Resolución TERM/02/2025, de 4 de junio, de convocatoria de concurso de cambio de destino para la provisión de dos puestos de trabajo de personal laboral fijo del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT (convocatoria núm. TERM/02/2025)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Visto lo que establecen el VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña y el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional y demás normativa de aplicación;
Vista la relación de puestos de trabajo vigente del personal laboral del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT (en adelante, TERMCAT);
Visto que se ha llevado a cabo lo dispuesto en la normativa en cuanto a los derechos que corresponden a la representación de los/las trabajadores/as;
En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente,
Resuelvo:
1.Convocar concurso de cambio de destino para la provisión de dos puestos de trabajo de personal laboral fijo de TERMCAT que se detallan en el anexo 2 de esta Resolución, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1.
2.Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria que constan en el anexo 1 de esta Resolución.
Contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer una demanda ante la jurisdicción social, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo que prevé el artículo 69 de la Ley 36/ 2011, reguladora de la jurisdicción social.
Barcelona, 4 de junio de 2025
Jordi Bover Salvadó
Director
ANEXO 1. BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Puesto de trabajo objeto de la convocatoria
1.1 Es objeto de la convocatoria de concurso de cambio de destino la provisión de dos puestos de trabajo de TERMCAT que figuran en el anexo 2 de esta Resolución.
1.2 También son objeto de convocatoria los puestos de trabajo que figuran en el anexo 3 de esta Resolución, en caso de que queden vacantes durante el desarrollo del concurso. A tal efecto, los puestos que figuran en el anexo 3 se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas.
2. Participantes
2.1 Puede tomar parte en este concurso de cambio de destino el personal laboral fijo de TERMCAT en activo o en situación de excedencia voluntaria o en cualquier otra situación de suspensión del contrato de trabajo siempre que haya transcurrido el plazo para reingresar que establece el VI Convenio colectivo único para cada situación, y que reúna los requisitos especificados en estas bases y en el anexo 2 y 3.
2.2 El personal laboral en situación de excedencia voluntaria o en cualquier otra situación de suspensión del contrato de trabajo que en el momento de esta convocatoria tenga pendiente la resolución de una solicitud de reingreso deberá participar necesariamente, siempre que los puestos objeto de convocatoria sean de igual o similar categoría profesional.
Se consideran puestos de categoría similar los incluidos dentro del mismo grupo retributivo que, por el contenido técnico de las funciones a desarrollar, puedan ser ocupados con eficacia por un trabajador o trabajadora que tenga otra categoría atendiendo a su nivel de aptitudes y habilidades. Este reingreso supondrá la adecuación a la nueva categoría profesional.
2.3 El personal laboral fijo con discapacidades puede participar en igualdad de condiciones que el resto de personas concursantes, siempre que pueda desarrollar, de forma suficiente y autónoma, las funciones del puesto o puestos de trabajo solicitados.
2.4 El personal laboral fijo respecto del cual se haya resuelto, de forma provisional o definitiva, una adaptación o cambio de puesto por motivos de salud de acuerdo con el artículo 15.5 del VI Convenio, puede participar en este concurso siempre que quede acreditado con el informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de TERMCAT que el puesto al que opta es adecuado a su salud y puede desarrollarlo con idoneidad.
3. Requisitos
3.1 El personal laboral fijo puede participar en este concurso de cambio de destino en cualquiera de las modalidades que se detallan a continuación, siempre que cumpla los requisitos que se indican:
a) Traslado: puede participar el personal laboral fijo que opte a ocupar puestos de trabajo de la misma categoría y, en su caso, especialidad.
b) Cambio a categorías englobadas dentro del área de funciones: para obtener destino en puestos de distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad, de la misma área de funciones.
Puede participar el personal laboral fijo de categorías diferentes y, en su caso, especialidades de la misma área de funciones de su categoría, siempre que posea la titulación específica de la categoría convocada, si la hubiere, o la titulación correspondiente al grupo profesional de la plaza convocada o, siempre que se participe desde el mismo grupo o del inmediatamente inferior, la capacidad probada en los términos que establecen los artículos 19.3 y 23 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Se entiende como capacidad probada la experiencia profesional en el desarrollo de funciones en el mismo puesto de trabajo a proveer (u otro de categoría profesional equivalente) demostrada durante el período de prueba en los supuestos en que por ley no se exija la titulación.
c) Cambio a categorías englobadas fuera del área de funciones: para obtener destino en puestos de categorías profesionales y, en su caso, especialidades, del mismo grupo profesional o del grupo inmediatamente superior de un área de funciones distinta a la propia.
