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos que se indican a continuación comporta la exclusión de la persona aspirante del proceso de selección en el que haya solicitado la participación y quedarán sin efecto los derechos asociados a su participación.
2.1. Nacionalidad
Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea.
También pueden participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esta edad dependientes.
Igualmente, pueden participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
Además de los extranjeros a que se refieren los párrafos anteriores, también pueden participar los extranjeros con residencia legal en España.
2.2. Edad
Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
2.3. Titulación
Estar en posesión, o en condiciones de obtener, alguno de los títulos académicos oficiales que, se indican por la plaza de naturaleza estructural convocada. A tal efecto el acceso a las categorías profesionales laborales requiere, de acuerdo con su grupo de clasificación, el siguiente nivel de titulación:
- Categorías profesionales del grupo A: título universitario de grado superior o equivalente.
- Categorías profesionales del grupo B: título universitario de grado medio o equivalente.
- Categorías profesionales del grupo C: título de bachillerato, título de técnico/a superior correspondiente a ciclos formativos de grado superior, título de técnico/a especialista correspondiente a Formación Profesional de 2º grado, o equivalente.
- Categorías profesionales del grupo D: título de Graduado/a en educación secundaria, graduado/a escolar, técnico/a correspondiente a ciclos formativos de grado medio, Técnico/a especialista correspondiente a Formación Profesional de 1r grado, o equivalente.
Si se trata de un título obtenido en el extranjero, deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.4. Capacidad funcional
Poseer la capacidad funcional para cumplir las funciones de la categoría profesional laboral respecto de la cual se solicita la participación.
2.5. No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilitado judicialmente
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, del cual haya sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no debe estar inhabilitado o en situación equivalente ni debe haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder al empleo público.
2.6. Conocimientos de lengua catalana
Poseer los conocimientos de lengua catalana del nivel de suficiencia (C1) o superior, de conformidad con lo que establece el Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de lengua general de catalán.
Las personas candidatas que no acrediten documentalmente los conocimientos de lengua catalana del nivel de suficiencia (C1) deben superar una prueba específica de conocimientos de lengua catalana, con carácter obligatorio y eliminatorio, la cual se calificará de apto/a o no apto/a, según lo establecido en la base general 7.4.
Están exentas de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que acrediten estar en posesión del certificado de nivel de suficiencia (C1) o superior de la Secretaría de Política Lingüística.
También eximen de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua catalana los títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística.
Igualmente quedan exentas de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido plaza en un proceso de selección para acceder a la Administración de la Generalitat de Catalunya, en el que hubiera establecida una prueba o ejercicio del mismo nivel o superior.
2.7. Conocimientos de lengua castellana
Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española ni de un país que tenga como lengua oficial el castellano, deben acreditar los conocimientos de lengua castellana del nivel C1.
En caso de que no se pueda acreditar el nivel, se prevé la realización de una prueba de lengua castellana de carácter obligatorio y eliminatorio, la cual se calificará de apto/a o no apto/a, según lo establecido en la base general 7.4.
A efectos de la exención de esta prueba, las personas que no tengan la nacionalidad española aspirantes deben acreditar documentalmente estar en posesión de los niveles de conocimientos de lengua castellana de nivel (C1) por medio de una de las siguientes opciones:
- Certificado conforme han cursado la primaria, la secundaria y el bachillerato en el Estado español.
- Estar en posesión del diploma de español como lengua extranjera (DELE) de nivel C1 o superior que establece el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero.
- Estar en posesión del certificado de español de nivel C1 emitido por el Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española (SIELE) que se regula por la disposición adicional introducida por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 264/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera, se reconocen los diplomas, certificados o títulos acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera integrados en el Sistema Internacional de Certificación de Español como Lengua Extranjera (SICELE),que equivaldrán a los DELE, excepto en el proceso de obtención de la nacionalidad española.
También eximen de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua castellana el certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.
Igualmente quedan exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que hayan cursado en lengua castellana los estudios conducentes a la obtención de la titulación exigida como requisito de acceso.
2.8. Tasa de participación
Las personas participantes deben realizar el pago de la tasa de participación correspondiente, de acuerdo con lo previsto en la base 4, salvo en los supuestos de exención.
Los requisitos indicados anteriormente deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y se continuarán cumpliendo hasta la fecha de inicio de la relación como personal laboral fijo.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos indicados anteriormente comporta la exclusión de la persona aspirante respecto del proceso de selección en el que haya solicitado la participación y quedarán sin efectos los derechos asociados a su participación.
3 Presentación de solicitud de participación
Las solicitudes de participación deberán dirigirse al Instituto Europeo del Mediterráneo y presentar en el plazo común y único de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del puesto de trabajo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
La presentación de estas solicitudes se efectuará telemáticamente a través de la web Trámites Gencat ( http://web.gencat.cat/ca/tramits/ ), mediante formulario normalizado que se pondrá a disposición a partir de las 9 horas del día siguiente de la publicación de la convocatoria y siguiendo las instrucciones que proporcione la aplicación habilitada al efecto, de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, y el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.
Este formulario y canal de presentación son de uso obligatorio para la admisión a la participación en la convocatoria, y no se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que se efectúen con otro formulario o formato y/o que se envíen por otro canal, de acuerdo con lo previsto en los artículos 16.8 y 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 85.1 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto.
3.1. Al presentar la solicitud de participación, las personas aspirantes:
a) Declaran responsablemente:
- Que cumplen los requisitos de participación del proceso de selección respecto del cual solicitan la participación, sin perjuicio de su posterior comprobación o acreditación.
- La veracidad y exactitud de los datos que indican en el formulario de la solicitud de participación, sin perjuicio de la facultad del IEMed de revisión y comprobación para su constatación.
b) Dan el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección, de acuerdo con la normativa vigente, así como para que el órgano convocante y el Órgano Técnico de Selección hagan las comprobaciones y las acreditaciones de oficio, sin perjuicio de la posibilidad o, si procede, de la necesidad de presentación de documentación.
Los datos personales de las personas aspirantes se incorporarán al tratamiento "Procesos de selección y provisión", según las especificaciones siguientes:
Información básica de protección de datos personales
Procesos de selección y provisión
Identificación del tratamiento: Gestión de Recursos Humanos
Responsable del tratamiento: Instituto Europeo del Mediterráneo (IEMed)
Finalidad: gestionar los procesos de selección y provisión de personal laboral del IEMed. Los datos personales curriculares facilitados en el marco de esta convocatoria serán objeto de tratamiento por parte del Instituto Europeo del Mediterráneo (IEMed) con la finalidad de gestionar la presentación de su solicitud para cubrir la plaza especificada en la convocatoria.
Legitimación: La legitimación para el tratamiento de los datos es el consentimiento de la persona interesada. Al participar en el proceso de selección y enviar su candidatura, el candidato está dando su legítimo consentimiento para que sus datos sean tratados conforme a las finalidades descritas en la política de privacidad.
Destinatarios: Sus datos no se cederán a terceros ni a otras organizaciones o entidades excepto por obligación legal
Duración: Los datos se conservarán mientras la convocatoria esté abierta y una vez finalizada se conservarán de acuerdo con los plazos establecidos en la normativa aplicable.
Derechos de las personas interesadas: Solicitar el acceso, rectificación o supresión de los datos, y la limitación o la oposición al tratamiento. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, o ejercer el derecho a la portabilidad de sus datos, dirigiendo un escrito, acompañado de copia de documento oficial identificativo, al delegado de protección de datos del IEMed:
Dirección electrónica: privacy@iemed.org
Dirección postal: C/ Girona, 20 08010 Barcelona
Teléfono: 93 244 98 50 (de lunes a viernes, de 10 a 14 horas).
En caso de disconformidad con el tratamiento, también tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad Catalana de Protección de Datos, en el enlace https://apdcat.gencat.cat/ca/inici
Información adicional: Podéis encontrar la información relativa a los derechos de las personas interesadas y cómo ejercerlos accediendo al enlace https://www.iemed.org/iemed/avis-legal/avis-legal
Los datos correspondientes al domicilio, teléfono y dirección electrónica que figuren en la solicitud, se considerarán como los únicos válidos a efectos de notificaciones y será responsabilidad exclusiva de las personas aspirantes los errores en su consignación y la comunicación al Consorcio.
A efectos de admisión de las personas aspirantes se tendrán en cuenta los datos que éstas hagan constar en la solicitud, sin perjuicio de que en cualquier momento la autoridad convocante puedan requerirles la acreditación de los requisitos necesarios cuando crean que hay inexactitudes o falsedades en las que hayan podido incurrir las personas aspirantes.
Junto con la solicitud de participación deberán presentar currículum profesional y documentación acreditativa tanto de los requisitos de acceso como de los méritos alegados, sin perjuicio de que se les pueda solicitar las aclaraciones o las justificaciones necesarias para su verificación.
3.2. En todo caso, con respecto a la acreditación documental, las personas aspirantes tendrán que presentar obligatoriamente:
a) Solicitud de participación de acuerdo con el modelo de formulario normalizado presentado telemáticamente a través de la web Trámites Gencat ( http://web.gencat.cat/ca/tramits/ ).
b) Currículo profesional
c) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte español o la documentación acreditativa de la nacionalidad correspondiente.
d) Fotocopia de la titulación académica necesaria para participar en el proceso.
e) Informe de vida laboral de la Seguridad Social.
f) Certificado de servicios prestado a la empresa pública o privada emitido por el órgano competente en materia de personal de la entidad o administración contratante y con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social además de contratos, nombramientos y nóminas. Se indicará el tiempo trabajado en días efectivos de trabajo y el grupo o categoría laboral.
g) Contrato de trabajo donde conste la categoría laboral o el nombramiento efectuado, nóminas, etc.
h) Fotocopia del certificado de suficiencia de lengua catalana equivalente o superior al nivel requerido para participar en el proceso, o certificación o documentación que acredite que la persona aspirante ha participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección o provisión (concurso o libre designación) de personal para acceder a la Administración, en que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior.
Las personas aspirantes admitidas en el proceso selectivo que no tengan nacionalidad española deben acreditar el conocimiento de la lengua castellana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado al ejercicio de las funciones propias de la categoría atendiendo a lo establecido en la base 2.7.
i) Certificación acreditativa de la experiencia profesional adquirida, emitida por los órganos correspondiente de la entidad contratante, o contrato de trabajo, que acredite la experiencia profesional desarrollando funciones similares a las del puesto de trabajo convocado, indicando categoría/nivel, funciones y periodo de tiempo (días efectivos).
j) Diploma acreditativo de la formación complementaria realizada o certificado equivalente y /o certificados de idiomas que acredite el nivel de capacitación lingüística, en su caso, u otra documentación acreditativa de los méritos específicos alegados.
k) En el caso de las personas aspirantes con certificado de discapacidad podrán señalar en la solicitud la adaptación o la adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las pruebas y de los ejercicios previstos en la convocatoria. En la aceptación de dichas adaptaciones o adecuaciones hay que tener presente lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 66/1999, de 9 de marzo del Gobierno de la Generalitat de Catalunya, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración.
l) Justificante bancario acreditativo del pago de la tasa.
Los y las candidatas son responsables de comprobar y verificar la exactitud de su solicitud y los datos que constan.
