Edicto sobre contratación en régimen laboral temporal por substitución de personal de limpieza (exp. X2025000290)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Por decreto de alcaldía número 101/2025 de 28/05/2025 se ha aprobado:
Primero.- Levantar la objeción suspensiva formulada en el informe de fiscalización y continuar con el procedimiento.
Segundo.- Declarar la necesidad urgente e inaplazable de la incorporación de la trabajadora ISABEL MORALES ARMINIO con DNI 66825 y contratarla en régimen laboral temporal por sustitución, hasta la celebración del proceso selectivo, por un máximo de 3 meses, con una dedicación horaria de 20 horas semanales (57% de la jornada) con efectos desde el 2/06/2025.
Tercero.- Autorizar y disponer el gasto de las retribuciones correspondientes a este puesto de trabajo con cargo a las siguientes partidas:
- 3.657,86 euros en la aplicación 01 32301 13100 RETRIBUCIONES PERSONAL LABORAL - INSTITUTO ESCOLA I LLAR INFANTS, en concepto de retribución.
- 934,39 euros en la aplicación 01 32301 16000 SEGURIDAD SOCIAL - INSTITUTO ESCOLA I LLAR INFANTS, en concepto de seguridad social.
Cuarto.- Notificar a la interesada ISABEL MORALES ARMINIO.
Quinto.- Notificarlo a la GESTORÍA que presta servicios al Ayuntamiento de Verges para que tramite el contrato laboral temporal en los términos referenciados en el apartado primero y a CONTABILIDAD para que incorpore el documento contable.
Sexto.- Publicar el nombramiento en el BOP de Girona y en el DOGC, para dar cumplimiento al art. 94.3 del DECRETO 214/1990, de 30 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento del personal al servicio de las entidades locales.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podéis interponer:
- Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Este recurso se entenderá desestimado si transcurre otro mes sin haber recibido la resolución correspondiente.
- Alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses desde la recepción de esta notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
En caso de que se haya interpuesto recurso de reposición y su desestimación se produzca por silencio administrativo, se podrá presentar recurso contencioso-administrativo en cualquier momento.
No obstante, podéis interponer cualquier otro recurso que consideréis conveniente.
Verges, 29 de mayo de 2025