Puede participar el personal laboral fijo de categorías diferentes y, en su caso, especialidad de otra área de funciones de su categoría, siempre que las plazas a las que opte sean del mismo grupo profesional desde el que se concursa o del grupo profesional inmediatamente superior y posea la titulación específica de la plaza convocada, en su caso, o la titulación correspondiente al grupo profesional de la plaza convocada, en los términos establecidos en los artículos 19.3 y 23 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Las áreas de funciones y categorías profesionales englobadas en cada una de estas áreas son las que se establecen en el anexo 7 del VI Convenio colectivo único.
3.2 El personal laboral fijo que haya obtenido un destino mediante la participación en una de las tres modalidades que prevén estas bases (traslado, cambio dentro del área de funciones y cambio fuera del área de funciones) no puede solicitar un nuevo cambio para la misma modalidad hasta que hayan transcurrido dos años de trabajo efectivo.
3.3 Para participar en la modalidad de cambio a categorías englobadas dentro de la misma área de funciones es necesario poseer la titulación correspondiente al grupo profesional de la categoría del puesto al que se opta o, si se participa por una categoría del mismo grupo profesional o del grupo inmediatamente superior, capacidad probada. Sin embargo, si la categoría profesional del puesto requiere la posesión de una titulación específica, ésta será exigible en todo caso.
3.4 En las modalidades de cambio a categorías englobadas dentro y fuera del área de funciones, siempre que suponga un ascenso, no podrá concursar, mientras dure el cumplimiento de la sanción, el personal laboral fijo que haya sido sancionado con la suspensión del derecho a concurrir a pruebas selectivas o concurso de ascenso por un período de uno a dos años como autores o responsables de una falta de carácter grave o con la sanción de inhabilitación para el ascenso por un período de dos a seis años como autores o responsables de una falta de carácter muy grave, de acuerdo con lo que dispone el artículo 53 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
3.5 Las personas que participen en las modalidades de cambio a categorías englobadas dentro y fuera del área de funciones, siempre que suponga un cambio de grupo profesional o categoría y, en su caso, especialidad en el que se requiere un nivel de conocimientos de lengua catalana superior al que se exige para el acceso de la categoría profesional desde la que se participa, tendrán que acreditar la posesión del nivel exigido para el acceso a la nueva categoría mediante el certificado correspondiente y adjuntarlo en la solicitud.
En el caso de las personas que no tengan el certificado acreditativo del nivel de conocimientos de lengua catalana exigido, el Órgano Técnico de Evaluación evaluará mediante prueba sus conocimientos en relación al puesto de trabajo a proveer.
Quedan exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso de cambio de destino de personal laboral fijo, o de selección de personal de TERMCAT en el que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo o superior nivel exigido. En estos supuestos, deberá adjuntarse a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.
A efectos de los conocimientos de lengua catalana hay que atenerse al Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación de los conocimientos del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña; en el Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de lengua general de catalán, y en la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril.
3.6 En cualquier caso deben cumplirse siempre los requisitos establecidos en la normativa vigente, en el convenio colectivo único y en la relación de puestos de trabajo.
3.7 Los requisitos de participación deben reunirse en la fecha de la publicación de la convocatoria en el DOGC.
4. Méritos y capacidades
La valoración de los méritos y capacidades, que determinará la adjudicación de los puestos de trabajo de acuerdo con lo previsto en la base 9, tendrá una puntuación máxima de 100 puntos y de acuerdo con los siguientes conceptos:
4.1 Fase I: Valoración de méritos
4.1.1 Trabajo desarrollado
Por el trabajo desarrollado se otorgan hasta 60 puntos.
Por el trabajo desarrollado en el TERMCAT, en funciones de terminólogo/a, a razón de 0,25 puntos por cada mes de servicios prestados.
Por el trabajo desarrollado en otros organismos, en funciones de lingüista, a razón de 0,066 puntos por mes de servicios prestados.
No se valoran ni las publicaciones, ni la docencia, ni las ponencias impartidas por los concursantes.
4.1.2 Nivel de responsabilidad
El nivel de responsabilidad del puesto que ocupa actualmente el concursante se valora hasta un máximo de 9 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:
Nivel de responsabilidad consolidado superior o igual al nivel del puesto solicitado: 9 puntos.
Nivel de responsabilidad consolidado inferior en un nivel al nivel del puesto solicitado: 6 puntos.
Nivel de responsabilidad consolidado inferior en dos niveles al nivel del puesto solicitado: 3 puntos.