3.3 Identificación de la persona solicitante.
Se admiten los siguientes sistemas de identificación y firma, enumerados en el anexo de la ORDEN VPD/93/2022, de 28 de abril, por la que se aprueba el Catálogo de sistemas de identificación y firma electrónica:
Los certificados electrónicos calificados que hayan sido emitidos por prestadoras de servicios de certificación (PSC) incluidas en la TSL publicada por el órgano competente de cualquier país de la Unión Europea de acuerdo con lo establecido en el ReIDAS.
Otros sistemas de firma electrónica no criptográficos basados en los mecanismos de identificación electrónica, que se emiten de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2, apartado c), del LPACAP.
4. Derechos de examen.
4.1. Tasa de participación.
De acuerdo con el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Catalunya, el resto de normativa presupuestaria vigente y la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de la Presidencia, los organismos y las entidades que dependen de ellos, los importes de la tasa que deben satisfacer las personas que participen en estos procesos de selección, por cada una de las solicitudes que presenten, son los que, en cada caso, se indican a continuación, en función de los grupos de clasificación de las categorías profesionales laborales que se establecen en el artículo 19 del VI Convenio colectivo único.
Bonificaciones:
Se establece una bonificación del 30 % sobre la tasa regulada por este capítulo para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general, y una bonificación del 50 % para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, así como para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista y para los hijos que dependan de ellos.
Categorías profesionales del grupo A:
- Tasa general: 72,05 euros.
- Con la bonificación del 30 %: 50,45 euros.
- Con la bonificación del 50 %: 36,05 euros.
Categorías profesionales del grupo B:
- Tasa general: 56,70 euros.
- Con la bonificación del 30 %: 39,70 euros.
- Con la bonificación del 50 %: 28,35 euros.
Categorías profesionales del grupo C:
- Tasa general: 41,35 euros.
- Con la bonificación del 30 %: 28,95 euros.
- Con la bonificación del 50 %: 20,70 euros.
Amortización
En todo caso, están exentas de esta tasa, con la justificación documental de su situación, las personas en situación de desempleo que no perciben ninguna prestación económica, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
4.2. Pago de la tasa.
El pago de la tasa, que debe efectuarse en relación con cada una de las solicitudes de participación, debe realizarse mediante una transferencia bancaria al número de cuenta corriente ES21 2100 3000 1822 0173 9520, de titularidad del Consocio Instituto Europeo del Mediterráneo (IEMed), haciendo constar el nombre y apellidos del aspirante y el código de referencia de la plaza a la que se presenta. Las personas aspirantes deben incluir el resguardo de pago en la presentación de la solicitud. El pago a la entidad bancaria no sustituye en ningún caso el trámite de presentación, en el plazo y en la forma adecuada, de la solicitud ante IEMed.
La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación a efectos de exención determinarán la exclusión de la persona solicitante en las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, y quedarán sin efectos los derechos asociados a su participación.
El pago a la entidad colaboradora no sustituye en ningún caso el trámite de presentación de la solicitud en el plazo establecido y en la forma adecuada. No es procedente la devolución de la tasa en caso de ser excluido del proceso de selección.
5. Órgano de Selección
5.1 Composición
La composición del Órgano Técnico de Selección es única para todos los procesos de selección que regirán las convocatorias de provisión en régimen de personal laboral fijo, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, correspondientes a la ejecución parcial de la Oferta de Empleo Público de ocho puestos de trabajo de personal laboral al servicio del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024.
El Órgano Técnico de Selección está formado por un/a presidente/a, uno/a vocales y un/a secretario/a designados por el Consorcio, y estará compuesta por las siguientes personas:
Presidente/a: Sr. Roger Albinyana i Saigí como titular y el Sr. Jordi Padilla Rovira como suplente.
Vocal: Sra. Gemma Aubarell Solduga como titular y el Sr. Xavier Aragall Flaqué como suplente. Secretario/a: Sra. Anna Roy Solduga como titular y la Sra. Mariona Rico Santacreu como suplente.
5.2. El tribunal calificador puede acordar, si lo cree conveniente, la incorporación de asesores/as especialistas, con voz, pero sin voto, para que colaboren, con su especialización técnica, en la realización y el desarrollo de una o de varias pruebas.
5.3 De acuerdo con lo que determinan el artículo 13 y siguientes de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se establece, en relación con el funcionamiento de este Órgano Técnico de Selección, que:
a) En los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada de la persona que ocupe la presidencia del Órgano Técnico de Selección, ésta será sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal de más antigüedad y, si dos o más tienen la misma antigüedad, por el de más edad. Y en cuanto a la persona que ocupe la secretaría del Órgano Técnico de Selección, ésta será sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal más joven.
b) En los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada de alguno de los miembros vocales titulares del Órgano Técnico de Selección, éste puede ser sustituido por cualquiera de los vocales suplentes, en función de su disponibilidad.
5.4 Los miembros del Órgano Técnico de Selección están sujetos al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
5.5 Los miembros del Órgano Técnico de Selección deberán observar la oportuna confidencialidad y el secreto profesional en todo lo referente a las cuestiones tratadas en las sesiones que se celebren.
El Órgano Técnico de Selección actuará con autonomía y deberá ajustarse a los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, ajustándose su actuación al contenido de las bases.
No obstante, el Órgano Técnico de Selección resolverá las dudas que surjan sobre la aplicación de sus normas, así como lo que resulte en los supuestos no expresamente regulados en las bases. Corresponderá, por tanto, al Órgano Técnico de Selección la aplicación e interpretación de las bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran originarse en la valoración de los candidatos, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.
5.6 El Órgano Técnico de Selección decidirá sobre las peticiones de adaptaciones de la prueba acreditativa del requisito de participación de conocimientos de lengua catalana y/o de lengua castellana. Con esta finalidad, podrá efectuar los trámites oportunos para obtener la información que considere necesaria en relación con las adaptaciones solicitadas.
5.7 El órgano convocante, por sí mismo o a propuesta de la presidencia del Órgano Técnico de Selección, puede requerir, a los efectos oportunos, la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea que las personas aspirantes han podido incurrir en inexactitudes o falsedades. Si el Órgano Técnico de Selección tuviera en el momento conocimiento que algún candidato no cumple con alguno de los requisitos fijados, o del examen de la documentación acompañada resultara que la solicitud está afectada por errores o falsedades que imposibilitaran el acceso al puesto de trabajo objeto de la convocatoria, el Órgano Técnico de Selección previa audiencia del interesado, propondrá al órgano competente su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.
Asimismo, en cualquier momento el Órgano Técnico de Selección pueden requerir a las personas participantes la acreditación de su identidad personal mediante la presentación de cualquier documento oficial identificativo.
5.8 El Órgano Técnico de Selección puede elevar al órgano convocando las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases, así como lo que haya que hacer en los casos no previstos.
El Órgano Técnico de Selección podrá enmendar, en cualquier momento, de oficio o instancia de las personas interesadas, los errores de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
5.9 El/la secretario/a del Órgano Técnico de Selección levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas y firmadas al inicio de cada una de ellas por el/la presidente/a y por el/la secretario/a.
El acta final donde figure la propuesta de aprobados deberá ser firmada por todos los componentes del Órgano Técnico de Selección.
5.10 Los miembros del Órgano Técnico de Selección tienen derecho a percibir las asistencias previstas en el Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón de los servicios, a excepción del personal con vínculo fijo al Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo, dado que su actuación deriva de su actividad normal en la entidad.
6 Admisión de las personas aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, a propuesta del Órgano Técnico de Selección, el Presidente ejecutivo publicará en el tablón de anuncios del IEMed, en el e-TAULER (Tablón electrónico de edictos y anuncios de la Administración de la Generalitat de Catalunya) y en la web del Instituto http://www.iemed.org, la lista provisional de personas admitidas y excluidas de los puestos convocados en virtud de la presente Resolución, con indicación de la información relativa a la acreditación de los requisitos de participación en conocimientos de lengua catalana y, si procede, de lengua castellana.
Las personas participantes disponen de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución mencionada en el e-TAULER, para presentar las alegaciones dirigidas a enmendar los defectos que les son imputables, acreditar la documentación requerida por la convocatoria o enmendar los defectos de su solicitud inicial. Las personas participantes podrán aportar documentación vinculada al trámite desde su Área Privada de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.
Las personas excluidas que no enmienden dentro de este plazo el defecto que se les impute o que no aporten la documentación preceptiva que haya motivado su exclusión, se considerará que desisten de su solicitud de admisión, que se archivará sin ningún otro trámite.
En cualquier caso, las personas participantes tienen que comprobar fehacientemente no sólo que no constan como excluidas, sino que constan como admitidas.
En caso de que una persona no aparezca en las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, cuando formule la reclamación correspondiente, debe adjuntar una copia o acuse de recibo de la solicitud de admisión registrada, mediante su Área Privada de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.
Una vez transcurridos diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas, el Presidente del IEMed aprobará, mediante una resolución que se publicará en el DOGC, las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en la convocatoria con los motivos de exclusión, y ,con indicación de la información relativa a la acreditación de los requisitos de participación en conocimientos de lengua catalana y, en su caso, de lengua castellana, a propuesta del Órgano Técnico de Selección. Con la publicación de las listas definitivas se entenderán estimadas o desestimadas las alegaciones presentadas en las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
El órgano técnico de selección, por acuerdo, procederá a convocar, mediante la publicación de la correspondiente convocatoria en el e-TAULER y en el sitio web del IEMed, a las personas aspirantes admitidas que no hayan acreditado el requisito de conocimiento de la lengua catalana y/o castellana a la prueba de conocimientos establecida en relación con el proceso de selección, con la única finalidad de dar cumplimiento a los requisitos de participación relacionados con el conocimiento de estas lenguas.
—7. Desarrollo del procedimiento de selección
7.1. Sistema selectivo
El sistema selectivo que rige el proceso de selección relativo a la convocatoria parcial de provisión correspondiente a la Oferta de Empleo Público de ocho puestos de trabajo de personal laboral al servicio del Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo para el año 2024 es el de concurso oposición, con sujeción a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El concurso oposición consiste en la realización sucesiva de una fase de oposición y de una fase de concurso, por este orden.
La puntuación global del concurso oposición debe resultar de las puntuaciones en las fases de oposición y de concurso, y es de un 50 % para la fase de oposición y de un 50 % para la fase de concurso, con una puntuación final de entre 0 y 50 puntos para la fase de oposición y de entre 0 y 50 puntos para la fase de concurso.
La puntuación de la fase de concurso de méritos y de la fase de oposición se distribuye de la siguiente manera:
Fase de oposición | Total: Fase oposición | Fase de concurso méritos | Total: Fase concurso méritos | PUNTUACIÓN TOTAL | ||||
Prueba teórica y práctica | Entrevista competencial | Experiencia profesional | Titulación
| Formación | Lengua catalana | |||
30 | 20 | 50 | 25 | 10 | 10 | 5 | 50 | 100 |
Los plazos, procedimiento y desarrollo de cada una de las fases del proceso selectivo quedan recogidos en los siguientes apartados.
7.2. Calendario, lugar y convocatoria de realización de las pruebas
7.2.1. Calendario y lugar de realización de las pruebas.
El órgano técnico de selección procederá a convocar a la realización de las pruebas correspondientes a la fase de oposición a las personas aspirantes admitidas en relación con cada proceso de selección.