4.1.3 Titulaciones oficiales
Se valoran hasta un máximo de 5 puntos las titulaciones oficiales, siempre que no sean un requisito de ocupación del puesto, y los doctorados y másteres y posgrados universitarios que versen directamente sobre materias relacionadas con las tareas propias de los puestos de trabajo, de acuerdo con la siguiente distribución:
Doctorado y/o master universitario oficial: 2 puntos.
Licenciatura y/o grado: 3 puntos.
Diplomatura o equivalente: 2 puntos.
Postgrado: 1 punto.
4.1.4 Formación y perfeccionamiento
La puntuación de este apartado será de un máximo de 6 puntos.
Se valoran exclusivamente los cursos que constan en el apartado de formación y perfeccionamiento del expediente de personal del TERMCAT que se hayan realizado en los 10 años anteriores a la publicación de la convocatoria y que versen directamente sobre materias relacionadas con las tareas propias de los puestos de trabajo, a razón de:
- 0,020 puntos por cada hora de asistencia (asistencia, asistencia con sesión de seguimiento, participación (virtual) y asistente no apto)
- 0,040 puntos por cada hora de asistencia y aprovechamiento (asistencia y aprovechamiento, aprovechamiento, asistencia y aprovechamiento con sesión de seguimiento y participación y aprovechamiento (virtual)).
Se valoran hasta un máximo de 30 horas por curso o actividad formativa, en ambos casos.
Las fracciones horarias se redondearán al alza.
Se establecen las siguientes equivalencias en caso de que la duración del curso no venga certificada en horas:
Días | Meses | ||
1 día: | 5 horas | 1 mes: | 30 horas |
2 a 8 días: | 10 horas | 2 meses: | 45 horas |
9 a 15 días: | 15 horas | 3 meses: | 60 horas |
16 a 22 días: | 20 horas | 4 a 6 meses: | 75 horas |
23 a 29 días: | 25 horas | más de 6 meses: | 100 horas |
Las fracciones entre meses se redondearán hasta 15 días en el mes inferior, ya partir de 16 días en el mes superior.
En caso de que no conste la duración del curso, se considera de 1 día.
4.1.5 Competencias en tecnologías de la información y la comunicación
Se valora, con un máximo de 3 puntos en total, el nivel más alto del ACTIC de la Secretaría de Políticas Digitales y equivalentes, a razón de:
- 1,00 punto por el ACTIC básico
- 2,00 puntos por el ACTIC medio
- 3,00 puntos por el ACTIC avanzado
4.1.6 Conocimientos en otras lenguas
Se valoran, con un máximo de 4 puntos en total, los certificados oficiales de idiomas reconocidos según el marco común de referencia europeo (MCER), por el mayor nivel alcanzado de cada idioma, a razón de:
- 0,75 puntos por el nivel B1
- 1,00 punto por el nivel B2
- 1,50 puntos por el nivel C1
- 2,00 puntos por el nivel C2
4.1.7 Conocimientos específicos de la lengua catalana
Se valoran, con un máximo de 5 puntos, los conocimientos de la lengua catalana específicos acreditados con un certificado por la Secretaría de Política Lingüística o equivalente, a razón de:
- 1,5 puntos por cada certificado de conocimientos específicos de lengua catalana
4.2 Fase II: Memoria de proyecto del candidato
Se valora, con un máximo de 8 puntos, una memoria del proyecto del candidato para la plaza, de extensión inferior a 5.000 caracteres (con espacios).
Esta memoria únicamente será presentada por el candidato que en la fase I haya obtenido la mejor puntuación y el resto de candidatos con una puntuación inferior en menos de 6 puntos a la de este primer clasificado. En caso de que la distancia entre el primero y el resto de clasificados sea superior a 6 puntos, esta fase no será necesaria.
5. Acreditación de los méritos y capacidades
5.1 Los méritos y capacidades deben referirse a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC, y sólo se tendrán en cuenta los acreditados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
5.2 Los/las concursantes deben acreditar los méritos y las capacidades adjuntando a la solicitud de participación los documentos que se relacionan a continuación, sin perjuicio de que el Órgano Técnico de Evaluación les pueda pedir las aclaraciones o las justificaciones necesarias para verificarlos:
a) Documento de los datos del expediente personal contenidos en el registro de TERMCAT: en cuanto a las capacidades profesionales, titulaciones académicas, formación y perfeccionamiento, conocimientos de lengua catalana y antigüedad, la declaración de los méritos y capacidades mencionada en la base 4 de esta convocatoria.
Las personas candidatas serán responsables de comprobar y verificar la exactitud de los datos de su expediente personal contenidos en el registro de TERMCAT antes de presentar la solicitud de participación y podrán solicitar su enmienda al Área de Administración de TERMCAT si lo consideran conveniente.
b) La experiencia profesional y la antigüedad en otras administraciones públicas se tendrán que acreditar mediante un certificado emitido por el órgano competente en materia de personal del departamento o de la Administración pública donde se presten o se hayan prestado servicios, con especificación de la categoría y el grupo profesional, las funciones desarrolladas y el tiempo de prestación en cada uno de los períodos certificados.
c) La experiencia profesional en el ámbito del sector privado deberá justificarse mediante la documentación correspondiente (contratos de trabajo, hojas de salarios, certificados, licencia fiscal, hoja de cotización de la Seguridad Social, vida laboral...), de forma que queden acreditadas suficientemente la categoría profesional, las funciones desarrolladas y el período de prestación, con indicación de la fecha inicial y final.
En las certificaciones anteriores debe constar de forma clara y expresa el nombre y apellidos de quien certifica, el cargo del órgano que tiene la competencia para expedir el certificado, o del órgano en el que delegue, y, en el caso de las administraciones públicas, también la norma legal que le habilita, con la indicación, en su caso, del diario o del boletín oficial en el que se ha publicado.
6. Presentación y formalización de las solicitudes.
6.1 Para tomar parte en este concurso es necesario rellenar el formulario dentro del plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.
6.2 Las personas participantes deben formalizar la participación indicando el código del puesto al que optan detallado en el anexo 2. Igualmente tendrán que acreditar los méritos y capacidades, donde se harán constar los que tengan relación con el puesto a proveer, así como la documentación acreditativa que corresponda de acuerdo con lo previsto en la base 5.
6.3 El personal que participe en las modalidades previstas en la base 3.1 b) y c), en que el cambio de categoría profesional y/o especialidad solicitado comporte, de acuerdo con lo previsto en la base 4, requerimientos de titulación y/ o conocimientos de lengua catalana diferentes al de la propia categoría profesional, deberá acreditarlos documentalmente y adjuntarlos al formulario a menos que consten en el expediente personal de TERMCAT, lo que deberá hacer constar expresamente en la solicitud.
6.4 Las personas referidas a la base 2.4 que disponen de una adaptación o cambio de puesto de trabajo por motivos de salud tendrán que hacer constar esta circunstancia, aportando la documentación acreditativa con la solicitud, a los efectos de dar traslado al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para su informe.
6.5 Las personas concursantes a las que hace referencia la base 2.3 de esta convocatoria que necesiten la adaptación de las pruebas o del puesto de trabajo tendrán que enviar un dictamen favorable de los equipos de valoración multiprofesional de la Dirección General de Protección Social del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias o del órgano que ejerza esta función, emitido para esta convocatoria, que declare que la persona concursante cumple las condiciones para ejercer las funciones de las plazas solicitadas y que informe de las adaptaciones necesarias para realizar las pruebas y sobre la necesidad de adaptar el puesto de trabajo, sin perjuicio de lo que establece la base 8.4.
6.6 La participación en este concurso presupone autorizar al órgano convocante o al Órgano Técnico de Evaluación para que realice las consultas necesarias para verificar los datos declarados. En caso de que se oponga, la persona participante será requerida para aportar los documentos acreditativos correspondientes.
6.7 Enmiendas a la solicitud.
a) Una vez presentada la solicitud, si la persona participante quiere presentar una enmienda a la solicitud de participación, al documento de plazas objeto de concurso o a la documentación presentada, deberá hacerlo enviando un correo electrónico a administracio@termcat.cat.
b) El plazo para realizar enmiendas es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar, siendo válida únicamente la última modificación realizada dentro de este plazo.
c) El órgano convocante o el Órgano Técnico de Evaluación pueden pedir a las personas participantes que aporten la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar los datos que figuran en la solicitud.
6.8 Renuncias
Las solicitudes tendrán carácter vinculante para las personas participantes y sólo se admitirán solicitudes de renuncias a la participación cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que el Órgano Técnico de Evaluación decida aceptar estas renuncias, una vez transcurrido dicho plazo, por causas debidamente justificadas.
Las renuncias se tendrán que presentar mediante la dirección de correo electrónico administracio@termcat.cat.
7. Protección de datos de carácter personal
Los datos personales que contenga la solicitud de participación se integrarán en el tratamiento de selección y provisión de puestos de trabajo. Hay más información disponible en el siguiente enlace.