Las pruebas correspondientes a la fase de oposición de cada uno de los puestos de trabajo se celebrarán el mismo día y a la misma hora para todas las personas aspirantes convocadas, mediante llamamiento único, en el día, hora y localidad que se establezcan por acuerdo del órgano técnico de selección, los cuales serán debidamente publicados en el sitio web del IEMed y en el e-TAULER (Tablón electrónico de edictos y anuncios de la Administración de la Generalitat de Catalunya).
7.2.2. Llamamiento a la prueba.
Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, de acuerdo con lo establecido en la base 7.2.1.
La no comparecencia a las pruebas implicará la exclusión automática del proceso de selección en curso, quedando sin efecto cualquier derecho derivado de su participación en el mismo.
Las aspirantes embarazadas, a las que les coincida la fecha de realización de la prueba con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal manera que les impida asistir a la prueba el día de celebración acordado, pueden solicitar al Órgano Técnico de Selección correspondiente el aplazamiento de la prueba en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo cual deben presentar el justificante médico correspondiente. En los casos de aplazamiento de prueba o ejercicio de esta, se realizará un único segundo llamamiento o, en su caso, se modificará la fecha del llamamiento único establecido. En caso de un segundo llamamiento, el Órgano Técnico de Selección fijará la fecha de realización de la prueba o ejercicio aplazado de manera que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las otras personas aspirantes. La prueba o ejercicio aplazado debe celebrarse antes de la publicación de los resultados de la prueba o ejercicio a que no se ha podido asistir, y el Órgano Técnico de Selección debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.
7.3. Fase oposición
La fase de oposición se compone por un primer bloque, conformado por dos pruebas, una teórica y una práctica, ambas de carácter obligatorio y eliminatorio, y que tendrán una puntuación conjunta máxima de 30 puntos, y un segundo bloque, consistente en la realización de una entrevista por competencias de carácter obligatorio y no eliminatorio, y que tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.
La puntuación total máxima que se puede obtener en esta fase de oposición es de 50 puntos. Para poder acceder al segundo bloque, será requisito indispensable haber obtenido, como mínimo, 15 puntos en el primer bloque y haber superado individualmente ambas pruebas. Además, para superar globalmente la fase de oposición, las personas aspirantes deberán conseguir una puntuación mínima conjunta de 30 puntos sumando las calificaciones de los dos bloques.
7.3.1. Temario de las pruebas.
Esta fase versará sobre los temas que se determinan para el puesto o puestos que salen a concurso oposición especificados en las bases específicas de la convocatoria del puesto o puestos de trabajo.
7.3.2. PRIMER BLOQUE. Estructura y puntuación de las pruebas.
Las pruebas escritas de la fase de oposición constarán de dos partes diferenciadas, una de carácter teórico y una segunda de carácter práctico. Las condiciones específicas para la realización de cada prueba serán detalladas en los llamamientos correspondientes.
- Primera prueba de carácter teórico: consistirá en un cuestionario tipo test sobre los temas que se incluyen en el temario que se detalla en las bases específicas de la convocatoria del puesto o puestos de trabajo.
El órgano técnico de selección fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no puede ser superior a 1 hora y 30 minutos. La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo un 5 la nota mínima para superar la prueba. Esta prueba tiene carácter obligatorio y eliminatorio, en caso de obtener una puntuación inferior a la mínima no se podrá superar la fase de oposición.
- Segunda prueba de carácter práctico: consistirá en la realización de uno o más supuestos prácticos relacionados con las funciones del puesto de trabajo a proveer y con el contenido del temario especificado en el anexo 2. Además, en los casos en que las bases específicas relativas al puesto de trabajo convocado exijan el conocimiento de alguna lengua extranjera, una parte de la prueba se realizará en el idioma o idiomas extranjeros que deban ser valorados para el puesto de trabajo, con el objetivo de comprobar la aptitud lingüística requerida para el ejercicio de las funciones del puesto.
El órgano técnico de selección fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no puede ser superior a 1 hora y 30 minutos. La calificación del ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo un 10 la nota mínima para superar la prueba. Esta prueba tiene carácter obligatorio y eliminatorio, en caso de obtener una puntuación inferior a la mínima no se podrá superar la fase de oposición.
Este primer bloque tiene carácter obligatorio y eliminatorio. No superarán este bloque las personas aspirantes que obtengan una puntuación inferior a 15 puntos en la suma de ambos ejercicios. Las personas que no superen el primer bloque obtendrán una puntuación de no apto y serán excluidas del proceso de selección.
7.3.2.1. Resultados del primer bloque
Con posterioridad a su realización, el Órgano Técnico de Selección publicará el Acuerdo relativo al resultado de las pruebas de carácter teórico y práctico correspondientes al primer bloque de la fase de oposición.
7.3.3. SEGUNDO BLOQUE. Entrevista competencial
Este segundo bloque consistirá en una entrevista por competencias para poder valorar el nivel de las competencias necesarias para el correcto desarrollo de las funciones asignadas al puesto de trabajo convocado, así como la información aportada por el aspirante en su solicitud en relación con la experiencia efectiva en tareas o funciones iguales y/o similares a las descritas del puesto de trabajo a cubrir. También se tendrán en cuenta las actitudes y motivaciones hacia el puesto de trabajo, con el fin de evaluar la adecuación global del aspirante al puesto de trabajo.
Las competencias profesionales requeridas serán las que se describen en las bases especificas incluidas en la convocatoria del puesto o puestos de trabajo.
La puntuación máxima de esta prueba es de 20 puntos, distribuidos en 2 puntos por cada competencia evaluada. La exploración de las competencias se realizará a partir de una entrevista estructurada y un guion previamente validado que se aplicará de la misma manera a todas las personas aspirantes.
El día y la hora de la entrevista competencial se comunicará a las personas aspirantes que hayan superado el primer bloque de la fase de oposición mediante un llamamiento individual convocado por el órgano de selección, que será notificado individualmente.
La designación de las personas especialistas que llevarán a cabo las entrevistas quedará acordada por el Órgano de Selección en el momento de convocar a los aspirantes para la realización de las entrevistas. Entre las personas designadas, deberá haber al menos un miembro del Órgano de Selección.
La valoración de este bloque se realizará por las personas designadas que han llevado a cabo las entrevistas y trasladarán su valoración, debidamente justificada, al Órgano de Selección para que pueda hacer la valoración final de todo el proceso selectivo.
7.3.4.Calificación de la fase de oposición
Para superar la fase de oposición, la calificación de la suma de las puntuaciones obtenidas de ambos bloques deberá ser de un mínimo de 30 puntos.
7.3.5. Resultados de la fase de oposición
El Órgano Técnico de Selección procederá a la publicación del Acuerdo relativo a los resultados obtenidos en la fase de oposición para cada uno de los puestos de trabajo convocados, incluyendo la identificación de los aspirantes declarados aptos en el conocimiento de la lengua catalana y castellana, según corresponda.
7.4. Prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana y/o castellana
Para las personas aspirantes que no hayan acreditado los conocimientos de lengua catalana y castellana según lo establecido en la base general 3.1 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se hará la prueba de acreditación de conocimientos de lengua catalana y castellana, con la única finalidad de acreditar los requisitos de participación relativos a los conocimientos de estas lenguas por parte de las personas aspirantes que no estén exentas.
Esta prueba se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas.
7.4.1. Llamamiento para la realización de la prueba
Esta prueba se realizará, para todas las personas aspirantes convocadas, en llamamiento único, en el día, hora y localidad que se señale por Acuerdo del Órgano Técnico de Selección y que se hará público en la web del IEMed y en el e-TAULER.
La no comparecencia a la prueba conlleva la exclusión del proceso de selección en el que se participa, quedando sin efectos los derechos asociados a su participación.
No obstante lo anterior, las aspirantes embarazadas que no puedan asistir a la prueba o ejercicio por los motivos que se describen en el apartado 7.2, pueden solicitar al Órgano Técnico de Selección su aplazamiento de acuerdo con lo establecido con carácter general en la citada base 7.2.
Asimismo, se contempla la posibilidad de que las personas aspirantes convocadas para la realización de la prueba de conocimientos de lengua catalana y/o castellana puedan presentar, en cualquier momento antes de su celebración, alguno de los certificados previstos en el apartado 3.1. de estas bases, que acredite el nivel requerido de conocimientos de la lengua catalana y/o castellana. En este supuesto, el aspirante quedará exento de la realización de la prueba, al haber acreditado que cumple el requisito de conocimiento lingüístico exigido.
7.4.2 Desarrollo de la prueba
Consta de dos ejercicios: conocimientos de lengua catalana y conocimientos de lengua castellana.
7.4.2.1 Ejercicio de conocimientos de lengua catalana
De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no estén exentas de realizarlo que requieren conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1) y que no estén exentas de realizarlo de acuerdo con la base 2.6.
Consiste en realizar, ante el Órgano Técnico de Selección y, en su caso, de los asesores especialistas designados, un ejercicio que consta de dos partes.
Primera parte. En él se evalúa el dominio de la expresión escrita, mediante la redacción de un texto de 200 palabras, como mínimo; la comprensión lectora, por medio de la lectura de un texto escrito y la respuesta a preguntas sobre este texto, y la gramática y el vocabulario, mediante ejercicios de evaluación del conocimiento de la ortografía, la morfología, la sintaxis y el léxico.
Segunda parte. En él se evalúa la expresión oral por medio de la lectura en voz alta de un texto y una conversación y/o exposición sobre temas generales de actualidad.
El tiempo para realizarla es de 1 hora y 30 minutos, para la primera parte, y de 30 minutos, para la segunda, sin perjuicio de posibles adaptaciones.
El resultado de este ejercicio es de apto/a o no apto/a.
Para ser declarado apto/a en este ejercicio se debe obtener una puntuación total mínima del 70%, de conformidad con el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y conocimiento del catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero.
7.4.2.2 Ejercicio de conocimientos de lengua castellana
De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo de acuerdo con la base 2.7.
Para acreditar los conocimientos de lengua castellana del nivel C1, las personas aspirantes deben realizar un ejercicio, que consiste en una redacción de 200 palabras, como mínimo, y en mantener una conversación con miembros del Órgano Técnico de Selección y, en su caso, con las personas asesoras especialistas que éste designe.
El tiempo para realizar este ejercicio es de 45 minutos para la primera parte y 15 minutos para la segunda, sin perjuicio de posibles adaptaciones.
El resultado de este ejercicio es de apto/a o no apto/a.
7.4.3 Resultados de la prueba
Con posterioridad a su realización, el Órgano Técnico de Selección publicará el Acuerdo relativo al resultado de la prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana y/o castellana, en relación con los procesos en que ésta haya sido realizada.
7.5. Fase concurso
La valoración de méritos se hará a aquellos aspirantes que hayan superado las diferentes pruebas del procedimiento y sean declarados aptos en el conocimiento de la lengua catalana y castellana, en su caso.
La fase concurso consiste en la valoración de los méritos alegados y acreditados por las personas participantes. La puntuación máxima de la fase de concurso es de 50 puntos.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada, de acuerdo con lo establecido en la base 3.2.
Sólo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
No se valorarán los alegatos con posterioridad a la finalización de este plazo.
En caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al Órgano Técnico de Selección, los mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni puntuados.
Las certificaciones de la realización de cursos sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de estos. En caso contrario, se obtendrá la puntuación mínima prevista en el baremo de puntuaciones por horas.
Las formaciones y titulaciones finalizadas antes del plazo de presentación de solicitudes y que se encuentren pendientes de certificación, se podrán alegar mediante la presentación del comunicado de resultados emitido por la institución competente para resolver. En todo caso, será necesario aportar la certificación oficial correspondiente cuando sea requerida por el Órgano Técnico de Selección. Si no se presenta la certificación dentro del plazo otorgado por este órgano, estos méritos no serán valorados.
El concurso valorará los méritos aportados y justificados documentalmente conforme al siguiente baremo y medios de acreditación.
7.5.1. Experiencia profesional (puntuación máxima 25 puntos)
Se valorará la experiencia profesional que ha tenido lugar en igual o similar categoría, y el grado de similitud entre el contenido técnico de los puestos ocupados anteriormente por las personas candidatas y los de los puestos de trabajo ofrecidos, dentro del periodo de los siete años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria. De acuerdo con los baremos que se indican a continuación
a) Experiencia profesional en el Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo respecto del subgrupo de titulación del puesto de trabajo al que se presenta, en el que se hayan desarrollado funciones propias de la categoría profesional del puesto convocado llevando a cabo funciones similares entre el contenido técnico de los puestos ocupados anteriormente por las personas candidatas y los de los puestos de trabajo ofrecidos, de acuerdo con las funciones descritas en las bases específicas de cada puesto de trabajo, a razón de 0,9 puntos por mes trabajado.
b) Experiencia profesional en cualquier entidad pública con vinculación, respecto del subgrupo de titulación del puesto de trabajo al que se presenta, de funcionario de carrera, de personal estatutario de gestión y servicios, en virtud de un nombramiento de interinidad, de un contrato de naturaleza laboral, de un contrato administrativo transitorio o de un contrato administrativo de colaboración temporal, en el que se hayan desarrollado funciones propias de la categoría profesional del puesto convocado llevando a cabo. funciones similares entre el contenido técnico de los puestos ocupados anteriormente por las personas candidatas y los de los puestos de trabajo ofrecidos, de acuerdo con las funciones descritas en las bases específicas de cada puesto de trabajo, a razón de 0,3 puntos por mes trabajado.
c) Experiencia profesional en la empresa privada o como profesional libre o autónomo en puestos de trabajo en que se hayan desarrollado funciones propias y/o similares de la categoría profesional del puesto convocado, llevando a cabo funciones similares entre el contenido técnico de los puestos ocupados anteriormente por las personas candidatas y el del puesto de trabajo ofrecidos, de acuerdo con las funciones descritas en las bases específicas de cada puesto de trabajo, a razón de 0,3 puntos por mes trabajado.
La experiencia profesional deberá acreditarse con certificados del órgano competente en materia de personal emitido por la entidad o administración pública contratante y con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social además de contratos, nombramientos y nóminas. En todo caso, tendrá que quedar perfectamente acreditada tanto la categoría laboral como el tiempo trabajado, y en caso de que no sea así, no se valorará.
En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, la experiencia necesaria y otras condiciones que garanticen la adecuación para el ejercicio del puesto de trabajo que deberá ser acreditado con certificado de la entidad en la que se describa de tareas concretas desarrolladas, o con contrato de trabajo donde conste un descriptivo de las funciones del puesto de trabajo. El Certificado para la valoración de los méritos específicos, deberá ser expedido por la persona responsable o titular del área o departamento en que se hayan realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican.
En el supuesto de simultanearse dos actividades en el mismo periodo, sólo se puntuará una de ellas, la experiencia más valorada según los apartados anteriores, a los efectos de la valoración de méritos.
La valoración se reducirá de forma directamente proporcional en caso de que los servicios hubieran sido prestados a tiempo parcial, excepto cuando la reducción obedeciera a alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidado de familiar y otros supuestos motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
Se establece expresamente que no serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que a pesar de ser invocados no sean debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias por los solicitantes, mediante cualquiera de los medios autorizados en derecho, sin que proceda requerimiento de enmienda posterior por parte de la Administración.
Se aportará la documentación justificativa de los méritos alegados que se considere necesaria (ej. Publicaciones, trípticos o folletos donde conste la participación/ colaboración en publicaciones, congresos, mesas redondas y/o seminarios).
Con el fin de garantizar la adecuación para cada puesto de trabajo convocado, la valoración de los conocimientos profesionales previos requeridos y de la experiencia previa adquirida se desglosa en las bases especificas incluidas en la convocatoria del puesto o puestos de trabajo.
7.5.2. Titulación especifica (puntuación máxima 10 puntos)
- Méritos de formación: titulaciones académicas o estudios:
Se tendrán en consideración aquellas titulaciones académicas o estudios que sean relevantes para el desarrollo del puesto de trabajo, siempre que no se hayan exigido como requisito para participar en la convocatoria.
Certificado | Puntuación |
Titulación académica oficial del mismo o superior nivel al exigido para el acceso a la categoría profesional, y distinta de la exigida para acceder o la aportada para acreditar el cumplimiento de dicho requisito | Primer ciclo licenciatura/ grado (180 créditos) : 1 punto Segundo ciclo licenciatura/ grado (240 créditos): 2 puntos |
Post grado (mínimo 18 créditos/ 180 horas), Máster o Doctorado | 5 puntos |
Se acreditarán mediante la aportación de certificación académica de aprovechamiento o asistencia, fotocopia compulsada del título o del doctorado correspondiente, aportación del diploma o certificado de aprovechamiento o asistencia, en el que conste el número de horas, o en todo caso, de la certificación de abono de los derechos de expedición. En el caso de los posgrados y másteres deberá constar necesariamente el número de horas o los créditos.
7.5.3 Conocimientos de lengua catalana (puntuación máxima 5 puntos)
Por los cursos o certificados de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística o equivalente acreditativos de conocimientos del nivel superior al que se requiere y/o por los conocimientos de lenguaje especializado se otorgan hasta 5 puntos.
7.5.4. Formación específica: Formación complementaria y perfeccionamiento específico (puntuación máxima 10 puntos)
Se valora la formación complementaria y el perfeccionamiento específico, siempre relacionado con las funciones y tareas correspondientes a la plaza ofrecida, de acuerdo con la siguiente distribución:
Duración | Puntuación |
De 60 a 80 horas | 1 punto |
De 81 a 120 horas | 2 puntos |
Más de 120 horas | 3 puntos |
Para la acreditación de la formación específica, será necesario aportar la certificación académica correspondiente o una fotocopia compulsada de los títulos presentados como méritos, o, en su caso, la certificación del abono de los derechos de expedición de los mismos. En cualquier caso, deberá constar necesariamente el número de horas o los créditos de la formación.
No será objeto de valoración la formación de duración inferior a 60h.
-Conocimiento de lenguas extranjeras
Se valorarán los conocimientos de idiomas extranjeros que garanticen la adecuación para el ejercicio del puesto de trabajo, de acuerdo con las bases específicas de la convocatoria del puesto o puestos de trabajo.
Para acreditar el conocimiento de idiomas, será necesario aporta certificación académica o fotocopia compulsada de los títulos alegados como méritos o, en todo caso, de la certificación de abono de los derechos de expedición de los mismos.
En el supuesto de disponer de varios certificados del mismo idioma, sólo se valorará el de nivel más alto.
IDIOMA: Conocimientos de idiomas | Puntuación |
Certificado que acredite el nivel de capacitación lingüística del nivel B2 | 2 puntos |
Certificado que acredite el nivel de capacitación lingüística del nivel C1 o superior del marco europeo común de referencia | 3 puntos |
7.5.5. La puntuación de la fase de concurso en ningún caso podrá superar la puntuación máxima de 50 puntos.
7.6. La calificación final de cada aspirante será el resultado de la suma de los diferentes apartados de las fases de concurso y de oposición.
—8. Publicación de los resultados
8.1 Los resultados de las pruebas de conocimientos teóricos y prácticos, de la entrevista por competencias y de la fase de méritos deben hacerse públicos, a efectos de lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el e-TAULER y con carácter informativo en la web del IEMed. Con esta publicación se considera hecha la notificación pertinente a las personas interesadas y se inician los plazos a efectos de posibles recursos.
8.2 La valoración provisional de los méritos obtenida por las personas aspirantes se hará pública al mismo tiempo que la calificación total obtenida de las pruebas de conocimientos teóricos y prácticos y la entrevista por competencias. Únicamente se publicarán las valoraciones de las personas que hayan superado las pruebas de conocimientos teóricos y prácticos. Las personas aspirantes disponen de un plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la valoración de los méritos, para presentar las alegaciones que consideren necesarias.
8.3 El tribunal, una vez estimadas o desestimadas las alegaciones presentadas, hará pública la valoración definitiva de los méritos acreditados por las personas aspirantes en la fase de méritos al mismo tiempo que la publicación de la puntuación total de la fase de las pruebas de conocimientos teóricos y prácticos, de la entrevista por competencias y la puntuación total obtenida por las personas aspirantes en el proceso de selección. La puntuación se determina sumando las calificaciones de las dos fases.
8.4 En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá a favor de la persona aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en la fase de las pruebas de conocimientos teóricos y prácticos y en caso de empate la puntuación de la entrevista por competencias.
8.5 La puntuación global obtenida por las personas aspirantes en el proceso de selección determina las personas aspirantes que son propuestas por el tribunal al presidente ejecutivo del IEMed para la formalización de los contratos laborales fijos. Estas personas deben darse por notificadas con la publicación de la propuesta del tribunal calificador prevista en el apartado 1 de esta base en el e-TAULER (Tablón electrónico de edictos y anuncios de la Administración de la Generalitat de Catalunya) y en la web del IEMed.
9 Propuesta de contratación como personal laboral fijo
El Órgano Técnico de Selección publicará el Acuerdo de valoración definitiva de los resultados del proceso de selección, donde constatarán los resultados de las pruebas de conocimientos teóricos y prácticos y entrevistas por competencias, los de la prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana y/o castellana (si procede) y los resultados del concurso de méritos, con la puntuación final de cada candidato/a ordenada de más alta a más baja.
El acuerdo de valoración definitiva contendrá la propuesta de contratación como personal laboral fijo.
10 Acreditación de requisitos
Junto con la propuesta de contratación como personal laboral fijo, se requerirá a las personas aspirantes que presenten, dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la propuesta de contratación como personal laboral fijo, la correspondiente documentación acreditativa.
Las personas aspirantes propuestas para la contratación como personal laboral fijo que no presenten la documentación requerida, así como aquellas que, una vez efectuada la oportuna comprobación, no cumplan las condiciones y los requisitos de participación exigidos, no podrán ser contratadas como personal laboral fijo, siendo excluidas del proceso de selección correspondiente y quedando sin efectos los derechos asociados a su participación.
Esta exclusión determinará que el Órgano Técnico de Selección deba efectuar la correspondiente nueva propuesta de contratación como personal laboral fijo, de conformidad con lo previsto en la base general 10.