8. Órgano Técnico de Evaluación
8.1 El Órgano Técnico de Evaluación al que corresponde el desarrollo del concurso estará constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Xavier Fargas Valero
Vocal: Maria Navas Jara
Vocal y secretaria: Cristina Bofill i Caralt
Suplentes:
Presidenta: Sandra Cuadrado Camps
Vocal: Joan Rebagliato Nadal
Vocal y secretaria: Marta Grané Franch
Si alguno de los miembros del Órgano Técnico de Evaluación participara en el concurso, se podría nombrar a otro miembro.
8.2 El Órgano Técnico de Evaluación puede acordar incorporar a personas asesoras y especialistas, que actuarán con voz y sin voto.
8.3 Los acuerdos adoptados por el Órgano Técnico de Evaluación se harán públicos en la página de internet www.termcat.cat.
8.4 Asimismo, el Órgano Técnico de Evaluación decidirá sobre las peticiones de adaptación que las personas con discapacidad han efectuado junto con la solicitud, tanto en lo que se refiere a la adaptación de las pruebas como a la adaptación del puesto adjudicado, y tendrá en consideración que éstas no comporten un gasto excesivo y no impliquen una modificación exorbitante en el contexto de la organización o sean incompatibles con el contenido del puesto y el servicio público a prestar. A tal fin, podrá realizar las consultas necesarias a quien corresponda.
9. Adjudicación del puesto de trabajo
9.1 La adjudicación del puesto de trabajo recaerá en la persona candidata más idónea teniendo en consideración la mayor puntuación global obtenida de la valoración de los méritos y capacidades que establece la base 4 de esta convocatoria.
9.2 En caso de empate entre dos personas candidatas o más, tendrá preferencia para ocupar el puesto de trabajo quien ocupe un puesto de igual categoría y, en su caso, especialidad. Si el empate persiste, el puesto deberá adjudicarse a la persona candidata con más años de servicio en un puesto de trabajo de igual categoría, y, en su caso, especialidad.
10. Desarrollo del concurso
10.1 El Órgano Técnico de Evaluación hará pública la lista provisional de personas participantes admitidas y excluidas en la página web de TERMCAT, con indicación del motivo de exclusión correspondiente. En el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la exposición, las personas interesadas podrán subsanar los defectos y/o formular las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes ante el Órgano Técnico de Evaluación.
Junto con la relación provisional de personas admitidas y excluidas se harán públicas las fechas para realizar la prueba de catalán que se indica en la base 3.5 de esta convocatoria.
Una vez revisadas las posibles reclamaciones y efectuada, en su caso, la prueba de catalán, se hará pública, con el mismo procedimiento, la lista definitiva de las personas admitidas y excluidas, junto con la que se publicará, si procede, el calendario de realización de las pruebas profesionales que prevé la base 4.1 de esta convocatoria.
10.2 De la misma forma que determina la base 10.1 de esta Resolución, se hará pública la resolución provisional del concurso mediante una lista que incluirá a los/las concursantes, con la indicación de la puntuación que hayan alcanzado. En esta lista se indicará expresamente los candidatos o candidatas que hayan alcanzado una puntuación igual o superior a la que se establece como mínima en esta convocatoria.
En el plazo de 10 días hábiles a partir de su exposición, las personas interesadas podrán formular las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes ante el Órgano Técnico de Evaluación. Dentro de este mismo plazo, el/la candidato/a seleccionado/a podrá manifestar su renuncia al puesto de trabajo adjudicado y, en este caso, perderá sus derechos sobre la plaza, que se adjudicará a la persona que le siga en el orden de puntuación, si lo hubiere.
10.3 Resueltas las reclamaciones presentadas, se hará pública la propuesta definitiva del resultado del concurso, mediante el mismo procedimiento señalado en el apartado anterior.
Una vez hecha pública la propuesta definitiva, el destino adjudicado es irrenunciable.
10.4 Las comunicaciones entre las personas concursantes y el órgano convocante o el Órgano Técnico de Evaluación se podrán realizar por medios electrónicos.
11. Resolución del concurso
11.1 Este concurso se resolverá mediante una resolución del órgano convocante, que se publicará en el DOGC.
El concurso de cambio de destino para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral fijo que afecte a más de una categoría podrá resolverse parcialmente por categoría y/o especialidad.
11.2 Antes de incorporarse al puesto de trabajo, la persona interesada debe declarar fehacientemente que no está afectada por ninguno de los motivos de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad.
11.3 El personal destinado mediante este concurso realizará la jornada y/u horario del puesto de trabajo obtenido, de acuerdo con lo que establece el VI Convenio colectivo único y la relación de puestos de trabajo.
11.4 El órgano competente de TERMCAT formalizará un anexo con la cláusula correspondiente de cambio de categoría y/o de destino al contrato de trabajo vigente dentro de los plazos previstos en la normativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23.3 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
12. Régimen de impugnaciones y alegaciones
12.1 Contra los actos del órgano técnico de evaluación que decidan directa o indirectamente sobre el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar en el proceso, produzcan indefensión o perjuicio irreparable de derechos o intereses legítimos, las personas interesadas pueden interponer una demanda ante la jurisdicción social, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo que prevé el artículo 69 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.
12.2 Contra los actos de trámite del órgano técnico de evaluación no incluidos en el punto anterior, los aspirantes, a lo largo del proceso, podrán formular las alegaciones que se tendrán en consideración en el momento de hacerse pública la puntuación final del concurso.
ANEXO 2. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO
1. Características de los puestos de trabajo
PUESTO DE TRABAJO TS-1
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del puesto: Responsable de proyectos
Titulación exigida: titulación universitaria superior, especialmente en Filología Catalana, Traducción e Interpretación o de ámbitos afines.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad, especialmente de los ámbitos asignados, de acuerdo con los planes y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto asignado, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación en orden a un trabajo de calidad.
· Participar en el proceso de normalización de terminología de los ámbitos o proyectos asignados.
· Atender cuestiones de usuarios externos e internos en relación con proyectos o consultas de los ámbitos o proyectos asignados.
· Dinamizar la actividad terminológica de los ámbitos asignados.
· Acoger, formar y supervisar a terminólogos colaboradores externos y estudiantes en prácticas.
· Impartir sesiones de presentación de TERMCAT y de formación en terminología.
· Contribuir a las actuaciones de comunicación y difusión vinculadas a los ámbitos o proyectos asignados.
· Contribuir a la definición y el desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Direcció.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.
PUESTO DE TRABAJO TS-5
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del puesto: Responsable de proyectos
Titulación exigida: titulación universitaria superior, especialmente en Filología Catalana, Traducción e Interpretación o de ámbitos afines.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad, especialmente de los ámbitos asignados, de acuerdo con los planes y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto asignado, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación en orden a un trabajo de calidad.
· Participar en el proceso de normalización de terminología de los ámbitos o proyectos asignados.
· Atender cuestiones de usuarios externos e internos en relación con proyectos o consultas de los ámbitos o proyectos asignados.
· Dinamizar la actividad terminológica de los ámbitos asignados.
· Acoger, formar y supervisar a terminólogos colaboradores externos y estudiantes en prácticas.
· Impartir sesiones de presentación de TERMCAT y de formación en terminología.
· Contribuir a las actuaciones de comunicación y difusión vinculadas a los ámbitos o proyectos asignados.
· Contribuir a la definición y el desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Direcció.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.
ANEXO 3
Descripción de los puestos de trabajo a resultas
PUESTO DE TRABAJO TS/CAP-L1
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del puesto: Jefe del Área de Comunicación
Titulación exigida: Titulación universitaria superior, especialmente en Filología Catalana, Traducción e Interpretación, Comunicación o ámbitos afines.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Planificar y coordinar todas las actuaciones en materia comunicativa del Centro.
· Planificar el proceso de edición de materiales del TERMCAT, para que se cumplan los estándares editoriales establecidos en cuanto a imagen corporativa, línea editorial y libro de estilo, respetando las condiciones de reproducción y los derechos de propiedad vigentes en cada caso.
· Asegurar el funcionamiento del Servicio de Documentación del TERMCAT para que dé respuesta a las necesidades de los usuarios internos y externos.
· Dirigir la preparación de todos los materiales corporativos con los que se difunde la actividad del Centro (memoria anual, planes, informes, etc.).
· Contribuir a la definición y desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Dirección.
· Garantizar el cumplimiento de la misión de su área, coordinando y asesorando a las personas que trabajan, potenciando la comunicación entre ellas y preservando el buen ambiente de trabajo dentro del área.
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad de su ámbito de acuerdo con los planes y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación de cara a un trabajo de calidad.
· Participar en el proceso de normalización de terminología del ámbito o proyecto asignado.
· Atender cuestiones de usuarios externos e internos en relación con proyectos o consultas del ámbito o proyecto asignado.
· Dinamizar la actividad terminológica del ámbito asignado.
· Acoger, formar y supervisar a terminólogos colaboradores externos y estudiantes en prácticas.
· Impartir sesiones de presentación del TERMCAT y de formación en terminología.
· Contribuir a las actuaciones de comunicación y difusión vinculadas al ámbito o proyecto asignado.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.