11 Contratación como personal laboral fijo
11.1 El presidente ejecutivo dictará resolución con la relación de la persona o personas que ha superado el proceso de selección correspondiente la cual se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
Dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la publicación de la referida resolución, la persona titular de la Dirección de Servicio del Instituto Europeo del Mediterráneo procederá a la formalización por escrito del contrato de trabajo como personal laboral fijo.
11.2 Período de prueba
La persona o personas a las que se formalice contrato de trabajo como personal laboral fijo tendrán que superar, si procede, un periodo de prueba, según el grupo de clasificación de la correspondiente categoría profesional laboral tiene que superar en cada caso los periodos de prueba siguientes:
- trabajadores/ras del grupo A: 6 meses
- trabajadores/ras del grupo B: 6 meses
- trabajadores/ras del grupo C: 2 meses
- trabajadores/ras del grupo D: 2 meses
- trabajadores/ras del grupo E: 2 meses
En todo caso, a los trabajadores o trabajadoras que accedan a la condición de fijos que anteriormente, y sin solución de continuidad, hayan ocupado puestos de trabajo de las mismas características por medio de contrato temporal en el Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo, se les computará el tiempo trabajado a efectos de cumplir el periodo de prueba.
12 Publicaciones, información del desarrollo de los procesos de selección y presentación de escritos y documentación
Las publicaciones oficiales relativas a la publicación de las presentes bases, la convocatoria o convocatorias, y la correspondiente resolución con la relación de las personas que han superado el proceso de selección correspondiente, se realizan a través del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
Igualmente, estas publicaciones, así como el resto de las actas que se deriven, y los modelos de documentos a que se refieren las presentes bases se pueden consultar en el siguiente enlace: www.iemed.org
13 Régimen de alegaciones e impugnaciones
13.1. Resoluciones del órgano convocante
Contra las resoluciones del órgano convocante que aprueba la convocatoria, la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas y la relación de personas que han superado el proceso de selección correspondiente, u otras resoluciones definitivas, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente pueden interponer demanda ante los Juzgados de lo Social en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación/comunicación, de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social -SRJS- sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere conveniente para la defensa de sus intereses.
13.2 Acuerdos del Órgano Técnico de Selección
Contra los acuerdos del Órgano Técnico de Selección de valoración definitiva de los resultados del proceso de selección, de propuesta de contratación como personal laboral fijo, u otros actos de trámite calificados previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada, ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Contra el resto de los actos de trámite del Órgano Técnico de Selección, las personas aspirantes pueden presentar las alegaciones que consideren convenientes ante el Órgano Técnico de Selección, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de este acto, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Anexo 2
Bases específicas
Denominación del puesto de trabajo: Responsable de Programa del área de Cultura, Género y Sociedad Civil
Número de plazas: 1
Categoría: Técnico/a
Grupo/ Subgrupo (según nivel de titulación): A1
Jornada: Ordinaria de 37,5h semanales
Horario: Especial, de mañanas y tardes
Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo: 5.077,44 euros/anual para puestos de trabajo de especial responsabilidad. El complemento también retribuye las horas de trabajo realizadas en sábados, domingos y festivos y aquellas horas de trabajo vinculadas a proyectos o realizadas en el marco de una comisión de servicio que suponen una prolongación de la jornada ordinaria. La percepción de este plus implica la realización de un horario flexible adaptado a las necesidades del servicio, y en este sentido su percepción será incompatible con el plus de rotación de turnos, de sábado y festivos y con el de nocturnidad, y es incompatible con la percepción de horas extraordinarias.
1.Funciones genéricas del puesto:
- Objetivo fundamental del puesto o misión
El puesto de responsable de Programa de Cultura, Género y Sociedad Civil lleva asociadas las tareas relativas a la gestión, planificación, organización, coordinación, control y asesoramiento técnico en el marco de los proyectos del área, de acuerdo con las instrucciones del/de la director/a del área de Cultura, Género y Sociedad Civil; siendo las funciones específicas del puesto de trabajo las siguientes
- Funciones básicas
- Planificar, organizar, controlar y evaluar la actividad administrativa de los proyectos en los que participa el área de Cultura Género y Sociedad Civil.
- Elaborar informes, estudios, análisis y evaluaciones de las materias de su competencia según los procedimientos, las metodologías y la normativa, o coordinar su elaboración, para tomar decisiones y/o facilitar la toma de decisiones.
- Asistir y asesorar a la Dirección y Gerencia sobre temas de su ámbito competencial.
- Seguimiento de la agenda política euromediterránea así como de aquellas que resulten de interés para la entidad.
- Participar en la gestión de los proyectos regionales mediterráneos de la entidad.
- Impulsar y coordinar iniciativas y proyectos relacionados con la promoción y las relaciones institucionales dentro del entorno político o académico euromediterráneo.
- Organizar y coordinar ponencias, congresos y conferencias y seminarios relacionadas con aspectos políticos, sociales y económicos del ámbito euromediterráneo.
- Control y seguimiento de la edición de libros y publicaciones del área.
- Organizar encuentros, seminarios y conferencias.
- Gestión administrativa, gestión de presupuestos, tramitación de procedimientos de contratación pública, y gestión de colaboradores externos.
- Diseñar desde una vertiente técnica las bases de datos de contactos institucionales y mantenimiento y actualizar contactos nacionales e internacionales del área.
- Velar por la adecuada comunicación interna y externa vinculada al desarrollo de los proyectos en curso de realización.
- Contribuir y supervisar la elaboración de informes narrativos y financieros intermediarios y finales de justificación de los proyectos en ejecución.
- Planificar y coordinar los procesos de evaluación de los proyectos implementados.
- Dar curso y gestionar las instrucciones e indicaciones recibidas provenientes del director del área, de la Dirección general/ Presidencia, y de la Dirección gerencia.
2.Observaciones: Disponibilidad para viajar. Flexibilidad horaria
3. Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Titulación académica requerida: Estar en posesión de título universitario de grado superior o equivalente, categoría A1 de convenio. Los/as aspirantes de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
Lengua catalana: Conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).
Lengua castellana: Conocimientos de lengua castellana de nivel C1. De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.
4. Especificidades en la valoración de los méritos:
Experiencia profesional requerida: Se valorarán los méritos y capacidades relacionados con las tareas y funciones asignadas al puesto de trabajo que se indican en el apartado 1 de las presentes bases específicas, de acuerdo con los baremos de puntuación que se establecen en la base general 7.5.1.
5. Conocimientos de idiomas extranjeros:
Idioma | Hablado | Escrito | Leído | ||||||
Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | |
inglés |
|
| X |
|
| X |
|
| X |
francés |
|
| X |
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árabe |
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Idioma | Atención al público | Redacción de documentos | Otros | ||
Telefónica | Personal | Técnicos | Administrativos | indicar | |
inglés | X | X | X | X |
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francés | X | X | X | X |
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árabe | X | X | X | X |
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6. Competencias personales: Perfil competencial:
Aptitudes:
Razonamiento verbal
Razonamiento analítico
Las competencias profesionales que se valorarán para este puesto de trabajo son las que se indican a continuación:
Habilidades:
1. Capacidad de análisis
2. Iniciativa y de trabajo en equipo y en red
3. Planificación y organización
6. Atención al detalle
5. Capacidad resolutiva y autonomía
Competencias profesionales:
6. Comunicación y hablar en público
7. Flexibilidad y adaptación al cambio nivel alto
8. Liderazgo operativo nivel alto
9. Resiliencia y actitud comprometida y proactiva en el trabajo nivel alto
10. Capacidades de relaciones interpersonales y
conciliadoras con el fin de encontrar soluciones
continuamente y de manera proactiva. nivel alto
7. Temario Específico. Responsable de Programa del área de Cultura, Género y Sociedad Civil
1. Políticas Euromediterráneas: aspectos clave, objetivos y marcos de cooperación en la región euro-mediterránea.
2. Absorción Social y Cultural del diálogo euromediterráneo: principales temas y programas que actualmente conforman la agenda de las relaciones euromediterráneas en esta dimensión.
3. Políticas de Género: retos, políticas y principales actuales para promover la igualdad de género en la región euromediterránea.
4. Fundación Anna Lindh i Unió per la Mediterrània: iniciativas promovidas por las instituciones en la dimensión del diálogo social y cultural en la región euromediterránea.
5. Islam Contemporáneo: la evolución del pensamiento islámico y su impacto sociopolítico en el mundo moderno, especialmente en la región euromediterránea.
6. Sociopolítica del Magreb: dinámicas sociopolíticas actuales en el Magreb y su influencia en la región más amplia.
7. Mundo Árabe Contemporáneo: principales desarrollos y transformaciones en las sociedades árabes actuales y sus implicaciones para la colaboración euromediterránea.
8. Relaciones Culturales en la Región Euromed: el papel de la diplomacia cultural y las iniciativas destinadas a fortalecer los vínculos culturales dentro de la región.
9. Producción cultural en el mundo árabe: aspectos principales y retos de la producción cultural en el mundo árabe
10. Investigación y Cooperación Académica: redes, iniciativas y políticas para fomentar la colaboración académica y de investigación en la zona euro-mediterránea.
Denominación del puesto de trabajo: Responsable de Programa, del área de Políticas Euromediterráneas
Número de plazas: 1
Categoría: Técnico/a
Grupo/ Subgrupo (según nivel de titulación): A1
Jornada: Ordinaria de 37,5h semanales
Horario: Especial, de mañanas y tardes
Retribución: subgrupo A1 con complemento inherente al puesto de trabajo: 12.775,80 euros/anual para puestos de trabajo de especial responsabilidad. El complemento también retribuye las horas de trabajo realizadas en sábados, domingos y festivos y aquellas horas de trabajo vinculadas a proyectos o realizadas en el marco de una comisión de servicio que suponen una prolongación de la jornada ordinaria. La percepción de este plus implica la realización de un horario flexible adaptado a las necesidades del servicio, y en este sentido su percepción será incompatible con el plus de rotación de turnos, de sábado y festivos y con el de nocturnidad, y es incompatible con la percepción de horas extraordinarias.
1.Funciones genéricas del puesto:
- Objetivo fundamental del puesto o misión
El puesto de responsable de Programa del área de Políticas Euromediterráneas, llevará a cabo las tareas asociadas a la coordinación y supervisión de los programas que se le encomienden, así como tareas de apoyo al en la planificación estratégica del área.
- Funciones básicas
- Gestionar la implementación de los programas del Área de Políticas Euromediterráneas, incluyendo la coordinación de la red EuroMeSCo y de sus actividades de investigación, comunicación y eventos.
- Velar por el cumplimiento de los objetivos de los programas y proyectos del Área de Políticas Euromediterráneas. En particular, la información, el seguimiento (incluyendo la participación en posibles revisiones de seguimiento orientado a los resultados), la evaluación (incluida la participación en posibles evaluaciones externas), las tareas de planificación estratégica y el análisis de los resultados de los programas y proyectos y la propuesta de mejoras, garantizar la calidad de las entregas y el respeto de los plazos.
- Garantizar la solidez de las bases de datos y de los procesos administrativos (procesos contractuales, administrativos y de pago) con el apoyo de otros miembros del equipo.
- Apoyar al/la responsable/a del Área en las tareas de planificación estratégica, de conceptualización de las actividades (de acuerdo con las prioridades de las políticas euromediterráneas), de representación, de cooperación efectiva con socios, donantes y responsables políticos e institucionales.