PUESTO DE TRABAJO TS/CAP-L3
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del puesto: Jefe del Área de Producción Terminológica
Titulación exigida: titulación universitaria superior, especialmente en Filología Catalana, Traducción e Interpretación o ámbitos afines.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Planificar y coordinar la gestión eficiente de los proyectos terminológicos.
· Revisar la calidad de los proyectos terminológicos.
· Coordinar la elaboración de productos terminológicos.
· Velar por la coordinación entre las distintas personas que trabajan en proyectos y servicios.
· Atender a las peticiones de asesoramiento o elaboración de proyectos terminológicos.
· Atender a las sugerencias y observaciones de los usuarios en relación con los proyectos terminológicos difundidos.
· Contribuir a la definición y desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Dirección.
· Garantizar el cumplimiento de la misión de su área, coordinando y asesorando a las personas que trabajan, potenciando la comunicación entre ellas y preservando el buen ambiente de trabajo dentro del área.
· Coordinar la actividad de los canales sectoriales que impulsan la participación e implicación de los especialistas en los proyectos terminológicos que desarrolla el Centro.
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad de los ámbitos asignados, de acuerdo con los planes y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto asignado, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación en orden a un trabajo de calidad.
· Participar en el proceso de normalización de terminología del ámbito o proyecto asignado.
· Atender cuestiones de usuarios externos e internos en relación con proyectos o consultas de los ámbitos o proyectos asignados.
· Dinamizar la actividad terminológica de los ámbitos asignados.
· Acoger, formar y supervisar a terminólogos colaboradores externos y estudiantes en prácticas.
· Impartir sesiones de presentación del TERMCAT y de formación en terminología.
· Contribuir a las actuaciones de comunicación y difusión vinculadas al ámbito o proyecto asignado.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.
PUESTO DE TRABAJO TS/CAP-L4
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del puesto: Jefe del Área TIC
Titulación exigida: Titulación universitaria superior, preferentemente en Ingeniería Informática o equivalente o en Filología Catalana, Traducción e Interpretación o equivalente.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Planificar y coordinar todas las actuaciones en materia de desarrollo de herramientas y recursos TIC.
· Contribuir a la definición y desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Dirección.
· Garantizar el cumplimiento de la misión de su área, coordinando y asesorando a las personas que trabajan, potenciando la comunicación entre ellas y preservando el buen ambiente de trabajo dentro del área.
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad de su ámbito de acuerdo con los planes y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación de cara a un trabajo de calidad.
· Dinamizar la actividad terminológica del ámbito TIC.
· Velar por la buena comunicación desde el Área TIC hacia el resto de servicios y áreas.
· Colaborar y coordinarse con las demás áreas y servicios del Centro para garantizar un trabajo transversal y en red.
· Analizar las necesidades de herramientas y recursos terminológicos de usuarios internos y externos para poder darles un servicio óptimo.
· Desarrollar e implementar herramientas y recursos que faciliten el trabajo terminológico a los usuarios internos y externos.
· Integrar la actividad preventiva en el desarrollo de las labores internas del Centro.
· Controlar y realizar seguimiento del presupuesto asignado en materia TIC.
· Desarrollar con el apoyo del responsable de seguridad el marco normativo en materia de seguridad de la información y controlar su cumplimiento.
· Supervisar y controlar las medidas de seguridad de carácter tecnológico en lo que se refiere a los tratamientos que contienen datos personales.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.
PUESTO DE TRABAJO TS/R1
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del sitio: Responsable de contenidos terminológicos y metodología
Titulación exigida: titulación universitaria superior, especialmente en Filología Catalana, Traducción e Interpretación o ámbitos afines.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Preparar formalmente los nuevos productos terminológicos y nuevas fichas terminológicas puntuales para la difusión pública desde la web del TERMCAT.
· Supervisar y aplicar sobre los datos terminológicos de consulta pública las propuestas de enmienda y realización realizadas a partir de las sugerencias de los terminólogos internos y los usuarios externos.
· Planificar y aplicar actuaciones de adecuación metodológica y lingüística sobre los datos terminológicos de consulta pública.
· Elaborar nuevos criterios metodológicos que resuelvan los problemas de los datos terminológicos detectados en análisis propios o de otros terminólogos, para uso interno y para la consulta pública.
· Asegurar la coherencia, actualización y validez de los criterios metodológicos vigentes para el trabajo terminológico.
· Asesorar sobre cuestiones metodológicas a los terminólogos internos y los propietarios de los datos terminológicos externos difundidos desde el Cercaterm.
· Revisar metodológica, conceptual y lingüísticamente los nuevos términos normalizados previamente a la difusión.
· Revisar metodológica, conceptual y lingüísticamente los productos de nueva creación previamente a la difusión.
· Contribuir a la definición y desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Dirección.
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad de su ámbito de acuerdo con los planes y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación en orden a un trabajo de calidad.
· Participar en el proceso de normalización de terminología del ámbito o proyecto asignado.
· Atender cuestiones de usuarios externos e internos en relación con proyectos o consultas del ámbito o proyecto asignado.
· Dinamizar la actividad terminológica del ámbito asignado.
· Acoger, formar y supervisar a terminólogos colaboradores externos y estudiantes en prácticas.
· Impartir sesiones de presentación del TERMCAT y de formación en terminología.
· Contribuir a las actuaciones de comunicación y difusión vinculadas al ámbito o proyecto asignado.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.
PUESTO DE TRABAJO TS/R2
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del puesto: Responsable de Comunicación Digital
Titulación exigida: Titulación universitaria superior, especialmente en Filología Catalana, Traducción e Interpretación, Relaciones Internacionales, comunicación o ámbitos afines.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Planificar, gestionar y dinamizar la actividad del Centro en las redes sociales.
· Planificar y velar por la permanente actualización de los contenidos web.
· Participar en la organización y difusión de los eventos corporativos.
· Promover la presencia del Centro en proyectos y eventos terminológicos de ámbito internacional y las relaciones de cooperación con los centros homólogos europeos.
· Contribuir a la definición y desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Dirección.
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad de su ámbito de acuerdo a los planes y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación en orden a un trabajo de calidad.
· Participar en el proceso de normalización de terminología del ámbito o proyecto asignado.
· Atender cuestiones de usuarios externos e internos en relación a proyectos o consultas del ámbito o proyecto asignado.
· Dinamizar la actividad terminológica del ámbito asignado.
· Acoger, formar y supervisar a terminólogos colaboradores externos y estudiantes en prácticas.
· Impartir sesiones de presentación del TERMCAT y de formación en terminología.
· Contribuir a las actuaciones de comunicación y difusión vinculadas al ámbito o proyecto asignado.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.
PUESTO DE TRABAJO TS/R4
Categoría profesional: Licenciado -ada
Grupo: A1
Nombre del puesto: Secretario -aria del Consejo Supervisor
Titulación exigida: Titulación universitaria superior, preferentemente en Filología Catalana, Traducción e Interpretación o ámbitos afines.
Nivel superior de lengua catalana (nivel C2)
Jornada: normal
Horario: normal
Funciones:
· Garantizar que los términos pendientes de normalización y los criterios sectoriales o metodológicos necesarios se presentan a la consideración del Consejo Supervisor en el plazo previsto y con los estándares de calidad establecidos en la metodología del trabajo terminológico con fines de normalización.
· Garantizar que las decisiones de normalización son fruto del trabajo conjunto y del consenso con los especialistas de los distintos ámbitos de especialidad, y del diálogo con otros agentes vinculados a la terminología.
· Garantizar que las decisiones de normalización tienen la máxima difusión y se ponen a disposición de la Sección Filológica del Institut d'Estudis Catalans y de los diferentes sectores de conocimiento y actividad.
· Garantizar el estudio y la resolución de los casos terminológicos dificultosos procedentes de los distintos proyectos terminológicos del Centro.
· Impulsar proyectos vinculados con la detección y estudio de la neología y con la evaluación de la implantación de los términos.
· Contribuir a la definición y desarrollo de las líneas estratégicas del Centro, trabajando de forma coordinada con la Dirección.
· Garantizar la elaboración de recursos terminológicos de calidad del ámbito que tenga asignado de acuerdo a los planes del Centro y con la participación de los sectores especializados.
· Garantizar la atención y el seguimiento de los equipos de trabajo de cada proyecto, terminólogos y especialistas, para conseguir su implicación en orden a un trabajo de calidad.
· Participar en el proceso de normalización de terminología del ámbito o proyecto que tenga asignado.
· Atender cuestiones de usuarios externos e internos en relación a proyectos o consultas del ámbito o proyecto asignado.
· Dinamizar la actividad terminológica del ámbito asignado.
· Acoger y formar a terminólogos colaboradores y estudiantes en prácticas.
· Impartir sesiones de presentación del TERMCAT y de formación en terminología.
· Contribuir a las actuaciones de comunicación y difusión vinculadas al ámbito o proyecto que tiene asignados.
· Llevar a cabo las demás funciones de naturaleza análoga que le encomienden los superiores jerárquicos.