-Proponer sinergias, ideas innovadoras, actividades y fuentes de financiación para hacer prosperar y mejorar las actividades estratégicas del área.
-Participar en la elaboración de contenidos de formulación de proyectos y programas con financiación externos.
- Supervisar la ejecución de proyectos europeos gestionados por el área y contribuir en relación estrecha con la coordinación de proyectos europeos en la formulación y la elaboración de propuestas de proyectos europeos, bilaterales y regionales.
- Seguir y analizar la agenda socioeconómico y política de la región euromediterránea.
- Redactar informes de contenido que le sean encomendados en el marco de su ámbito de especialización.
- Supervisar y contribuir a la evaluación, la corrección y la edición de publicaciones asociadas con el área.
- Otras funciones similares que le sean encomendadas de acuerdo con su categoría.
2.Observaciones: Disponibilidad para viajar. Flexibilidad horaria
3.Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
- Titulación académica requerida: Estar en posesión de título universitario de grado superior o equivalente, categoría A1 de convenio. Los/as aspirantes de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
- Lengua catalana: Conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).
- Lengua castellana: Conocimientos de lengua castellana de nivel C1. De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.
4. Especificidades en la valoración de los méritos:
Experiencia profesional requerida: Se valorarán los méritos y capacidades relacionados con las tareas y funciones asignadas al puesto de trabajo que se indican en el apartado 1 de las presentes bases específicas, de acuerdo con los baremos de puntuación que se establecen en la base general 7.5.1.
5. Conocimientos de idiomas extranjeros:
Idioma | Hablado | Escrito | Leído | ||||||
Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | |
inglés |
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| X |
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| X |
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francés |
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| X |
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| X |
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| X |
Idioma | Atención al público | Redacción de documentos | Otros | ||
Telefónica | Personal | Técnicos | Administrativos | indicar | |
inglés | X | X | X | X |
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francés | X | X | X | X |
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6. Competencias personales: Perfil competencial:
Aptitudes:
- Razonamiento verbal
- Razonamiento analítico
Las competencias profesionales que se valorarán para este puesto de trabajo son las que se indican a continuación:
Habilidades:
1. Capacidad de análisis
2. Iniciativa y de trabajo en equipo y en redes
3. Planificación y organización
4. Atención al detalle
5. Capacidad resolutiva y autonomía
Competencias profesionales:
6. Comunicación y hablar en público nivel muy alto
7. Flexibilidad y adaptación al cambio nivel muy alto
8. Liderazgo operativo nivel alto
9. Resiliencia y actitud comprometida y proactiva en el trabajo nivel alto
10. Capacidades de relaciones interpersonales y conciliadoras nivel alto
7. Temario Específico. Responsable de Programa, del área de Políticas Euromediterráneas
1. Misión y evolución del Instituto Europeo del Mediterráneo (IEMed): Objetivos fundacionales del IEMed, Principales áreas de actuación, Evolución histórica y cambios institucionales, Proyectos y programas destacados, Colaboraciones y redes internacionales
2. La cooperación española en el Mediterráneo: Plan director y Programa MASAR.
3. Relaciones euromediterráneas I: el Proceso de Barcelona y la Unión por el Mediterráneo.
4. Relaciones euromediterráneas II: evolución de la política exterior de la UE hacia el Mediterráneo.
5. La Unión Europea y los programas europeos: Origen de la UE, las instituciones que la forman y la evolución de su naturaleza/mandato en los últimos años. Rol como actor en relaciones internacionales. Principales programas de fondos europeos relacionados en el ámbito de trabajo del IEMed.
6. Aspectos y actores fundamentales de la geopolítica mediterránea: Aspectos más importantes en la región en temas de migración y seguridad. Conflictos más importantes. Evolución de los esfuerzos por las transiciones democráticas en la región. Influencia en las relaciones con la Unión Europea.
7. Áreas de cooperación en el Mediterráneo: Identificación de las prioridades políticas de cooperación entre la UE y los países del norte de África y Oriente medio
8. Aspectos generales del diseño de proyectos europeos: Fases y aspectos a tener en cuenta desde la conceptualización hasta la presentación de proyectos con financiación de la Unión Europea.
9. Implementación de proyectos europeos orientados a la política euromediterránea: Aspectos a tener en cuenta para la correcta implementación de proyectos, actores a involucrar, objetivos y aspectos fundamentales de la gestión de proyectos.
10. El rol de la investigación orientada a la política en la región mediterránea: Misión y objetivos. Identificar sistemas para alinear la investigación a los retos actuales en región y análisis de la relevancia a nivel político. Factores clave a tener en cuenta.
Denominación del puesto de trabajo: Responsable de Programa del área de dirección y planificación
Número de plazas: 1
Categoría: Técnico/a
Grupo/ Subgrupo (según nivel de titulación): A1
Jornada: Ordinaria de 37,5h semanales
Horario: Especial, de mañanas y tardes
Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo: 7.195,92 euros/anual para puestos de trabajo de especial responsabilidad. El complemento también retribuye las horas de trabajo realizadas en sábados, domingos y festivos y aquellas horas de trabajo vinculadas a proyectos o realizadas en el marco de una comisión de servicio que suponen una prolongación de la jornada ordinaria. La percepción de este plus implica la realización de un horario flexible adaptado a las necesidades del servicio, y en este sentido su percepción será incompatible con el plus de rotación de turnos, de sábado y festivos y con el de nocturnidad, y es incompatible con la percepción de horas extraordinarias.
1.Funciones genéricas del puesto:
- Objetivo fundamental del puesto o misión
El objetivo fundamental del puesto es coordinar la planificación interna de proyectos e impulsar y supervisar las tareas asociadas a la planificación y gestión de los proyectos, de acuerdo con las instrucciones del presidente/a ejecutivo/a y el director/a Gerente y en estrecha relación con los responsables de las diferentes áreas temáticas; siendo las funciones específicas del puesto de trabajo las siguientes
- Funciones básicas
- Coordinar la gestión de las actividades y proyectos del Instituto entre los departamentos y la Dirección/gerencia y responsabilizarse de la distribución y planificación de las acciones de la entidad entre las áreas temáticas del IEMed y la Dirección/gerencia, para asegurar la coherencia estratégica de las diferentes actuaciones del IEMed.
- Efectuar el seguimiento de la ejecución de los planes estratégicos y de actuación en estudios sobre el mediterráneo, específicamente sobre aspectos políticos, sociales y económicos del ámbito euromediterráneo.
- Supervisar la gestión de contenidos de las actividades efectuadas por las áreas temáticas.
- Coordinar y fomentar las relaciones del IEMed con otras instituciones nacionales y organismos internacionales, públicos y privados, que desarrollen actuaciones en el área mediterránea y la cooperación internacional.
- Colaborar con la dirección de servicios en la gestión de los proyectos, planificando la disponibilidad de los medios materiales y económicos que aseguren el cumplimiento de los objetivos y el funcionamiento óptimo del IEMed.
- Hacer seguimiento de los proyectos de la Unión Europea, y de cualquier otro proyecto con financiación externa y elaborar propuestas de estudio e informes para buscar recursos económicos y/o técnicos de otras instituciones públicas o privadas.
- Coordinar la organización de eventos internacionales, de acuerdo con los planes aprobados por los órganos de gobierno, en Cataluña y en el exterior, relacionados con aspectos políticos, sociales y económicos del ámbito euromediterráneo (actividades, congresos, conferencias, mesas redondas, seminarios, reuniones de trabajo, visitas de estudio...).
- Colaborar activamente en la redacción de contenidos para las líneas editoriales del IEMed, así como en la edición de libros y publicaciones.
- Elaborar informes para promover la presencia del IEMed en la esfera internacional, así como gestionar la publicación de artículos en medios de comunicación, revistas especializadas y científicas.
- Contribuir en la elaboración del Plan de comunicación de la entidad, impulsar la comunicación interna corporativa y hacer seguimiento de la difusión de la comunicación corporativa en general
- Promocionar la actividad editorial de la entidad y contribuir en la elaboración del plan editorial de la entidad.
- Apoyar al presidente/a de la Comisión Delegada, al director/a general y al director/a de servicios en la preparación de las reuniones de los órganos de gobierno del IEMed, así como en las del resto de órganos consultivos del Consorcio.
- Coordinar el equipo de profesionales adscritos al área de dirección-gerencia, garantizando el trabajo en equipo, interdisciplinar, así como una buena comunicación interna entre éstos, e informando de los aspectos a mejorar, de la normativa vigente y de las relaciones con otras instituciones o servicios.
- l, en general, otras similares que le sean encomendadas.
2.Observaciones: Disponibilidad para viajar. Flexibilidad horaria
3.Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
- Titulación académica requerida: Estar en posesión de título universitario de grado superior o equivalente, categoría A1 de convenio. Los/as aspirantes de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
- Lengua catalana: Conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).
- Lengua castellana: Conocimientos de lengua castellana de nivel C1. De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.
4. Especificidades en la valoración de los méritos:
Experiencia profesional requerida: Se valorarán los méritos y capacidades relacionados con las tareas y funciones asignadas al puesto de trabajo que se indican en el apartado 1 de las presentes bases específicas, de acuerdo con los baremos de puntuación que se establecen en la base general 7.5.1.
5. Conocimientos de idiomas extranjeros:
Idioma | Hablado | Escrito | Leído | ||||||
Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | |
inglés |
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| X |
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| X |
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| X |
francés |
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| X |
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| X |
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| X |
Idioma | Atención al público | Redacción de documentos | Otros | ||
Telefónica | Personal | Técnicos | Administrativos | indicar | |
inglés | X | X | X | X |
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francés | X | X | X | X |
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6. Competencias personales: Perfil competencial:
Aptitudes:
- Razonamiento verbal
- Razonamiento analítico
Las competencias profesionales que se valorarán para este puesto de trabajo son las que se indican a continuación:
Habilidades:
1. Capacidad de análisis
2. Iniciativa y de trabajo en equipo y en redes
3. Planificación y organización
6. Atención al detalle
5. Capacidad resolutiva y autonomía
Competencias profesionales:
6. Comunicación nivel muy alto
7. Flexibilidad y adaptación al cambio nivel muy alto
8. Liderazgo operativo nivel alto
9. Resiliencia y actitud comprometida y proactiva en el trabajo nivel alto
10. Capacidades de relaciones interpersonales y conciliadoras nivel alto
7. Temario Específico. Responsable de Programa del área de dirección y planificación
1. Misión y evolución del Instituto Europeo del Mediterráneo (IEMed): Objetivos fundacionales del IEMed, Principales áreas de actuación, Evolución histórica y cambios institucionales, Proyectos y programas destacados, Colaboraciones y redes internacionales
2. Relaciones Euromediterráneas I: Proceso de Barcelona y Unión por el Mediterráneo: Contexto y antecedentes del Proceso de Barcelona, Objetivos y pilares fundamentales del Proceso, Transición hacia la Unión por el Mediterráneo, Estructura y funcionamiento de la Unión por el Mediterráneo, Logros y desafíos actuales
3. Relaciones Euromediterráneas II: evolución de la Política Exterior de la UE hacia el Mediterráneo: Política Europea de Vecindad: objetivos y aplicación en el Mediterráneo, Instrumentos financieros y programas de cooperación, Impacto de las primacías árabes en la política de la UE, Evolución hacia la Nueva Agenda para el Mediterráneo, Implementación y objetivos del Nuevo Pacto por el Mediterráneo
4. Aspectos y actores fundamentales de la geopolítica euromediterránea: Principales conflictos y tensiones en la región, Actores estatales clave y sus intereses, Organizaciones internacionales y su rol en la región, Movimientos migratorios y su impacto geopolítico, Recursos naturales y disputas territoriales
5. Cooperación española en el Mediterráneo: Estrategias y objetivos de los Planes directores de la Cooperación Española, Descripción y alcance de los programas MASAR y MASAR en el análisis, Proyectos emblemáticos y resultados obtenidos, Colaboración con socios locales y regionales
6. Cooperación catalana en el Mediterráneo: Planes directores y Estrategia Mediterránea MedCat 2030: Objetivos y líneas de acción de los Planes directores catalanes, Estrategia Mediterránea MedCat 2030: visión y metas, Iniciativas y proyectos destacados, Participación de actores no gubernamentales
7. Estrategia Mediterránea del Ayuntamiento de Barcelona: Motivaciones y objetivos de la estrategia, Áreas prioritarias y programas implementados, Cooperación con otras ciudades y redes urbanas, Proyectos culturales y de desarrollo sostenible
8. Programas europeos de cooperación con el Mediterráneo: Instrumentos financieros de la UE para el Mediterráneo, Legislación aplicable, Áreas temáticas y prioridades de financiación, Participación de países socios y elegibilidad
9. Aspectos generales de diseño de proyectos europeos: Ciclo de vida de un proyecto europeo, Identificación y formulación de propuestas, Investigación de socios y creación de consorcios, Gestión financiera y elaboración de presupuestos, Evaluación de impacto y sostenibilidad
10. Elaboración de planes directores plurianuales: Definición y propósito de los planes directores, Metodología para su desarrollo y estructuración, Alineación con políticas y estrategias superiores, Indicadores de seguimiento y evaluación
Denominación del puesto de trabajo: Responsable de contratación
Número de plazas: 1
Categoría: Técnico/a
Grupo/ Subgrupo (según nivel de titulación): A1
Jornada: Ordinaria de 37,5h semanales
Horario: Especial, de mañanas y tardes
Retribución: subgrupo A1
1.Funciones genéricas del puesto:
- Objetivo fundamental del puesto o misión
El puesto de responsable de contratación lleva asociadas las tareas relativas a la coordinación de la contratación administrativa, la gestión y control de los recursos humanos y el asesoramiento jurídico general del IEMed y de régimen interno, de acuerdo con las instrucciones del/de la director/a de Servicios; siendo las funciones específicas del puesto de trabajo las siguientes
- Funciones básicas
1. Asesorar a las unidades de contratación de las diferentes áreas de la entidad sobre la aplicación de las instrucciones, directrices y procedimientos en materia de contratación de acuerdo con la normativa de contratación pública y hacerles el pertinente acompañamiento.
2. Gestionar los expedientes de contratación administrativa de la entidad, efectuar el seguimiento y control de los expedientes de contratación, desde la propuesta de contratación hasta la adjudicación del contrato, elaborando toda la documentación necesaria para contratar de acuerdo con la legalidad vigente. Gestionar la tramitación de prórrogas de contratación necesarias. Efectuar la propuesta de los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares de los contratos del IEMed. Elaborar los informes técnicos necesarios para la resolución y adjudicación de expedientes.
3. Gestionar las pólizas de seguro de la entidad
4. Gestionar la contratación a través del GEEC 2.0 y conocer las integraciones con otras herramientas de contratación pública. Gestionar toda la información relativa a contratación electrónica e impulsar la configuración de los datos incluidos en los medios electrónicos para el desarrollo correcto de las funciones de supervisión de la contratación pública
5. Coordinar la difusión y comunicación en materia de contratación pública y el mantenimiento de contenidos del portal web de contratación pública.
6. Dar apoyo jurídico en temas de derecho administrativo, en materia de contratación, seguros, subvenciones, en materia de igualdad, transparencia, prevención de riesgos laborales, etc., y elaborar informes y dictámenes jurídicos. Preparar resoluciones y propuestas de resolución de los órganos competentes que se le encomienden.
7. Elaborar las propuestas de acuerdos, convenios y contratos suscritos por el IEMed, que se le encomienden.
8. Velar por el cumplimiento de las instrucciones, directrices, procedimientos y normativas tanto internas como externas.
9. Asistencia técnica en la preparación de documentación para reuniones de los órganos colegiados.
10. Apoyo en la preparación de documentación en procesos de auditorías internas de la entidad, y en procesos de justificación de subvenciones.
11. Gestionar expedientes de personal relacionados con permisos, licencias, absentismos, solicitudes de compatibilidad, vacaciones y demás expedientes de análoga naturaleza y elaborar los respectivos informes previos en los casos que sea necesario.
12. Preparar propuestas y memorias justificativas para la provisión de puestos y contratación laboral, así como gestionar los procesos de selección y la incorporación del personal.
13. Tramitar altas y bajas a Seguridad social, elaborar y comunicar la liquidación de cotizaciones a la Seguridad social. E, informar a Seguridad social de los cambios de jornadas, procesos de IT y cualquier otra incidencia que modifique la situación del trabajador/a la empresa.
14. Confeccionar nóminas y tramitar los pagos de comisiones de Servicio, complementos de productividades y otros conceptos retributivos.
15. Y, como todas aquellas tareas que se puedan derivar de la gestión integral del personal.
2.Observaciones: Flexibilidad horaria
3.Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
- Titulación académica requerida: Estar en posesión de título universitario de grado superior o equivalente, categoría A1 de convenio. Los/as aspirantes de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
- Lengua catalana: Conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).
- Lengua castellana: Conocimientos de lengua castellana de nivel C1. De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.
4. Especificidades en la valoración de los méritos:
Experiencia profesional requerida: Se valorarán los méritos y capacidades relacionados con las tareas y funciones asignadas al puesto de trabajo que se indican en el apartado 1 de las presentes bases específicas, de acuerdo con los baremos de puntuación que se establecen en la base general 7.5.1.
5. Conocimientos de idiomas extranjeros:
Idioma | Hablado | Escrito | Leído | ||||||
Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | |
inglés |
| X |
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| X |
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| X |
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Idioma | Atención al público | Redacción de documentos | Otros | ||
Telefónica | Personal | Técnicos | Administrador. | indicar | |
inglés | X | X | X | X |
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6. Competencias personales: Perfil competencial:
Aptitudes:
- Razonamiento verbal
- Razonamiento analítico
Las competencias profesionales que se valorarán para este puesto de trabajo son las que se indican a continuación:
Habilidades:
1. Capacidad de análisis
2. Iniciativa y de trabajo en equipo
3. Planificación y organización
6. Atención al detalle
5. Capacidad resolutiva y autonomía
Competencias profesionales:
6. Comunicación asertiva nivel muy alto
7. Flexibilidad y adaptación al cambio nivel muy alto
8. Liderazgo operativo nivel alto
9. Resiliencia y actitud comprometida y proactiva en el trabajo nivel alto
10. Capacidades de relaciones interpersonales y conciliadoras nivel alto
7. Temario Específico. Responsable de contratación
1. Procedimiento administrativo: Principios generales. Fases, plazos y formas de terminación. Recursos en vía administrativa: tipos, requisitos y procedimientos. Responsabilidad patrimonial de la Administración.
2. Organización administrativa y régimen jurídico de los consorcios. Régimen jurídico, creación, funcionamiento y relación con las Administraciones Públicas. Disposiciones específicas sobre los consorcios en Cataluña.
3. Consorcio Instituto Europeo del Mediterráneo: Naturaleza jurídica, régimen jurídico, normativa aplicable, sus estatus, organización y funcionamiento de sus órganos de gobierno y gestión.
4. Marco jurídico y normativo de la contratación pública: Principios generales. Ámbito de aplicación, tipología de contratos y procedimientos de licitación. Pliegos de cláusulas administrativas y técnicas, informes técnicos. Tramitación y ejecución de los contratos públicos: formalización, modificación y extinción. Control y seguimiento: prórrogas, penalizaciones y garantías. Transparencia y publicidad. Normativa en materia de seguros.
5. Gestión administrativa y electrónica de la contratación pública: Herramientas y plataformas de contratación electrónica. Medios electrónicos. Finalidad y funcionamiento de las plataformas GEEC y E-LICITA, Plataforma Pública de Contratación, Registro Público de Contratos y perfil del contratante. Interoperabilidad entre plataformas.
6. Protección de datos y transparencia: Normativa aplicable. Tratamiento y seguridad de datos personales en la contratación pública y la gestión de personal. Herramientas y protocolos para garantizar el cumplimiento normativo en materia de protección de datos. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
7. Gestión de recursos humanos, derecho laboral y herramientas digitales en la gestión de personal: Normativa laboral aplicable en el sector público. Tipología de contratos. Propuestas y memorias justificativas. Regímenes y relación jurídica de la Seguridad Social. Estatuto Básico del Empleado Público. Trámites ante la Seguridad Social, Hacienda y otros registros interoperables. Tramitación de incidencias y permisos laborales. VI Convenio del personal laboral.
9. Igualdad y prevención de riesgos laborales: Normativa aplicable en materia de igualdad. Protocolos para la prevención de acoso y planes de igualdad. Prevención de riesgos laborales y seguridad en el entorno de trabajo. Ley 31/1995 de PRL.
10. Justificación de auditorías financieras y de legalidad y gestión de subvenciones públicas: Normativa aplicable en auditorías del sector público. Justificación técnica de subvenciones y proyectos públicos. Control y seguimiento de las obligaciones legales de la entidad. Normativa en materia de subvenciones públicas. Elaboración de bases reguladoras, informes justificativos e informes preceptivos. Aplicaciones de gestión de subvenciones.
Denominación del puesto de trabajo: Técnico/a de gestión, del área de Cultura, Género y Sociedad Civil
Número de plazas: 1
Categoría: Técnico/a Administrativo/a
Grupo/ Subgrupo (según nivel de titulación): C1
Jornada: Ordinaria de 37,5h semanales
Horario: Especial, de mañanas y tardes
Retribución: Según el VI convenio único Personal laboral, subgrupo C1.
1.Funciones del puesto:
- Dar apoyo administrativo en los contenidos del "policy papers" y publicaciones que se realizan desde el Área de Género, Cultura y Sociedad Civil: búsqueda de temas, búsqueda de autores, seguimiento de artículos, revisiones y seguimiento administrativo.
- Dar apoyo administrativo a la definición, coordinación e implementación de los proyectos europeos emprendidos y desplegados desde el área GCS.
- Llevar a cabo la gestión administrativa de actividades promovidas desde el área: organización de seminarios, mesas redondas y presentaciones de libros.
- Dar apoyo administrativo en el seguimiento de la actualidad sociopolítica y cultural del mundo árabe y los países del sur del Mediterráneo.
- Apoyar en la gestión de contenidos y organización de las iniciativas sobre género y juventud liderados desde el área de GCS.
- Apoyar a la gestión administrativa del área.
Y, en general, todas aquellas de carácter similar que le sean atribuidas.
3. Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Titulación académica requerida: Estar en posesión de Título de bachillerato, técnico especialista, título de formación profesional de 2º grado o equivalente. Los/as aspirantes deberán estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
Lengua catalana: Conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).
Lengua castellana: Conocimientos de lengua castellana de nivel C1. De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.
4. Especificidades en la valoración de los méritos:
Experiencia profesional requerida: Se valorarán los méritos y capacidades relacionados con las tareas y funciones asignadas al puesto de trabajo que se indican en el apartado 1 de las presentes bases específicas, de acuerdo con los baremos de puntuación que se establecen en la base general 7.5.1.
5. Conocimientos de idiomas extranjeros:
Idioma | Hablado | Escrito | Leído | ||||||
Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | |
inglés |
|
| X |
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| X |
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| X |
francés |
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| X |
|
| X |
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| X |
Idioma | Atención al público | Redacción de documentos | Otros | ||
Telefónica | Personal | Técnicos | Administrativos | indicar | |
inglés | X | X | X | X |
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francés | X | X | X | X |
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6. Competencias personales: Perfil competencial:
Aptitudes:
Razonamiento verbal
Razonamiento analítico
Las competencias profesionales que se valorarán para este puesto de trabajo son las que se indican a continuación:
Habilidades:
1. Capacidad de análisis
2. Iniciativa de trabajo en equipo y en red
3. Atención al detalle
4. Empatía
Competencias profesionales:
5. Trabajo en equipo en entornos multiculturales nivel medio
6. Habilidades organizativas nivel medio
7. Rigor y método nivel medio
8. Comunicación y hablar en público nivel medio
9. Planificación y organización nivel medio
10.Flexibilidad y adaptación al cambio nivel medio
7. Temario Específico. Técnico/a de gestión, del área de Cultura, Género y Sociedad Civil
1. Organización de conferencias, seminarios y reuniones: Definición, planificación y ejecución de seminarios, presentaciones, conferencias y reuniones. Coordinación logística y administración de eventos. Normas básicas de protocolo en actos con instituciones y representantes internacionales. Coordinación con ponentes, moderadores y participantes. Gestión de invitaciones y seguimiento de asistentes.
2. La actualidad socio política y cultural en los países del sur del Mediterráneo: Identificación de autores y contenidos relevantes para el seguimiento de la actualidad. Redes y organismos internacionales relevantes en estos ámbitos. Análisis de buenas prácticas en materia de cooperación sociocultural y de género en el Mediterráneo. Detección de oportunidades para colaboraciones y proyectos conjuntos.
3. Técnicas de seguimiento de contactos y colaboradores: Identificación de expertos, entidades y redes de colaboración en el ámbito euro-mediterráneo. Análisis básico para la detección de oportunidades para colaboraciones institucionales y desarrollo de proyectos conjuntos. Metodología para el mantenimiento de una base de datos de entidades, expertos y colaboradores. Sistemas para el seguimiento de contactos institucionales y profesionales. Memorias de colaboración: estructura, objetivos e indicadores de resultados.
4. Técnicas de investigación en materia de sociedad civil y género: Fondo para la recopilación de datos sobre temas de interés en el marco euro-mediterráneo. Procedimientos y técnicas para la búsqueda bibliográfica y revisión de fuentes académicas e institucionales. Metodologías básicas para la elaboración de mapas de actores y tendencias en los ámbitos de género y cultura.
5. Programas euromediterráneos en materia de sociedad civil y género: Enfoques metodológicos para la identificación de temáticas relevantes en los contextos: euromediterráneo; y en materia de sociedad civil y género. Herramientas y recursos disponibles para la investigación en género, cultura y sociedad civil.
6. Misión y organización del Instituto Europeo del Mediterráneo: Origen y naturaleza jurídica del IEMed. Misión y objetivos estratégicos. Áreas de actuación. Evaluación del impacto del IEMed en la región euromediterránea.
7. Gestión administrativa: Procedimientos de tramitación de propuestas de gasto en el ámbito público. Fases y requisitos del procedimiento de autorización de los expedientes de Contratación. Normativa básica en materia de protección de datos personales.
8. Corrección y edición de publicaciones: Tipos de publicaciones en el ámbito institucional. La revisión lingüística y estilística. Las citaciones y referencias bibliográficas. Herramientas y recursos de edición. Criterios de evaluación técnica y formal.
9. Los informes justificativos de ejecución técnica y financiera: La planificación de actividades. La memoria de actuación: objetivos, resultados e indicadores de evaluación. Principios y metodologías de gestión de proyectos en el ámbito público. Marco legal y procedimientos de contratación y compras en proyectos públicos. Sistemas de registro, archivo y gestión documental vinculados a los proyectos. Seguimiento de objetivos: herramientas y técnicas de evaluación.
10. Estrategias de comunicación y difusión de contenidos: Canales de difusión de las publicaciones y actividades del área (redes sociales, newsletters, medios especializados). Herramientas digitales para la gestión de contenidos y comunicación (MailChimp, Canva, etc.)
Denominación del puesto de trabajo: Técnico/a de gestión, del área de Desarrollo Sostenible e Integración Regional
Número de plazas: 1
Categoría: Técnico/a Administrativo/a
Grupo/ Subgrupo (según nivel de titulación): C1
Jornada: Ordinaria de 37,5h semanales
Horario: Especial, de mañanas y tardes
Retribución: Según el VI convenio único Personal laboral, subgrupo C1.
1.Funciones del puesto:
- Dar apoyo administrativo en la ejecución de las actuaciones y programas indicadas por el responsable de programa del área de Desarrollo Sostenible e Integración Regional y de dirección/gerencia.
- Participar en el seguimiento y análisis de la actualidad económica en la región euromediterránea.
- Dar apoyo administrativo en la redacción de informes de contenidos.
- Participar en la recopilación y comprobación de documentación e inicio de procedimientos.
- Dar apoyo administrativo en la organización de conferencias, seminarios, presentaciones y reuniones.
- Apoyar en la evaluación, corrección y edición de publicaciones asociadas al área.
- Actualización y gestión de contenidos por su inclusión en entornos online y medios y redes sociales.
- Contribuir en la difusión de las actividades desarrolladas.
- Dar apoyo administrativo en la elaboración de informes justificativos de ejecución técnica y financiera.
- Apoyar en la administración del día a día.
- Apoyar en general al área de Desarrollo Sostenible e Integración Regional y a dirección/gerencia.
- Y, en general, todas aquellas de carácter similar que le sean atribuidas.
2. Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Titulación académica requerida: Estar en posesión de Título de bachillerato, técnico especialista, título de formación profesional de 2º grado o equivalente. Los/as aspirantes deberán estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
Lengua catalana: Conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).
Lengua castellana: Conocimientos de lengua castellana de nivel C1. De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.
3. Especificidades en la valoración de los méritos:
Experiencia profesional requerida: Se valorarán los méritos y capacidades relacionados con las tareas y funciones asignadas al puesto de trabajo que se indican en el apartado 1 de las presentes bases específicas, de acuerdo con los baremos de puntuación que se establecen en la base general 7.5.1.
4. Conocimientos de idiomas extranjeros:
Idioma | Hablado | Escrito | Leído | ||||||
Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | Bajo | Medio | Alto | |
inglés |
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| X |
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| X |
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| X |
francés |
| X |
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| X |
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| X |
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Idioma | Atención al público | Redacción de documentos | Otros | ||
Telefónica | Personal | Técnicos | Administrativos | indicar | |
inglés | X | X | X | X |
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francés | X | X | X |
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5. Competencias personales: Perfil competencial:
Aptitudes:
Razonamiento verbal
Razonamiento analítico
Las competencias profesionales que se valorarán para este puesto de trabajo son las que se indican a continuación:
Habilidades:
1. Capacidad de análisis
2. Iniciativa de trabajo en equipo y en red
3. Atención al detalle
4. Empatía
Competencias profesionales:
5. Trabajo en equipo en entornos multiculturales nivel medio
6. Habilidades organizativas nivel medio
7. Rigor y método nivel medio
8. Comunicación y hablar en público nivel medio
9. Planificación y organización nivel medio
10.Flexibilidad y adaptación al cambio nivel medio
6. Temario Específico. Técnico/a de gestión, del área de Desarrollo Sostenible e Integración Regional
1. Organización de conferencias, seminarios y reuniones: Definición, planificación y ejecución de seminarios, presentaciones, conferencias y reuniones. Coordinación logística y administración de eventos. Normas básicas de protocolo en actos con instituciones y representantes internacionales. Coordinación con ponentes, moderadores y participantes. Gestión de invitaciones y seguimiento de asistentes. Evaluación del impacto del evento y retroalimentación de los asistentes.
2. Tendencias en desarrollo económico y humano, economía verde y adaptación climática, e integración regional a escala euromediterránea: Identificación de autores y contenidos relevantes para el seguimiento de la actualidad. Redes y organismos internacionales relevantes en estos ámbitos. Análisis de políticas regionales y buenas prácticas en desarrollo económico y humano, y economía verde y adaptación climática.
3. Relaciones Institucionales: Buenas prácticas Institucionales. Identificación de redes de colaboración. Detección de oportunidades para colaboraciones y proyectos conjuntos. Establecimiento de contactos con agentes clave en el ámbito de las relaciones institucionales. Elaboración de memorias de colaboración.
4. La actividad económica en la región euromediterránea: Análisis de tendencias económicas y sociales y su influencia en las políticas regionales. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relevantes para el contexto euromediterráneo. Mecanismos de seguimiento. Seguimiento de indicadores, informes y documentación relacionada con proyectos de economía verde y adaptación climática.
5. Proceso de investigación de temas: Identificación de temas de interés en los ámbitos del desarrollo económico y humano, la economía verde y adaptación climática, y la integración regional. Metodologías para la búsqueda de temáticas relevantes. Herramientas y recursos para la investigación. Análisis de fuentes de información y creación de bases de datos temáticas.
6. Misión y organización del Instituto Europeo del Mediterráneo: Origen y naturaleza jurídica del IEMed. Misión y objetivos estratégicos. Áreas de actuación. Evaluación del impacto del IEMed en la región euromediterránea .
7. Estrategias de comunicación y difusión de contenidos: Canales de difusión de las publicaciones y actividades del área (redes sociales, newsletters, medios especializados). Herramientas digitales para la gestión de contenidos y comunicación (WordPress, MailChimp, Canva, etc.). Coordinación con medios de comunicación e instituciones para la promoción de actividades. Medida de la eficacia de las campañas de comunicación y ajustes estratégicos.
8. Los informes justificativos de ejecución técnica y financiera: La planificación de actividades. La memoria de actuación: objetivos, resultados e indicadores de evaluación. Principios y metodologías de gestión de proyectos en el ámbito público. Marco legal y procedimientos de contratación y compras en proyectos públicos. Sistemas de registro, archivo y gestión documental vinculados a los proyectos. Seguimiento de objetivos: herramientas y técnicas de evaluación.
9. Corrección y edición de publicaciones: Tipos de publicaciones en el ámbito institucional. La revisión lingüística y estilística. Las citaciones y referencias bibliográficas. Herramientas y recursos de edición. Criterios de evaluación técnica y formal.
10. Gestión administrativa: Procedimientos de tramitación de propuestas de gasto en el ámbito público. Fases y requisitos del procedimiento de autorización de los expedientes de Contratación. Normativa básica en materia de protección de datos personales.